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Pág. 160211 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de mayo de 1998 Regidores: señores Adalicio Delgado Campos, Miguel Delgado Ramírez, Reynaldo Colunche Olano, Elías Díaz Benavides y Luis Germán Delgado Gálvez, declararon la vacancia al cargo de Alcalde que ostenta el señor Pedro Luis Saavedra Carrasco, por causal de ausencia de la localidad por más de treinta días sin autorización del Concejo; Que, para efectuar dicha sesión los regidores solicita- ron con fecha 11 de diciembre de 1997 al Alcalde que convoque a sesión, y al no hacerlo éste, lo convocó el Primer Regidor señor Adalicio Delgado Campos el día 19 de diciembre de 1997, notificando al Alcalde para que asista, conforme lo dispone el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, para acreditar la causal de ausencia de la locali- dad del Alcalde, los regidores presentaron la certificación extendida con fecha 4 de diciembre de 1997 por el Juez de Paz, el Teniente Gobernador, el Teniente PNP de la Comisaría de Cumba, y otros, conforme al documento que corre en fojas 47; Que, la referida certificación deja constancia que el Alcalde señor Pedro Luis Saavedra Carrasco abandonó el cargo desde el 20 de octubre de 1997, mas no especifica si éste se encontraba o no en la localidad; Que, el Alcalde Pedro Luis Saavedra Carrasco ha probado que durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 1997 estuvo realizando actos a nombre de la Municipalidad, tal es así que con fecha 9 de diciembre de 1997, presentó escritos a la Fiscalía Mixta de Utcubamba, a la Subprefectura de Utcubamba y a la Municipalidad Provincial de Utcubamba, conforme los cargos que obran en fojas 25, 26 y 27 respectivamente, solicitando garantías y apoyo para reingresar al local de la Municipalidad de Cumba; Que, con fecha 9 de diciembre de 1997 la Corte Supe- rior de Justicia de Amazonas dictó mandato de detención en segunda instancia contra el Alcalde señor Pedro Luis Saavedra Carrasco, y los Regidores señores Adalicio Del- gado Campos, Reynaldo Colunche Olano y Miguel Delga- do Ramírez; en la Instrucción Nº 225-97, Incidente Nº 406/ 97, conforme copia certificada de la resolución que obra a fojas 153 y el Certificado expedido por el Juzgado Penal de Utcubamba que corre en fojas 168; Que, por tanto en la fecha de realización de la sesión en que declararon la vacancia del Alcalde, tanto éste como los tres regidores mencionados se encontraban suspendidos, por lo que eran miembros inhábiles, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40º inciso 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en consecuencia, éstos se encuentran suspendidos en sus cargos por aplicación de lo dispuesto por el Artículo 29º inciso 3) de la referida norma; Que, con relación a la libertad provisional obtenida por el Regidor Miguel Delgado Ramírez, cuya copia corre a fojas 157, debe tenerse presente que es un beneficio procesal que no varía el fundamento de la suspensión, ya que sólo la comparecencia o la absolución, entendida ésta mediante sentencia u otra forma de conclusión del proce- so, pueden hacer variar la condición de suspensión del regidor; Que, el Concejo Distrital de Cumba para el período 1996-1998 se conformó del siguiente modo: Alcalde Pedro Luis Saavedra Carrasco, Regidores: Adalicio Delgado Campos, Reynaldo Colunche Olano, Miguel Delgado Ra- mírez, todos ellos representantes del Movimiento Inde- pendiente "La Fuerza del Cambio" y los Regidores Luis Germán Delgado Gálvez, por el Partido Político Acción Popular y Elías Díaz Benavides por el Movimiento Inde- pendiente "Utcubamba 95"; Que, con la Resolución de la Corte Superior de Justicia de Amazonas de fecha 9 de diciembre de 1997 referida, el Alcalde y los tres primeros Regidores se encuentran suspendidos, en sus cargos; Que, por aplicación