Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 1998 (13/02/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de febrero de 1998

Que, el Articulo 3º de la mencionada Resolucion establece que International Brokers S.A. Sociedad Agente de Bolsa debia entregar a CONASEV, bajo responsabilidad, mediante inventario, los valores depositados, asi como el dinero y/o cheques pendientes de entrega de propiedad de sus comitentes; Que, el referido articulo tambien establece que CONASEV designara a una Sociedad Agente de Bolsa para que se encargue de la custodia de dichos valores; habiendose depositado temporalmente en la boveda de la Secretaria General de CONASEV los valores que se mantenian en custodia de International Brokers S.A. Sociedad Agente de Bolsa; Que, es necesario transferir los valores referidos a una sociedad agente de bolsa en capacidad de realizar funciones de custodia de valores eligiendose a esta entre las que hayan manifestado su aceptacion de asumir el encargo; y, Estando a lo dispuesto por el Articulo 11º inciso d) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional reunido en sesion de fecha 9 de febrero de 1998; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a Wiese Sociedad Agente de Bolsa S.A. como la sociedad encargada de la custodia de los valores que estuvieron en poder de la ex sociedad agente de bolsa International Brokers S.A. Sociedad Agente de Bolsa y que no fueron recogidos por sus propietarios o trasladados a otras sociedades agentes. Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion a Wiese Sociedad Agente de Bolsa S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA y a Cavali ICLV S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA FUN Vicepresidente 1594

a) Designacion de miembros de Comision Organizadora, sin cumplir los requisitos del Art. 7º de la Ley Nº 23733, en funciones desde MORDAZA a diciembre de 1991, en que procedio a instalar una ilegal asamblea estatutaria, cuyos miembros tampoco cumplian los requisitos de las diversas categorias profesorales y en base a la cual aprueban un apocrifo Estatuto de la Universidad Los MORDAZA que incluye la organizacion de la Universidad sin tener en cuenta su ley de creacion. b) Conformacion de una ilegal organizacion, universitaria, integrada por docentes que no cumplian los requisitos minimos para ejercer el gobierno de las mismas, tal fue el caso del pseudorrector MORDAZA MORDAZA Corcuera quien recien obtuvo titulo profesional en 1991, ejerciendo el cargo de Rector desde 1992. Asimismo, el de otros docentes que se desempenaban como Decanos y miembros de la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y Consejos de Facultad, que no reunian los requisitos de Ley. c) Que en abierta violacion de lo dispuesto en su Ley de creacion dispone el funcionamiento ilegal de carreras profesionales en dicho periodo, tales como: Derecho, Odontologia, Farmacia y Bioquimica. d) Instalacion en forma ilegal de actividades lectivas en ciudades fuera del ambito departamental de MORDAZA, tal es el caso de: Chiclayo, MORDAZA y MORDAZA, sin cumplir con lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº 23733. e) Grave irregularidad administrativa al designar a varios miembros de la familia MORDAZA Corcuera como funcionarios incurriendo en nepotismo. f) No haberse sometido nunca a MORDAZA evaluativo alguno, realizando sus actividades academicas y administrativas al margen de la Coordinacion Interuniversitaria y donde la Asamblea Nacional de Rectores no ha tenido acceso a evaluar a la Universidad de acuerdo a la normatividad vigente ni se ha expedido la respectiva autorizacion de funcionamiento definitivo. Que, contra el MORDAZA investigatorio indicado se interpuso recurso de Accion de MORDAZA por quienes venian desempenandose como autoridades, declarandose infundada la demanda segun Resolucion de fecha 6 de octubre de 1997, expedida por la Sala Mixta Descentralizada de Chimbote; Que, con Resolucion Nº 1397-96-ANR y modificatoria Nº 001-96-ANR publicada el 12 de setiembre de 1996 se declara en reorganizacion total de la Universidad Los MORDAZA, disponiendo el cese de quienes se venian desempenando como autoridades, designando una Comision Reorganizadora encargada del Gobierno de la misma; Que, sobre la Resolucion Nº 1397-96, se presentaron recursos de reconsideracion y apelacion que fueron denegadas y declaradas improcedentes con Resoluciones Nºs. 049-96-ANR y 175-96-ANR en los meses de setiembre y noviembre de 1996 respectivamente dando por agotada la via administrativa; Que, el conjunto de irregularidades verificadas en la Universidad Los MORDAZA durante el periodo de 1991 a 1996, determino que se dispusiera mediante Resolucion Nº 591-97-ANR la ejecucion de un Plan de Reordenamiento Academico y Administrativo ejecutado entre enero y diciembre de 1997; Que, habiendose expedido la Ley Nº 26880 publicada el 27 de noviembre de 1997, mediante la cual se amplia el plazo de reorganizacion de la Universidad, hasta que se promulgue la nueva Ley Universitaria, en el cual se indicara las pautas que ha de seguir la Comision Reorganizadora a fin de adecuar la Universidad al MORDAZA texto legal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-98-DE se aprueba las normas para el MORDAZA de adecuacion de las Universidades en MORDAZA de reorganizacion de acuerdo a lo dispuesto con la Tercera Disposicion Transitoria del citado Decreto Legislativo Nº 882 en cuyo Articulo 9º se establece que las Universidades que a la fecha de publicacion del Decreto Legislativo Nº 882 del 9 de noviembre de 1996, se encuentren en MORDAZA de reorganizacion, cualquiera sea el regimen legal, no podran adecuarse a la Ley mientras subsista tal situacion, tal es el caso de la Universidad Los Angeles; Que, es necesario compatibilizar los dispositivos legales: Ley Nº 26880 y Decreto Supremo Nº 01-98-DE, en concordancia con lo establecido en la Ley Nº 26490, su Reglamento Resolucion Nº 1286-96-ANR y la Ley Nº 23733, precisando el regimen legal de la Universidad Los Angeles; Estando a lo acordado por el Pleno de Rectores en su Sesion del 11 de febrero de 1998; En uso de las atribuciones conferidas a la Asamblea Nacional de Rectores, en merito a la Ley Universitaria Nº 23733 ampliada mediante Ley Nº 26490, su Reglamento la Resolucion Nº 1286-96-ANR y, en concordancia con la Ley Nº 26880 y el Decreto Supremo Nº 001-98-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el funcionamiento definitivo de la Universidad Los MORDAZA, con caracter de privada en MORDAZA de reorganizacion total, rigiendose por las Leyes Nºs. 23384 - Ley General de Educacion, Nº 23733 - Ley Universitaria, Ley Nº 26490 y su Reglamento Resolucion Nº 1286-96-ANR de interven-

