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Pág. 171728 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de abril de 1999 ANR-CONAFU Rectifican la Resolución Nº 528-99-CO- NAFU, referida a proceso de adecua- ción de universidad al D. Leg. Nº 882 CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 537-99-CONAFU Lima, 26 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que al dictarse la Resolución Nº 528-99-CONAFU, de fecha 3.3.99, referida al proceso de adecuación de la Univer- sidad San Ignacio de Loyola al Decreto Legislativo Nº 882, se ha incurrido en error material, pues se consigna la expresión Sociedad Anónima Cerrada en vez de Sociedad Anónima Regular como aparece del expediente de adecua- ción de registro Nº 8017; De conformidad con el Artículo 96º del Dec. Sup. Nº 02- 94-JUS que aprobó el T.U.O. de las Normas Generales de Procedimientos Administrativos; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 26439 al CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Rectificar el Artículo 2º de la Resolu- ción Nº 528-99-CONAFU, el mismo que tendrá el siguiente texto definitivo: "La Universidad San Ignacio de Loyola ejecutará las acciones de orden legal, académico, financiero y adminis- trativo contempladas en su Plan de Adecuación al modelo empresarial de Sociedad Anónima Regular que ha optado; haciendo conocer al CONAFU el resultado de ellas" Regístrese, comuníquese y archívese. HECTOR LUJAN PERALTA Presidente CESAR ANIBAL VERA PINEDA Secretario General 4419 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Disponen que fiscal superior formule denuncia penal contra magistrados de derecho público y en lo penal de Lima RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 205-99-MP-CEMP Lima, 5 de abril de 1999 VISTO: El Oficio Nº 2391-97, de fecha 24 de noviembre de 1997, cursado por la doctora Berna Julia Morante Soria, Presi- denta de la Primera Sala Penal Corporativa de Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima y el Oficio Nº 46-99-8FSPL-MP, de fecha 15 de marzo de 1999, cursado por el doctor Humberto Méndez Saldaña, Fiscal Adjunto Superior de la Octava Fiscalía Superior Penal de Lima;CONSIDERANDO: Que, los doctores Cirilo Alarcón Chumpitaz, Juez del Primer Juzgado Transitorio Corporativo de Derecho Públi- co de Lima, y Flodímides Chungui Chipana, Juez del Décimo Octavo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, fueron conducidos a la Octava Fiscalía Superior Penal de Lima en cumplimiento a lo previsto en el Artículo 191º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; Que, la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, me- diante Resolución Nº 628-97-MP-FN-CEMP, de fecha 15 de julio de 1997, decidió el ejercicio de la acción penal contra dichos magistrados, autorizando al doctor Pablo Sánchez Velarde, Fiscal Superior Titular de la Octava Fiscalía Superior Penal de Lima, de turno el día de los hechos, para que en vía de regularización formule la denuncia penal correspondiente; Que la Sala Penal Suprema "C" anuló lo actuado y dio por no presentada la denuncia penal contra los citados magistrados, por delito de corrupción de funcio- narios en agravio del Estado, debido a que supuesta- mente se incumplió el mandato contenido en el inciso e) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 26623; y, estando al contenido de la Resolución de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público Nº 628-97- MP-FN-CEMP, de fecha 15 de julio de 1997, con el propósito de evitar posteriores nulidades, es convenien- te que sea el mismo Fiscal Superior Titular, quien se pronuncie de acuerdo a sus atribuciones conforme al alcance de la resolución que antecede; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Inc. 2) del Art. 159º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, estando al Acuer- do Nº 2076, adoptado por unanimidad en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta, y en uso de las atribu- ciones que le confiere las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- El doctor Pablo Sánchez Velarde, Fiscal Superior Titular de la Octava Fiscalía Superior Penal de Lima, luego de concluido su período vacacional, deberá pronunciarse de acuerdo a sus atribuciones, formu- lando la denuncia penal correspondiente, conforme a la Resolución Nº 628-97-MP-FN-CEMP. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Co- misión Ejecutiva del Poder Judicial, Fiscal Supremo Provisional encargado de la Fiscalía Suprema de Con- trol Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Lima, Fiscal Superior encargado de la Gestión de Gobierno delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Lima, Fiscal Superior Titular de la Octava Fiscalía Superior Penal de Lima y a la Presidenta de la Primera Sala Penal Corporativa de Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 4491