Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (23/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 16

Vista la Resolución Suprema N’ 342-RE, del 13 de setiembre de 1991 que nombra al señor José Carlos Ferre- yros Moncaleano. como Cónsul Ad Honorem del Perú en Cali, República de Colombia; Visto asimismo el Memorándum <CON) N’ 7613 del 9 de diciembre de 1998 de la Dirección de Asuntos Consulares, y la Hoja de Trámite IGAC J N” 4053 del 15 de diciembre de 1998, del Gabinete de Coordinación del señor Secretario General de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Dirección de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 142”, del Reglamento Consular del Perú: y. Estando a lo acordado; SE RESUELVE: l.- Dar por terminadas las funciones de don José Carlos Ferreyros Moncaleano, como Cónsul Ad Honorem del Perú en Cali, República de Colombia. 2.- Cancelar las Letras patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 15054 Autorizan al CONCYTEC el pago de cuotas al CLAF y al ICGEB RESOLUCION SUPREMA N” 574-SS-RE Lima. 22 de diciembre de 1998 VISTO: El Oficio N”615-98-CONCYTEC-P, del 30 de noviembre de 1998, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYTECj, en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la autorización para el pago de la cuota volun- taria correspondiente al año 1998 al Centro Latinoamerica- no de Física ( CLAF 1; CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ley N” 26894, Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998, permite a las entidades del Sector Público pagar, con cargo a sus recursos, las cuotas del Gobierno Peruano a los Organismos Internacionales de los cuales el Perú es país miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los Organismos Internacionales priorizados que permitan elevar la imagen del l’erú en el exterior. potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomáticas, acrecentar el beneficio de los flujos de Cooperación de Asistencia Técnica Internacional, recu- perar el derecho a voto, así como llevar la dirección de algunos organismos en los cuales el Perú ha llegado a acceder a la Secretaría; Que, en consecuencia, es necesario autorizar 121 pago de la cuota al mencionado Organismo Internacional, con cargo al presupuetito del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnolo- gía ICONCYTEC 1; Estando a lo acordado: SE RESUELVE: Artículo l”.- Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia yTecnología (CONCYTEC)elpago de hasta DOSMILY OO/ 100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERI- CA (US$ 2,000.00), al Centro Latinoamericano de Física <CI,AF>. por concepto dc pago de la cuota voluntaria corres- pondiente a 199X. Artículo 2’.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargc! al presu-puesto del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CON- CYTEC,. Artículo 3”.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4”.- La presente resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Ext.eriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 15055 RESOLUCION SUPREMA N” 575-W-RE Lima, 22 de diciembre de 1998 VISTO: El Oficio N” 616-98-CONCYTEC-P,.del30 de noviembre de 1998, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYTEC ): en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la autorización para el pago de la cuota volun- taria correspondiente al año 1998 al Centro Internacional de Ingeniería Genética y Biotecnología (ICGEB); CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ley N” 26894, Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998, permite a las entidades del Sector Público pagar, con cargo a sus recursos, las cuotas del Gobierno Peruano a los Organismos Internacionales de los cuales el Perú es país miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los Organismos Internacionales priorizados que permitan elevar la imagen del Perú en el exterior, poten- ciar la capacidad de negociación en las gestiones diplo- máticas, acrecentar el beneficio de los flujos de Coopera- ción de Asistencia Técnica Internacional, recuperar el derecho a voto, así como llevar la dirección de algunos organismos en los cuales el Perú ha llegado a acceder a la Secretaría: Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota al mencionado Organismo Internacional, con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnolo- gía (CONCYTEC!,; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo l”.- Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia (CONCYTEC) el pago de hasta UN MIL Y 001 100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERI- CA IUS$ l,OOO.OO), al Centro Internacional de Ingeniería Genética y Biotecnología IICGEB), por concepto de pago de la cuota voluntaria correspondiente a 7 998. Artículo 2”.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, serán financiados con cargo al presu- puesto del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CON- CYTEC I. Artículo 3”.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4”.- La presente rrsoluciún será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZE(;NIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 15056