Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 280

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NORMAS LEGALES

Sábado 31 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Artículo 3º.- APROBAR el Reglamento General del LUDOPARQUE que como anexo forma parte de la presente ordenanza. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Humano, a la Secretaria General la publicación, distribución y notificación de la presente ordenanza, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la casa Municipal a los 05 días del mes de agosto del 2016. JOSÉ EDGAR MERREROS SAUCEDO Alcalde 1468970-1

Que, la Subgerencia de Defensa Civil, remite el presente proyecto para el cumplimento de la META 27: "Actualización de la información para la gestión del riesgo de desastres" del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016. Por lo que estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 9º numeral 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y con el voto UNANIME de los señores Regidores y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN: "PLAN DE PREPARACIÓN ANTE DESASTRES, PLAN DE OPERACIONES DE EMERGENCIA Y PLAN DE PREVENCIÓN Y, REDUCCIÓN DE RIESGOS DE DESASTRES" DEL DISTRITO DE BARRANCA Artículo 1º.- APROBAR, los instrumentos de gestión: "PLAN DE PREPARACIÓN ANTE DESASTRES, PLAN DE OPERACIONES DE EMERGENCIA Y, PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE RIESGOS DE DESASTRES", documentos normativos que establecen las acciones educativas y fortalecimiento de la cultura de prevención de la población, que en Anexos Nº 1, 2 y 3 forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Territorial, y Subgerencia de Defensa Civil, el cumplimiento de los planes aprobados en el artículo 1º de la presente. Artículo 3º.- FACÚLTESE al señor Alcalde dictar las disposiciones complementarias necesarias mediante Decreto de Alcaldía, para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 4º.- REMÍTASE, una copia certificada de la presente ordenanza al Instituto Nacional de Defensa Civil e instancias administrativas del Gobierno Regional de Lima Provincias para su conocimiento y fines consiguientes. Artículo 5º.- PUBLÍQUESE, la presente norma legal en el diario oficial El Peruano y sus ANEXOS Nº 1, 2 y 3 en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Artículo 6º.- DISPONER que la presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los 29 días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis. JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 1468971-1

Aprueban los Instrumentos de Gestión: "Plan de Preparación ante Desastres, Plan de Operaciones de Emergencia y Plan de Prevención y Reducción de Riesgos de Desastres" del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 032-2016-AL/CPB Barranca, 29 de noviembre del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 29 de Noviembre de 2016, referente al proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el "Plan de Preparación Ante Desastres, Plan de Operaciones de Emergencia y, plan de Prevención y Reducción de Riesgos de Desastres" del distrito de Barranca. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 28607 - Ley de Reforma Constitucional y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres ­ SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar los efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componente, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el Reglamento de la Ley del SINAGERD, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0482011-PCM, en su Título V, Capítulo I, denominado: Instrumentos del Sistema Nacional, especifica en el inciso f), numeral 39.1 del artículo 39º, que el Plan de preparación ante desastres , Plan de operaciones de emergencia y Plan de prevención y reducción de riesgos de desastres son alguno de ellos, precisamente dicha norma que, en concordancia con el Plan Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres, las entidades públicas en todos los niveles de gobierno formulan, aprueban y ejecutan dicho plan;

Aprueban la Estructura de Costos, Tarifa y los Criterios de Distribución para la determinación de la Tasa de Arbitrios Municipales para el año 2017
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 033-2016-AL/CPB Barranca, 23 de diciembre del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA; VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 23 de Diciembre de 2016, referente al Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la Estructura de Costos, Tarifa y los Criterios de Distribución, para la determinación de la Tasa de Arbitrios Municipales para el año 2017, y;

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