supletoria de lo dispuesto por los Artículos 28º y 42º inciso 3) de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 23853, el candidato suplente de la lista a la que pertenecen los suspendidos es el señor Armando Cercado Vásquez, y los candidatos no proclamados de la segunda lista electoral, es decir, del Partido Político Acción Popular son los señores Elías Guevara Salas, Nicanor Díaz Guevara y Marino Cruzalegui Herrera; a quienes se debe convocar para que asuman provisional- mente los cargos de regidores;Que, para dar cumplimiento a lo que dispone el Artículo 30º de la referida Ley Orgánica de Municipali- dades, el Concejo así convocado determinará a la perso- na que ejercerá provisionalmente las funciones de Alcal- de, ya que de conformidad con lo establecido por el Artículo 40º de la misma Ley Orgánica, los actuales Regidores no suspendidos señores Elías Díaz Benavides y Luis Germán Delgado Gálvez, no pueden sesionar para elegir quién será el Alcalde; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar nulo el acuerdo de va- cancia al cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Cumba de la provincia de Utcubamba del señor Pedro Luis Saave- dra Carrasco, adoptado en sesión de Concejo de fecha 23 de diciembre de 1997, de conformidad con lo expuesto en los considerandos. Artículo Segundo.- Declarar que el señor Pedro Luis Saavedra Carrasco y los Regidores señores Adalicio Del- gado Campos, Reynaldo Colunche Olano y Miguel Delga- do Ramírez, se encuentran suspendidos en sus funciones en el Concejo Distrital de Cumba quedando su situación sujeta al resultado del proceso penal. Artículo Tercero.- Convocar a los señores Armando Cercado Vásquez, Elías Guevara Salas, Nicanor Díaz Guevara y Marino Cruzalegui Herrera a fin de que asuman provisionalmente el cargo de Regidores del Concejo Distrital de Cumba de la provincia de Utcubam- ba, a quienes se les otorgará las correspondientes cre- denciales. Artículo Cuarto.- Disponer que el Concejo Distrital de Cumba, proceda a designar al Alcalde reemplazante que provisionalmente actuará por impedimento del Te- niente Alcalde señor Adalicio Delgado Campos, debiendo poner en conocimiento de este Organo Electoral, a efectos de extender la respectiva credencial. Artículo Quinto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías necesarias para el cumpli- miento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese y comuníquese. SS. CHOCANO MARINA; CATACORA GONZALES; MUÑOZ ARCE; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 5703 RESOLUCION Nº 245-98-JNE Lima, 26 de mayo de 1998 Visto, el Oficio Nº 112-98-MPLM-SM/A, recibido el 6 de mayo del año en curso, remitido por don Simón Carpio Becerra, Regidor del Concejo Provincial de La Mar, comu- nicando el fallecimiento del Alcalde provisional del citado municipio don Javier Bellido Pérez y remitiendo copia de acta de sesión extraordinaria de Concejo de fecha 29 de abril de 1998, en la cual se le elige como Alcalde provisio- nal del Concejo Provincial de La Mar; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 739-97-JNE, de fecha 14 de agosto de 1997, se declaró que don Arístides Vila Ramí- rez, se encuentra suspendido en el cargo de Alcalde del Concejo Provincial de La Mar; asimismo, se encuentran suspendidos en los cargos de Regidores don Celestino Huerta Ramos, don Lucio García Ramírez, don Emilio Bedriñana Montano y don Angel Vila Espinoza; a resul- tas del proceso penal que se les sigue en su contra por ante el Juzgado Mixto de La Mar; además, por Resolu- ción Nº 922-97-JNE de fecha 1 de octubre de 1997 al haber sido suspendidos don Arístides Vila y el Teniente Alcalde don Celestino Huerta Ramos, se resolvió reque- rir al Concejo Provincial de La Mar, a fin que determine al regidor que deberá asumir el cargo provisional de Alcalde en el Concejo en referencia, de manera expresa;