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Autorizan funcionamiento definitivo de universidad privada en MORDAZA de reorganizacion
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1045-98-ANR MORDAZA, 11 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Accion de Cumplimiento expedida por la Sala Mixta Descentralizada de Chimbote, publicada en el Diario Oficial El Peruano, del 12 de junio de 1996, se ordena a la Asamblea Nacional de Rectores, cumpla con acatar el plazo MORDAZA e improrrogable de cinco anos de vigencia como periodo de organizacion concordante con la Resolutoria Suprema del 10 de junio de 1995, sobre conducidad; Que, dicha Accion de Cumplimiento reconoce a partir del 12 de junio de 1996, su actual organizacion y demas derechos de acuerdo con lo dispuesto en su Ley de Creacion Nº 24163 y en la Ley Nº 23733, segun el MORDAZA parrafo del Art. 7º de la Ley Nº 23733. En consecuencia se otorga a la Universidad Los MORDAZA, via judicial, autorizacion de funcionamiento definitivo, lo que le da derecho al MORDAZA de elaborar y aprobar sus propios Estatutos y a organizar su Regimen de Gobierno de acuerdo con su ley de creacion y la Ley Nº 23733, atendiendo a sus caracteristicas y necesidades; Que, con anterioridad a la fecha de la Resolutoria Superior anteriormente mencionada, y por acuerdo de la Asamblea Nacional de Rectores en su sesion del 18 de diciembre de 1995, segun facultades previstas en las Leyes Nºs. 23733 y 26490 se resolvio iniciar MORDAZA investigatorio segun Resolucion Nº 92496-ANR demostrandose las siguientes irregularidades que hasta la fecha no han sido levantadas por quienes se desempenaban como sus autoridades en el periodo comprendido entre 1991 y 1996 como sigue:

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