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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 1998 (22/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 160061 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de mayo de 1998 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Prorrogan Amnistía otorgada a contri- buyentes para el pago de diversos tri- butos ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-98-A-MDMM Magdalena del Mar, 4 de mayo de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de abril de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 001-98-A- MDMM, esta Municipalidad concedió Amnistía Tributaria hasta el 30 de marzo del presente año, con el objeto de otorgar facilidades a los contribuyentes para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias pendientes, sin recargos de moras, multas y otros, incluyendo las que se encuentran en la vía coactiva; entendiéndose como tales aquellas que se originan por la omisión de presentar Decla- raciones Juradas ante la Administración Tributaria. Com- prendiéndose la regularización de los ejercicios fiscales 1993 al 1997, de los siguientes tributos: Impuesto Predial; Tasa de Licencia de Funcionamiento; Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Arbitrio de Serenazgo. Así como el beneficio de rebaja del 50% del monto insoluto de las multas administrativas impuestas a los contribuyentes del distrito de Magdalena del Mar, no liberando a los mismos del pago del 20% de costas que el procedimiento hubiere originado. Que, es necesario prorrogar la Amnistía Tributaria hasta el 30 de mayo de 1998, a fin de brindar facilidades a los contribuyentes en general, a efectos de que puedan cumplir con el pago de las sanciones ADMINISTRATIVAS, así como la actualización y regularización de sus obligacio- nes tributarias. Estando a lo expuesto, en concordancia con la Norma IV del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816; con el Voto Unánime del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Despacho de Alcaldía por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se ha expe- dido la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º.- Prorrogar la AMNISTIA TRIBUTARIA dispuesta mediante Ordenanza Nº 001-98-A-MDMM, en la jurisdicción del distrito de Magdalena del Mar, hasta el 30 de mayo de 1998, para todos los contribuyentes que no hubieran regularizado sus obligaciones tributarias y san- ciones administrativas. Artículo 2º.- La Dirección de Rentas a través de la Unidad de Recaudación y Control quedan encargados del cumplimiento de la presente ordenanza municipal. Artículo 3º.- Disponer la publicación del presente dis- positivo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BARON FERNANDEZ Alcalde 5117Prorrogan plazo para el pago del Impuesto Predial y de Tasa de Licencia de Funcionamiento DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-98-A-MDMM Magdalena del Mar, 4 de mayo de 1998 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Alcaldía Nº 003-98-A-MDMM, expe- dido con fecha 26 de febrero de 1998; se establece el Programa Predial 1998, a través del sistema mecanizado en la jurisdicción de Magdalena del Mar; Que, vía la Ordenanza Municipal Nº 001-97-A-MDMM, se establece el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Relleno Sanitario, Parques y Jardines, de aplicación en la jurisdicción de Magdalena del Mar; Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 004-98-A- MDMM, expedido con fecha 26 de febrero de 1998 se establece el Programa de Recepción de Declaración Jurada y pago de la Tasa de Licencia de Funcionamiento correspon- diente al ejercicio gravable 1998, fijándose como plazo para cumplir esta obligación el 31 de marzo de 1998; Que, atendiendo el requerimiento de los vecinos de cumplir con sus obligaciones tributarias sin reajustes, recargos moratorios y multas en lo que respecta a tributos correspondientes al ejercicio gravable 1998, se hace necesa- rio prorrogar dicho plazo; y, En uso de las facultades que le confiere el Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar hasta el 30 de mayo de 1998 el plazo para cancelar el íntegro o la 1ra. cuota del IMPUESTO PREDIAL y el tributo denominado TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO 1998; libre de reajustes, intere- ses moratorios y multas. Artículo 2º.- Inclúyase dentro de este Beneficio de Prórroga las obligaciones vencidas de la 1ra. y 2da. Cuota del Arbitrio de Serenazgo 1997 y de los Arbitrios de Limpie- za Pública concernientes a los períodos enero, febrero y marzo del Ejercicio Gravable 1998. Artículo 3º.- Encárguese a la Dirección de Rentas y Dirección de Administración, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BARON FERNANDEZ Alcalde 5118 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Prorrogan plazo para el pago del Im- puesto Predial, arbitrios municipales y de amnistía para condonación de inte- reses moratorios y sanciones DECRETO DE ALCALDIA Nº 09-98-AL/SM San Miguel, 18 de mayo de 1998 LA ALCALDIA; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 008-98-AL/SM, del 30 de abril de 1998 se prorrogó hasta el 18 de mayo de 1998, la fecha contenida en el Artículo Primero del Decreto