Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 1998 (22/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 1998

Visto el Memorandum Nº 278-98-GAJ/IDENTIDAD emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 14 de MORDAZA de 1998. CONSIDERANDO: Que en virtud de la documentacion sustentatoria del Memorandum del Visto se desprende que persona no identificada ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edhuardo Humarida Vicuna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cayas; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la funcion jurisdiccional y la fe publica en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los Articulos 416º, 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quien resulte responsable, solicitandose al Ministerio Publico y la Direccion de la Policia Nacional del Peru, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificacion de los sujetos que han suplantado la identidad de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edhuardo Humarida Vicuna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cayas, senalado en el primer considerando; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la funcion jurisdiccional y la fe publica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARGAS-PRADA MENDIOLA Jefe Nacional 5486 RESOLUCION JEFATURAL Nº 044-98-IDENTIDAD MORDAZA, 20 de MORDAZA de 1998 Visto el Memorandum Nº 279-98-GAJ/IDENTIDAD emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 15 de MORDAZA de 1998. CONSIDERANDO: Que en virtud de la documentacion sustentatoria del Memorandum del Visto se desprende que personas no identificadas han incurrido en comportamiento de hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, induciendo a error a servidor publico, con el objeto de suplantar la identidad de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mayle, MORDAZA MORDAZA Carre, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Barrenechea MORDAZA, Narda MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titulares de las Inscripciones Electorales Nºs. 10876326, 32847726,

17851759, 08606591, 16457598, 31304248, 06693263 y 29546656; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la funcion jurisdiccional y la fe publica en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los Articulos 416º, 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitandose al Ministerio Publico y la Division Nacional de Investigacion Criminal de la Policia Nacional del Peru, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificacion de los sujetos que han suplantado a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mayle, MORDAZA MORDAZA Carre, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Barrenechea MORDAZA, Narda MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de formalizar la denuncia correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la fe publica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARGAS-PRADA MENDIOLA Jefe Nacional 5487

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Autorizan participacion de Adjunto al Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos en conferencia a realizarse en Etiopia
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 31-98/DP MORDAZA, 18 de MORDAZA de 1998 Vistos; los Memorandos Nº 341-98-DP/GAF y Nº 009-98ADDHH/DP, adjuntando la comunicacion remitida por The House of People's Representatives of The Federal Democratic Republic of Ethiopia mediante la que se invita al Defensor del Pueblo a participar de la Conferencia Internacional denominada "La Comision de Derechos Humanos del Parlamento y la Defensoria del Pueblo"; y, CONSIDERANDO: Que, en MORDAZA Abeba, Etiopia, del 18 al 22 de MORDAZA de 1998, se celebrara la Conferencia Internacional: "La Comision de Derechos Humanos del Parlamento y la Defensoria del Pueblo", organizada por The House of People's Representatives of The Federal Democratic Republic of Ethiopia y la Fundacion MORDAZA Ebert; Que, resulta de importancia la participacion de la Defensoria del Pueblo del Peru en la indicada Conferencia Internacional, con la finalidad de contribuir al fortalecimiento del sistema de defensa de los derechos humanos, en concordancia con las funciones que la Constitucion Politica del Estado y la ley le asignan;

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