Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 1998 (24/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 24 de octubre de 1998 Organismo de Certificacion de Productos en los sistemas de certificacion 1 y 7, por Prototipo y Lote res efectivamente, para emitir certificados de conformidad con vaior oP acial en las areas de productos detalladas en la Memoria Descriptiva MORDAZA - 1998, s que a continuacion se indican: En el Area de Productos Vegetales y Animales - Productos alimenticiou y comestibles (Codigo 1 1.) - Productos agricolas (Codigo 1 2.) - Productos forestales (Codigo 1 3. ) En el Area de Materiales Textiles y Fibrosos: - Productos de la industria textil, incluyendo fibras sinteticas e hilados (Codigo 2.1.) - Ropas y otros productos textiles terminados C o d i g o 2.2. i - Productos de papel y derivados (Codigo 2.3.) En el Area de Maquinaria: - Calderas, valvulas de presion, tuberias. (Codigo 7.5.) En el Area de Quimicos y Productos Quimicos. - Compuestos quimico y productos derivados (excluyendo medicamentos ara consumo humano) (Codigo 8.1.) - Jabones, xetergentes, tratamiento de aguas Codigp 8.2.~ - Productos veterinarios, desinfectantes y otros btocidas I C o d i g o 8.3.) En el Area de Materiales y Productos Derivados: - Agua, aire y todo lo relacionado al ambiente (Codigo 9.4 ) Segundo.- El periodo de vigencia de la acreditacion otor MORDAZA 7. es de tres anos contados a partir del dia simiente de su aub lea cion en el Diario Oficial. Durante su vigencia la acreditacion estar8 sujeta al cumplimiento de lo dispuesto en e l Reglamento de Acreditacion de Organismos de certificacion O g a n i s m o s 1

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con las funciones defensoriales y otras protocolares que incluyen al Presidente de la Republica de Pakistan; Que, resulta necesaria la asistencia del Defensor del Pueblo a la sesion del Consejo Directivo del organismo mencionado en cumplimiento de las obligaciones contraidas como miembro de este y como Vicepresidente de su Capitulo Latinoamericano y del Caribe, particularmente en esta oportunidad en que se elegira al Presidente del 101, al haber anunciado el Ombudsman de los Paises Bajos su decision de no continuar en tal posicion; Que, es necesario autonzar el gasto por concepto de pasajes internacionales, estadia e impuestos que irrogue la participacion del titular de la Defensoria del Pueblo, en la comision del servicio correspondiente; Que, a fin de asegurar la continuidad de la gestion institucional. debe encargarse el Desnacho del Defensor del Pueblo al F'rimer Defensor-Adjunto durante el desarrollo de las actividades MORDAZA referidas, incluyendo el periodo de itinerario de viaje, conforme a la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley N 26520 y el Articulo 30" del Reglamento de Organizacion y Funcio nes aprobado mediante la Resolucion Defensorial N" 041-97/DP; De conformidad con el Decreto Supremo N" 135-90-PCM y en concordancia con los Decretos Supremos Nos. 163-81-EF y 03189-EF: en uso de las atribuciones conferidas oor el Articulo 9" inciso `7) de la Ley N" 26520 y Artfculo 7" incisos a) y k) del Reglamento aprobado mediante la Resolucion Defensorial N" 04 1-97/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR la atencion del Despacho del Defensor del Pueblo al senor doctor don MORDAZA MORDAZA PERALTA. Primer Defensor Adiunto. del 23 de octubre al 3 de noviembre'de 1998. en tanto dure la ausencia del titular. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue la comision del servicio aI exterior del titular de la Defensorfa del Pueblo, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional, segun el detalle siguiente: Con cargo a la Fuente Donaciones - PNUD US$ 7,877.00 por concepto de pasa es internacionales; con car o a la fuente Donaciones - AID IJ,4$ 2,625.OO por concepto fie viaticos y la tarifa de CORPAC; con cargo a la fuente Recursos Ordinarios US$ 260.00 para gastos de instalacion, totalizando US$ 10,762.00 (Diez mil setecientos sesenta y dos 00/100 Dolares Americanos). Los organizadores de las actividades expresadas en la parte considerativa asumiran los correspondientes gastos adicionales locales, que conlleve la comision del servicio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SANTISTEVAN DE MORDAZA Defensor del Pueblo 12293

