Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Sábado 31 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

611639

SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Plan Estratégico Institucional ­ PEI 2017-2019 de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto el monitoreo y evaluación del "Plan Estratégico Institucional ­ PEI 2017-2019 de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS". Artículo Tercero.- Los responsables de los órganos de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, deberán remitir a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto los informes semestrales y anuales de ejecución de metas, para la elaboración de los informes de evaluación de desempeño institucional, dentro los plazos que para tal efecto se establezcan. Artículo Cuarto.- El "Plan Estratégico Institucional ­ PEI 2017-2019 de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS", aprobado por el artículo 1º de la presente Resolución, podrá ser modificado sobre la base de los resultados del respectivo monitoreo y evaluación a propuesta de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de PERÚ COMPRAS. Artículo Quinto.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información realice la publicación de la presente Resolución y del "Plan Estratégico Institucional ­ PEI 2017-2019 de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS", en el Portal Institucional (www. perucompras.gob.pe). Regístrese y comuníquese. MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE Jefa (e) de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS 1469357-1

Aprueban el Plan Operativo Institucional POI 2017 de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 100-2016-PERÚ COMPRAS Lima, 30 de diciembre de 2016 VISTO: El Informe Nº 98-2016-PERÚ COMPRAS/SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 164-2016-PERU COMPRAS/SG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; y, CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las Compras Corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las Compras Corporativas facultativas que le encarguen otras Entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras Entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Convenios Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, en adelante el "TUO de la Ley", establece que las Entidades para la elaboración

de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC) y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso; Que, asimismo, el numeral 71.2 del artículo 71 del TUO de la Ley, establece que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades; Que, adicionalmente, el numeral 71.3 del artículo 71 del TUO de la Ley, señala que los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, el artículo 18 de la Directiva Nº 001-2014/ CEPLAN, denominada "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/ PCD, modificada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 042-2016-CEPLAN/PCD, señala que el POI: i) es el documento elaborado por las entidades de la Administración Pública que constituyen pliegos presupuestarios; ii) desagrega las acciones estratégicas identificadas en el PEI en actividades; iii) contribuye a la gestión de la entidad para el logro de sus objetivos estratégicos; iv) debe ser utilizado para orientar la asignación presupuestal que efectúa el titular del pliego correspondiente; v) se elabora para un periodo de 1 año; y, vi) es aprobado por el titular de la Entidad; Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 0922016-PERÚ COMPRAS se aprueba el Plan Estratégico Institucional ­ PEI 2017-2019 de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, y por medio de la Resolución Jefatural Nº 094-2016-PERÚ COMPRAS se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 096: Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; Que, a través del Informe Nº 98-2016-PERÚ COMPRAS, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite la propuesta del "Plan Operativo Institucional ­ POI 2017" de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, que contiene la programación de las metas asignadas a los diferentes órganos de la entidad, establecidas dentro del marco de los objetivos estratégicos diseñados en el Plan Estratégico Institucional ­ PEI 2017-2019 de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, y en función al presupuesto aprobado de la Entidad; Que, en tal sentido y con el fin de contar con un documento de gestión que muestre la programación de las metas en concordancia con los recursos financieros asignados a la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, resulta necesario aprobar el Plan Operativo Institucional correspondiente al Año Fiscal 2017, a efectos de contribuir al desarrollo de una gestión por resultados; Con el visto bueno de la Secretaría General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Directiva Nº 001-2014/CEPLAN, aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/ PCD, modificada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 042-2016-CEPLAN/PCD; y en uso de la atribución conferida por el artículo 7 e inciso k) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 364-2015-EF;

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