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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (13/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

Pág. 163073 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de agosto de 1998 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Autorizan viaje de profesionales del IPSS para participar en cursos sobre técnicas en ortosis y prótesis y de salud ocupacional, que se realizan en Japón RESOLUCION MINISTERIAL Nº 067-98-TR Lima, 12 de agosto de 1998 VISTO: El Oficio Nº 259-PE-IPSS-98, del Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano de Seguridad Social; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Tokio, Japón, se dicta entre los días 20 de julio de 1998 y 6 de diciembre de 1998 un curso en técnicas en ortosis y prótesis; Que, la señora ZEPHORA EMPERATRIZ PALMA SA- LAZAR, tecnóloga médica del Departamento de Medicina Física y Rehabilitación del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins del Instituto Peruano de Seguridad Social solicitó autorización para participar en el menciona- do evento, habiendo expresado la Gerencia de Capacitación y Desarrollo de esta institución su conformidad con dicho viaje; Que los gastos que irroga este viaje son cubiertos por el Gobierno del Japón a través de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA); De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 025-98, la Directiva Nº 009-96-OIOE Norma de Viajes, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 165- 96-EF/15, precisada por Resolución Ministerial Nº 171-96- EF/15 y prorrogada por el Artículo 3º de las Resoluciones Ministeriales Nº 019-97-EF/15 y Nº 065-98-EF/15; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización, el viaje de la señora ZEPHORA EMPERATRIZ PALMA SALAZAR, tecnóloga médica del Departamento de Medicina Física y Rehabilitación del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins del Instituto Peruano de Seguridad Social, a la ciudad de Tokio, Japón, entre los días 20 de julio de 1998 y 6 de diciembre de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irroga gastos con cargo al presupuesto del Instituto Perua- no de Seguridad Social. Artículo 3º.- La presente resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos adua- neros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social 8973 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 069-98-TR Lima, 12 de agosto de 1998 VISTO: El Oficio Nº 260-PE-IPSS-98, del Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano de Seguridad Social; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Kitakyushu, Japón, se dicta entre los días 3 de agosto de 1998 y 3 de diciembre de 1998, un curso de salud ocupacional; Que, el señor WALTER ALARCON PUENTE, médico cirujano de la Gerencia de Programas Externos de Salud de la Gerencia Central de Salud del Instituto Peruano de Seguridad Social solicitó autorización para participar en el mencionado evento, habiendo expresado la Gerencia de Capacitación y Desarrollo de esta institución su conformi- dad con dicho viaje; Que los gastos que irroga este viaje son cubiertos por el Gobierno del Japón a través de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA); De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 025-98, la Directiva Nº 009-96-OIOE Norma de Viajes, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 165- 96-EF/15, precisada por Resolución Ministerial Nº 171-96- EF/15 y prorrogada por el Artículo 3º de las Resoluciones Ministeriales Nº 019-97-EF/15 y Nº 065-98-EF/15; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización, el viaje del señor WALTER ALARCON PUENTE, médico cirujano de la Gerencia de Programas Externos de Salud de la Geren- cia Central de Salud del Instituto Peruano de Seguridad Social, a la ciudad de Kitakyushu, Japón, entre los días 3 de agosto de 1998 y 3 de diciembre de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irroga gastos con cargo al presupuesto del Instituto Perua- no de Seguridad Social. Artículo 3º.- La presente resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos adua- neros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social 8975 Autorizan viaje de profesional del IPSS para participar en entrenamiento de programa de posgraduados que se realiza en los EE.UU. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 068-98-TR Lima, 12 de agosto de 1998 VISTO: El Oficio Nº 259-PE-IPSS-98, del Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano de Seguridad Social; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Miami, Estados Unidos de Nortea- mérica se lleva a cabo el ENTRENAMIENTO EN EL PROGRAMA DE POSGRADUADOS (The Graduate Edu- cation Specialty Training Program - GEST) de la Escuela de Medicina de la Universidad de Miami - USA del 1 de julio al 30 de setiembre de 1998; Que, la señora LUCIA ENCARNACION CANALES QUISPE, Médico Dermatólogo de la Clínica Angamos de la Gerencia Departamental del Instituto Peruano de Seguridad Social solicitó autorización para participar en el mencionado evento, habiendo expresado la Gerencia de Capacitación y Desarrollo de esta institución su conformidad con dicho viaje; De acuerdo con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 025-98, la Directiva Nº 009-96-OIOE - Norma de Viajes, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 165-96-EF/ 15, precisada por Resolución Ministerial Nº 171-96-EF/15 y prorrogada por el Artículo 3º de las Resoluciones Ministe- riales Nº 019-97-EF/15 y Nº 065-98-EF/15; Estando a lo acordado;