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Pág. 171850 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de abril de 1999 m) Elaborar y actualizar el Manual de Organización y Funciones (MOF) de su Dirección, de acuerdo a las disposi- ciones legales vigentes. n) Racionalizar y simplificar los procedimientos admi- nistrativos de su Dirección. o) Mantener los registros estadísticos del área. p) Otras funciones propias de su competencia, que le sean asignadas por la Dirección Municipal. Artículo 80º.- La Dirección de Participación Vecinal y Desarrollo Local para el cumplimiento de sus funciones tiene la siguiente estructura. a) División de Apoyo y Promoción a PYMES e Inversio- nes. b) División de Promoción y Registro de Organizaciones. DIVISION DE APOYO Y PROMOCION A PYMES E INVERSIONES Artículo 81º.- La División de Apoyo y Promoción a PYMES e Inversiones es el órgano de tercer nivel jerárqui- co, depende directamente de la Dirección de Participación Vecinal y Desarrollo Local, está a cargo de un Jefe de División, y tiene las siguientes funciones: a) Programar y elaborar proyectos económicos para el desarrollo socioeconómico de la comunidad Sanmartiniana. b) Realizar convenios nacionales e internacionales para el financiamiento y promoción a los PYMES que se desarro- llarán en el distrito. c) Brindar asesoría a las organizaciones populares, sectores informales del distrito en materia de formación e implementación de las PYMES. d) Planificar, coordinar, formular y desarrollar los pro- yectos y programas pilotos de inversión para familias de escasos recursos económicos de los diversos sectores del distrito. e) Realizar visitas de intercambio de experiencia con otras Municipalidades del país y del exterior con respecto a la implementación de los PYMES. f) Formular y proponer el Plan de Trabajo Anual de su División. g) Racionalizar y simplificar los procedimientos admi- nistrativos de su División. h) Otras funciones, inherentes al cargo, que se le sean asignadas por la Dirección de Participación Vecinal y Desa- rrollo Local. DIVISION DE PROMOCION Y REGISTRO DE ORGANIZACIONES Artículo 82º.- La División de Promoción y Registro de Organizaciones es el órgano de línea de tercer nivel jerár- quico, depende directamente de la Dirección de Participa- ción Vecinal y Desarrollo Local está a cargo de un Jefe de División y tiene las siguientes funciones: a) Registrar y reconocer a las organizaciones de la Comunidad Sanmartiniana de acuerdo a las normas y disposiciones legales vigentes. b) Orientar y verificar el proceso de constitución de las Organizaciones Vecinales y Sociales. c) Mantener debidamente actualizado el patrón de re- gistro de Organizaciones Sociales y sus representantes. d) Promover mecanismos de participación de las Orga- nizaciones Sociales sobre requerimientos de servicios y ayuda comunitaria. e) Formular y proveer programas de información y educación a las organizaciones sociales. f) Contribuir a elevar la calidad y capacidad de gestión administrativa de las Organizaciones Vecinales, orientán- dolo al acceso de fuentes de cooperación. g) Impulsar la nueva conciencia cívica de las Organiza- ciones Vecinales en el marco del Estado de Derecho. h) Formular y proponer el Plan de Trabajo Anual de su División. i) Racionalizar y simplificar los procedimientos admi- nistrativos de su División. j) Otras funciones propias de su competencia que le sean asignadas por la Dirección de Participación Vecinal y Desa- rrollo Local.CAPITULO IX DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS Artículo 83º.- Los Organos Desconcentrados son aque- llos en los cuales los Organos de Gobierno o la Administra- ción Municipal delega funciones, cuya relación de depen- dencia y relación orgánica se mantiene con la Municipali- dad, otorgándoles una jurisdicción en un ámbito físico y/o sectorial determinado. Artículo 84º.- Los Organos Desconcentrados son aquellos que ejecutan determinadas atribuciones, com- petencias y servicios municipales en forma permanente, con la finalidad de mejorar y optimizar la atención al público usuario, así como también asegurar la adecuada prestación de servicios en toda la jurisdicción municipal en términos oportunos, eficaces y eficientes. En la Muni- cipalidad de San Martín de Porres, son Organos Descon- centrados: - Servicio de Administración Tributaria (SAT). - Programa de Parques y Recreación. - Programa de Seguridad Ciudadana. - Programa del Vaso de Leche. - Agencias Municipales. SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT) Artículo 85º.- El SAT es un Organo Desconcentrado que depende directamente de la Alcaldía. El objetivo funda- mental del Servicio de Administración Tributaria es de planear, organizar, dirigir, controlar, y ejecutar la adminis- tración, fiscalización y recaudación de todos los Tributos municipales que percibe la Municipalidad de San Martín de Porres. Está a cargo de un funcionario con categoría de Director, y es designado por la Alcaldía. Son funciones del SAT: a) Establecer y promover la política tributaria de la Municipalidad de San Martín de Porres. b) Determinar y liquidar la deuda tributaria de los contribuyentes. c) Recaudar los ingresos municipales por concepto de impuestos, contribuciones, tasas y las multas. d) Autorizar el fraccionamiento de las deudas tributa- rias. e) Fiscalizar el adecuado cumplimiento de las obligacio- nes tributarias. f) Efectuar el cobro coactivo de las obligaciones tributa- rias municipales así como también las multas y otros ingresos de ámbito municipal. g) Mantener constantemente informado al contribuyen- te acerca de los dispositivos legales y procedimientos que deben observar para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. h) Imponer sanciones por el incumplimiento de las obligaciones tributarias. i) Elaborar las estadísticas tributarias del Municipio. Participar en la elaboración del Plan de Administración Tributaria y efectuar las acciones correspondientes. j) Evaluar y proponer los cambios de montos de las tasas y demás conceptos vigentes ante la Alta Dirección. k) Efectuar permanentemente los operativos de Fiscali- zación Tributaria, para conocer el porcentaje de contribu- yentes morosos, omisos y evasores, a fin de optimizar la recaudación de los ingresos propios. l) Elaborar el calendario de obligaciones tributarias. m) Desarrollar programas de investigación tributaria municipal. n) Realizar las cobranzas ordinarias y coactivas, y efectuar el control de la recaudación de la venta de especies valoradas de la Municipalidad. o) Conciliar mensualmente sus operaciones y cuentas con la Dirección de Economía y Finanzas. p) Formular y proponer el Plan de Trabajo Anual, así como también evaluarlo periódicamente. q) Racionalizar y simplificar permanentemente todos sus procedimientos administrativos. r) Proponer a la Alcaldía Proyectos de Ordenanzas, Edictos y/o Decretos, en asuntos inherentes a la Adminis- tración Tributaria de la Municipalidad. s) Velar por el estricto cumplimiento de las normas legales nacionales y las disposiciones Municipales que regulan la Administración Tributaria de la Municipalidad. t) Formular y proponer a la Alcaldía sus Estatutos y su Reglamento de Organización y Funciones.