Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 1998 (30/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

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Las remuneraciones de los Congresistas se publicaran en el diario oficial. h) A que se les guarde el respeto y las atenciones que corresponden a su calidad de representantes de la Nacion, de acuerdo a la jerarquia establecida en el Articulo 39º de la Constitucion Politica. Este derecho no ampara su abuso en beneficio personal o de terceros. i) A solicitar licencia oficial para ejercer las funciones a que se refiere el MORDAZA parrafo del Articulo 92º de la Constitucion Politica, y licencia por enfermedad o viaje oficial. En el caso de licencia por enfermedad, y previa sustentacion documentada cuando sea por mas de siete dias, se otorgara con goce de haber; en el caso de licencia por viaje particular, se decidira segun la evaluacion que se realice sobre los motivos o la utilidad del viaje en beneficio del Congreso o del pais. En otros supuestos no previstos decidira la Mesa Directiva. j) A recibir las mismas facilidades materiales, economicas, de personal que requiera para el mejor desarrollo de sus funciones.
(Articulo modificado aprobado por el Pleno del Congreso de fecha 6.3.98)

constituyendo precedente para ser aplicable en casos similares.
(Articulo modificado aprobado por el Pleno del Congreso de fecha 6.3.98)

Reemplazo por el accesitario Articulo 25º.- En caso de muerte o enfermedad que lo inhabilite en forma permanente o cumpla sentencia condenatoria por delito doloso o sea inhabilitado o destituido por el Congreso en aplicacion de lo que establece y dentro de las condiciones del Articulo 100º de la Constitucion Politica, el Congresista sera reemplazado por el accesitario. En el caso de inhabilitacion permanente por enfermedad, el Congresista afectado no dejara de percibir sus haberes durante el periodo parlamentario correspondiente sin perjuicio de la remuneracion que percibira el accesitario del mismo grupo politico. En el caso de MORDAZA penal, con detencion y mientras MORDAZA dure, los haberes del Congresista procesado seran depositados en una cuenta especial; de ser absuelto, le sera entregada la suma acumulada y recobrara todos sus derechos, y en caso de sentencia condenatoria por delito doloso revertira al presupuesto del Congreso.
(Articulo modificado aprobado por el Pleno del Congreso de fecha 6.3.98)

Deberes Funcionales Articulo 23º.- Los Congresistas tienen el deber: a) De participar en las sesiones del Pleno, de la Comision Permanente cuando MORDAZA miembros de MORDAZA, de las Comisiones a las que pertenezcan y de la Mesa Directiva o el Consejo Directivo cuando MORDAZA elegidos o designados para integrar estos organismos. Las inasistencias injustificadas seran descontadas de los haberes y publicadas en el diario oficial. b) De cumplir y hacer cumplir la Constitucion Politica y las leyes del Peru, asi como respetar el presente Reglamento del Congreso. c) De mantener una conducta personal ejemplar, de respeto mutuo y tolerancia, y observar las normas de cortesia de uso comun y las de disciplina parlamentaria contenidas en este Reglamento. d) De cumplir en forma puntual con sus obligaciones tributarias con el Estado. e) De formular proposiciones debidamente estudiadas y fundamentadas. f) De mantenerse en comunicacion con los ciudadanos y las organizaciones sociales, con el objeto de conocer sus preocupaciones y necesidades y contribuir a darles solucion de acuerdo con los procedimientos establecidos. Esta MORDAZA no promueve la realizacion de actos destinados a conseguir privilegios para ninguna persona o grupo. g) De cuidar los bienes publicos que son puestos a su servicio y promover el uso racional de los bienes de consumo que les provee el Estado. Esta obligacion incluye el deber de dar cuenta documentada de los gastos en que incurran en viajes oficiales o visitas al exterior con bolsa de viaje. h) De presentar, luego de realizado un viaje oficial o de visita por cuenta del Congreso, un informe al Consejo Directivo sobre todo aquello que pueda ser de utilidad al Congreso o al pais. De considerarlo conveniente, el Consejo Directivo puede acordar la reproduccion del informe y disponer su envio a las Comisiones, a todos los Congresistas o a los organos del Estado que pudieran tener interes en la informacion que contenga. Sistema de sanciones disciplinarias Articulo 24º.- Por actos de indisciplina, los Congresistas pueden ser sancionados: a) Con amonestacion escrita y reservada. b) Con amonestacion publica, mediante Resolucion del Congreso la cual sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. c) Con suspension en el ejercicio del cargo y descuento de sus haberes desde tres hasta ciento veinte dias de legislatura. En la determinacion precisa de la sancion, quienes deban proponerla actuaran con criterio de conciencia,

CAPITULO III Organizacion del Congreso SECCION PRELIMINAR Disposiciones Generales Estructura Organica del Congreso Articulo 26º.- En la organizacion del Congreso se distinguira entre el ambito de organizacion y trabajo de los Congresistas que se denominara organizacion parlamentaria y el de los organos de asesoria y apoyo administrativo que se denominara servicio parlamentario. La Comision Permanente tiene un regimen de organizacion especial. Tambien lo tiene el Centro de Estudios Constitucionales y Parlamentarios del Congreso, el mismo que se rige por su Estatuto aprobado por el Consejo Directivo a propuesta del Presidente. Organizacion Parlamentaria Articulo 27º.- La organizacion parlamentaria del Congreso tiene los siguientes organos: a) El Pleno. b) El Consejo Directivo. c) La Presidencia. d) La Mesa Directiva. e) Las Comisiones, que pueden ser ordinarias, de investigacion y especiales. f) Los Grupos Parlamentarios. Servicio Parlamentario Articulo 28º.- El servicio parlamentario del Congreso tiene los siguientes organos : a) La Oficialia Mayor. b) La Oficina de Auditoria Interna. c) La Direccion General Parlamentaria. d) La Gerencia General. Habra un Estatuto del Trabajador Parlamentario, aprobado por el Pleno a propuesta de la Mesa Directiva y a sugerencia del Oficial Mayor, el mismo que normara los deberes y derechos de los trabajadores parlamentarios, los aspectos especiales de su regimen laboral y sobre los cuerpos especializados del Congreso. SECCION PRIMERA Organizacion Parlamentaria El Pleno del Congreso Articulo 29º .- El Pleno es la MORDAZA asamblea deliberativa del Congreso. Lo integran todos los Congresistas

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