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ANEXO D indecopi ¿Discriminación en locales abiertos al público? En relación a la resolución de la Sala de Derecho Público de la Corte Superior de Lima que declara fundada una acción de amparo interpuesta por las discotecas The Edge y Th? Piano contra el Indecopi a fin de que se abstenga de realizar actos destinados a impedir la discriminación en locales abiertos al público, el Indecopi pone en conocimiento de la ciudadania lo siguiente: 1. Lamentamos el sentido del fallo judicial, pero lo acataremos porque somos respetuosos de los mandatos del Poder Judicial. Sin embargo, en ejercrcio de nuestro derecho constitucional de análisrs y crítica a las resoluciones judiciales, discrepamos respetuosamente con los criterios expuestos por el referido fallo. 2. Consideramos que el fallo judicial está refiido con las garantías constitucionales que protegen al consumidor, atentando contra los prrncipios de la convivencia civilizada y contra los valores de igualdad y respeto de la dignidad humana necesarios para que la leal y honesta competencia en el mercado genere bienestar para todos. 3. No estamos de acuerdo en que se niegue competencia al Indecopi para sancionar práciicas discriminatorias en locales abiertos al público. Esta competencia no sólo está amparada en la Constituckk sino también en la Ley de Protección al Consumidor que el Indecopi aplica. 4. Tampoco estamos de acuerdo con lo afirmado por la Sala en el sentido que no habria discriminación sí sólo se afecta a algunos consumidores y no a todo un grupo social, sin excepciones. Esto llevaria al absurdo, que bastaría que un integrante de determinado grupo discriminado ingrese a un local, para que se afirme que no hay discriminación. 5. Consideramos pelígroso para el sistema jurídico que el citado fallo constituya un precedente de observancia obligatoria. Ello no sólo paralizará el accionar del Indecopi en diversos casos futuros sino que dejaría en total desamparo a los consumidores que son discriminados. 6.El éxito empresarial que el Indecopi fomenta y protege no es compatible con la discríminaci&n. Discriminar reduce las opciones del consumidor y la capacidad de competir de las empresas. Nos anima la voluntad de seguir trabajando para que en nuestro país no se tolere la discriminación Lima, 21 de octubre de 1998