TEXTO PAGINA: 26
Pág. 163048 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de agosto de 1998 0050-98-MTC/15.16.6 del 19.1.98 y señalado en esta Guía en los Apéndices C y D (Nota: Si sus manuales ya estuvie- ran aprobados bajo estos nuevos requerimientos, sólo deberán presentar las respectivas enmiendas a los mis- mos). Posteriormente ingresarán al Proceso de Certifica- ción bajo RAP 121. Si las dudas no han quedado despejadas, por favor acérquese a la Dirección de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronáutico de la DGTA o comuníquese al teléfono 330- 6158 para mayor información. Si Ud. ubicó bajo cuál o cuáles RAPs va a operar, entonces vayamos ahora sí a los requisitos que las normas exigen para acceder a un Certifi- cado de Explotador de Servicios aéreos y un Permiso de Operación. PROCESO DE CERTIFICACION Aquellas personas naturales o jurídicas que deseen ex- plotar comercialmente Servicios de Transporte Aéreo, ya sea bajo RAP 135 ó 121, que no cuenten con un Permiso de Operación ni se encuentren ya operando, deberán completar el PROCESO DE CERTIFICACION, antes de empezar a operar con pasajeros y/o carga, el mismo que consta de las siguientes 5 fases: 1. Preaplicación 2. Aplicación Formal 3. Conformidad de la Documentación 4. Inspección y Demostración 5. Certificación 1. FASE DE PREAPLICACION Esta Primera Fase comienza con una reunión inicial. REUNION INICIAL.- Luego que el solicitante haya leído esta Guía al Usuario detalladamente, presentará ante la Dirección de Circula- ción Aérea (DCA) de la DGTA la Solicitud de Certifica- ción y el Documento de Intento de Certificación señalados en los Anexos 1 y 3 de la presente Guía. Posteriormente, la Dirección de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronáu- tico (DSV) invitará al solicitante a una reunión inicial, con el fin de presentar al Inspector Principal de Operaciones (IPO); al Inspector Principal de Mantenimiento (IPM); al Jefe del Proyecto de Certificación (JPC); explicar detallada- mente el proceso de Certificación; y hacer una evaluación preliminar de la siguiente documentación, la misma que deberá presentar en la próxima Fase de Aplicación Formal ante la DCA: a. Copia de la Solicitud de Certificación - (Anexo 1); b. Documento de Intento de Certificación (DICO) - (Anexo 3); c. Documentos requeridos para acreditar Capacidad Financiera y Legal - (Apéndice A y Apéndice B); d. Cronograma de Eventos propuesto por el Operador – (Anexo 4); e. Especificaciones de Operación – (Anexo 5); f. Manuales y documentos de Operación y de Manteni- miento que corresponden al tipo de operación solicitada (Apéndices D1, D2 y E1, E2); g. Calificación del Personal Administrativo del Opera- dor – (Anexo 2); y h. Modelo de Cumplimiento Inicial de las regulaciones – (Anexo 6). 2. FASE DE APLICACION FORMAL Una vez que el solicitante ha desarrollado completamen- te la documentación requerida para la Aplicación Formal, deberá presentarla ante la DCA, por lo menos 90 días antes de la fecha prevista de inicio de sus operaciones. REUNION DE APLICACION FORMAL.- Esta reunión debe ser atendida por todo el personal gerencial del solicitante, y su propósito es discutir la aplica- ción formal, resolver sus errores u omisiones menores y absolver las preguntas pertinentes con el JPC, IPO e IPM asignados. Asimismo, se dará énfasis en discutir la práctica de los eventos programados y las fases subsiguientes del proceso de certificación. El JPC no aceptará formalmente la aplicación durante la reunión. ACEPTACION / RECHAZO DE LA APLICACION FORMAL Terminada la evaluación de contenido de la aplicación formal, la DCA emitirá una comunicación al solicitante indicándole si su aplicación formal ha sido aceptada o rechazada. La aceptación por la DGTA de la aplicación formal no implica la aceptación o aprobación de los documentos in- cluidos en ésta; éstos serán evaluados durante las subsi- guientes fases del proceso de certificación. Si la aplicación formal fuera rechazada, será devuelta con una explicación por escrito de las razones de su devolución. 3. CONFORMIDAD DE LA DOCUMENTACION Después que la aplicación formal ha sido aceptada, y una vez que el solicitante acredite, a través de un informe, Capacidad Financiera, los Inspectores DGTA comenzarán el proceso de Certificación propiamente, con la evaluación completa de todos los manuales y documentos requeridos. Si se encontrara en algún manual o documento ciertas discre- pancias con las regulaciones o prácticas de operación segu- ra, el manual o el documento será devuelto, por vía de la DCA, para su acción correctiva. 4. FASE DE DEMOSTRACION E INSPECCION Las RAP 135 y 121 requieren que el solicitante demuestre la capacidad de cumplir con las regulaciones y con las prácticas de operación en forma segura antes de comenzar sus operaciones comerciales. Aunque las fases de conformidad de los documentos y las fases de demostración e inspección se encuentran discu- tidas por separado en esta Guía, en la práctica, estas fases son efectuadas simultáneamente. La siguiente es una lista de ejemplos de tipos de ítems, equipos, facilidades y activi- dades evaluadas durante la fase de demostración e inspec- ción: a. Verificación del programa de entrenamiento (aula, simuladores, avión y personal de mantenimiento) b. Calificación y/o Chequeo de los tripulantes y personal de operaciones c. Facilidades de Estación (equipamiento, instalaciones, procedimientos y personal) d. Procedimientos de archivos (documentos de entrena- miento, tiempos de servicio y vuelo, documentación de vuelo) e. Control de vuelo (capacidad de despacho o de segui- miento del vuelo) f. Programas de mantenimiento e inspección (procedi- mientos y archivos) g. Facilidades de mantenimiento (personal, instalacio- nes, procedimientos, información técnica, partes de repues- to, equipos, combustible, etc.) h. Avión (certificado de aeronavegabilidad, registros de mantenimiento, etc.) i. MEL’s y CDL’s (procedimientos de uso, si fuese apli- cable) j. Programa de peso y balance (procedimientos, precisión y control) k. Demostración de evacuación de emergencia de los pasajeros, no aplicable a la RAP 135 (demostración en despegue abortado, en aterrizaje de emergencia y en ama- raje según corresponda) l. Pruebas del avión. Incluye simulacro de un segmento cualquiera de las operaciones para demostrar la habilidad de operar cumpliendo con la RAP aplicable (no aplicable a algunas operaciones pequeñas de la RAP 135). 5. FASE DE CERTIFICACION Una vez que la fase de conformidad de documentos y la de demostración e inspección hayan sido completadas en forma satisfactoria, y que el JPC cuente con los respectivos informes emitidos por el personal competente de la DGTA, acreditando Capacidad Financiera y Legal, el JPC prepara- rá el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos y proce- derá a aprobar las Especificaciones de Operación. Este último documento contiene las autorizaciones, limitaciones y provisiones específicas para la operación del solicitante. El Certificado de Explotador y las Especificaciones de Operación, cubren plenamente los requerimientos estableci- dos por las normas legales para acceder seguidamente al Permiso de Operación.