MORDAZA RUILOBA ROSSEIL Presidente de la Comision de Reglamentos T6cnicos y Comerciales 12275

IXWENSORIA DEL
Encargan el Despacho del Defensor del Pueblo al Primer Defensor Adjunto
RESOLUCION DEFENSORIAL N ° 60-98/DP MORDAZA, 23 de octubre de 1998 Vistos; la comunicacion de 28 de MORDAZA de 1998, r e i t i d a al Defensor del Pueblo por el Ombudsman de Pakistan citandolo a la Reunion del Consejo Directivo del Instituto iNTERNACIONAL d e l Ombudsman (IOI), a realizarse en Jslamabad, Pakistan del 26 al 29 de octubre de 1998; asi como el Memorando N" 900-98-DP/GAF) de la Gerencia de Administracion y Finanzas y su rorrcspondirnte Anexo N° 4A-027/DP, y, CONSIDERANDO: Que, en octubre de 1996, los miembros del Ca itulo Latinoamericano y del Caribe del Instituto InternacionalPdel Ombuds man eligieron al Defensor del Pueblo del Peru ccsmo titular del C;ipitulo en calidad de Vicepresidente Regional e integrante del Consejo Directivo de dicho organismo mundial: Que, en seguimiento a los acuerdos tomados en la reunion del mencionado consejo en Copenhague, en octubre de 1996, correr;ponde llevar a cabo la sesion del presente ano en Islamabad Pakistan; Que, mediante el documento de vistos el Ombudsman de Pakistan, en coordinacion con el Presidente del Instituto i n t e r n a cional del Ombudsman, ha convocado formalmente al Defensor del Pueblo a la sesion del Consej Directivo del BOl que tendra o lugar en la MORDAZA de Islamabad del 26 al 29 de octubre del presente ano, en la que el Defensor del Pueblo del Peru tiene la responsabilidad de presentar el Informe Regional al Consejo Directivo del 101 sobre el desarrollo de la institucion del Ombudsman en la region y los resultados del III Congreso de I;@ Fedemcion Iberoamericana de Ombudsman (FIO> celeiwado en MORDAZA del 6 al 9 de setiembre del prestwti, del cual I 1 Defa*nsor rita1 Pueblo fue elegido Presidente; Que, adicionalmente, el mencionado funcionario ha propuesto concertar reuniones con las autoridades polit,cas vinculadas

B A N C O CENTRAL DE RESERVA
Aprueban disposiciones de encaje en moneda extranjera
CIRCULAR W 024-98-EF/90 MORDAZA, 23 de octubre de 1998 Ref.: Disposiciones de encaje en moneda extranjera El Directorio de este Banco Central ha resuelto dejar sin efecto la Circular N" 020-9%EF/90, sustituv6ndola por la presente, que rige a partir del periodo de encaje que se %ciael 1 de noviembre de 1998. En esta oportunidad, se reduce el encaje romedio exigible, de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y E ) del apartado referido a la determinacion del encaje exigible. 1. NORMAS GENERALES 1. Ambito de aplicacion La presente circular rige para las empresas de operaciones multiples del sistema financiero a que se refiere el literal A del Articulo 16" de la Ley N" 26702, asi como para el Banco de la Nacion v la Corooracion Financiera de Desarrollo (COFIDE), a todas la; cuales'se denominara Entidadies) Sujeta(s) a Encaje. El tirmino Entidadfe Sujeta(s) a Encaje no comprende a las entidades de desarrollo de la pequefia y microempresa (EDPYMEs) no autorizadas a cantar recursos del publico mediante depositos u otra modalidad Contractual. 2. Composicion de los fondos de encaje Los fondos de encaje se componen unicamente de:

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