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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 1998 (22/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 160057 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de mayo de 1998 Que, para ese efecto ha dispuesto la participación del Adjunto al Defensor del Pueblo para los Derechos Huma- nos, quien cumplirá con presentar la ponencia solicitada por los organizadores de la indicada reunión internacional; Que, la Unión Europea financiará los gastos por concep- to de traslado y parte de la estadía, siendo necesario autorizar, con cargo al Presupuesto Institucional, la respec- tiva comisión del servicio al exterior y los gastos diferencia- les que ésta irrogue; En concordancia con el Decreto Supremo Nº 135-90- PCM, en aplicación de los Decretos Supremos Nºs. 163-81- EF y 031-89-EF; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26520 y de conformidad con los Artículos 6º y 7º, incisos a) y k) del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Defensorial Nº 041-97/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, la comisión del ser- vicio a la República Federal Democrática de Etiopía del señor doctor Gino Costa Santolalla, Adjunto al Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos, del 18 al 22 de mayo de 1998, para los fines referidos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Se efectuarán con cargo al Presu- puesto Institucional los gastos que se detallan a continuación: por concepto de instalación la suma de US$ 200.00 y por la Tarifa de CORPAC US$ 25.00, lo que asciende a un total de: US$ 225.00 (Doscientos Veinticinco y 00/100 Dólares N.A.). Los gastos diferenciales por concepto de pasajes interna- cionales y viáticos serán asumidos por la Unión Europea. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE SANTISTEVAN DE NORIEGA Defensor del Pueblo 5473 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican la Ordenanza Nº 137 en lo referente a predios inafectos a los Ar- bitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo ORDENANZA Nº 146 Lima, 30 de abril de 1998 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Unico.- Modificar el inciso d) del Artículo 7º de la Ordenanza Nº 137, el que queda redactado en los siguientes términos: Artículo 7º.- INAFECTACIONES.- Se encuentran inafectos a los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, los predios de propiedad de: d) Entidades religiosas reconocidas por el Estado que destinen dichos predios a templos, conventos, monasterios y museos. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 5431Aprueban proyecto definitivo de habili- tación urbana de terreno ubicado en el distrito de Santiago de Surco RESOLUCION Nº 040-98-MML-DMDU-DGO Lima, 22 de abril de 1998 LA DIRECTORA GENERAL DE OBRAS Visto, el Expediente Nº 513113 y el Documento Simple Nº 050975, seguido por EDUARDO PELAEZ BARDALES y Otros, por el que solicitan Aprobación de Proyectos Defini- tivos con Construcción Simultánea de Lotes en el trámite de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media "R-3", del terreno de 7,492.92 m2 (SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTIDOS METROS CUADRA- DOS CON NOVENTIDOS DECIMETROS CUADRADOS) denominado parcela "A" perteneciente a un área mayor de 19,627.34 m2 del sector denominado Potrero Carrizales, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 314-97-MML-DMDU de fecha 19 de noviembre de 1997, se aprueban el planeamiento integral y la independización en tres parcelas del terreno de 19,627.34 m2 del sector denominado Potrero Carrizales, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; a su vez se aprueba en vías de regularización los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana de la parcela "A" con un área de 7,492.92 m2 para Uso Residencial de Densidad Media "R-3" del sector deno- minado Potrero Carrizales; Que, por Resolución Nº 006-98-MML-DMDU-DHU de fecha 20 de enero de 1998 se aprueba la valorización de aporte ascendente a la suma de S/. 9,290.70 nuevos soles que deberá abonar Eduardo Peláez Bardales, a la Munici- palidad de Santiago de Surco por concepto del Aporte de Otros Fines del área de 149.85 m2, correspondiente al terreno de 7,492.92 m2 ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, por Acuerdo Nº 5 de Sesión Nº 19-97 de fecha 17 de diciembre de 1997, del Comité de Multas y Sanciones de Habilitaciones Urbanas, se acordó sancionar a don Eduar- do Peláez Bardales y otros con la suma de S/. 7,500.00 nuevos soles por haber incurrido en las infracciones esta- blecidas en el Capítulo XI del Reglamento de Habilitaciones Urbanas, generándose la Boleta de Multa Nº 113-97/ML- DMDU-DGO-CMHU de fecha 30 de diciembre de 1997; Que, por Acuerdo Nº 3 de Sesión Nº 03-98 de fecha 23 de marzo de 1998, del Comité de Multas y Sanciones de Habili- taciones Urbanas, se declara fundado en parte el recurso de reconsideración presentado por don Eduardo Peláez Bardales y otros sobre el acuerdo antes mencionado, generándose la nueva Boleta de Multa Nº 009-98/MML-DMDU-DGO-CMHU por un monto de S/. 6,420.00 nuevos soles; Que, la recurrente ha cumplido con presentar la si- guiente documentación: a) Copia literal de dominio, inscrita en la Ficha Nº 100731 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y Callao. b) Recibo Nº 001616 cancelado con fecha 18 de febrero de 1998, acreditando la cancelación del déficit de aportes para el Ministerio de Educación. c) Recibo Nº 27150 de fecha 12 de febrero de 1998, acreditando la cancelación del pago del déficit de aporte para SERPAR. d) Recibo Nº 007054 cancelado con fecha 27 de febrero de 1998, expedido por la Municipalidad de Santiago de Surco, acreditando la cancelación del pago por el déficit de aportes para Otros Fines. e) Recibos Nº 5007601 y Nº 5007602 de fecha 26 de febrero de 1998 por montos de S/. 80.00 nuevos soles acreditando la cancelación de los derechos administrativos que genera el presente trámite. f) Recibo Nº 5006027 de fecha 23 de diciembre de 1997 por un monto de S/. 2,617.50 nuevos soles, del Servicio de Administración Tributaria expedido por Caja Municipal de Crédito Popular de Lima, cancelando la Liquidación esta- blecida en el Art. II-XXI-4 del Reglamento Nacional de Construcciones. Estando al Informe Nº 079-98-MML-DMDU-DGO-DHU- DCO de fecha 13 de abril de 1998, de la División de Control de Obras de la Dirección de Habilitaciones Urbanas;