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Pág. 171838 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de abril de 1999 b) Racionalizar la organización municipal en función a la naturaleza de los servicios y recursos que dispone, en concordancia con la demanda de la colectividad distrital. c) Promover e impulsar el desarrollo de los Programas de los Servicios Sociales, Comunales y Educativos, orientados preferentemente a la población de menores recursos. d) Generar Proyectos de Inversión en infraestructura urbana, referidos al acondicionamiento territorial y obras públicas del distrito. e) Contribuir a la racionalización del servicio de trans- porte urbano del distrito, con el objeto de atender la deman- da de la población. f) Aplicación de mecanismos que garanticen la partici- pación vecinal para concretizar en forma eficiente y eficaz, la ejecución de programas de contenido social y comunal. g) Implementar el Sistema de Rentas Municipales en forma mecanizada que permita una eficiente administra- ción y fiscalización tributaria. h) Modernizar y conducir los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos y Financieros, en concordancia con la legislación vigente de los Organismos Rectores co- rrespondiente. i) Coordinar programas de trabajo con las Municipalida- des Distritales colindantes con el fin de fortalecer los servicios sociales y comunales de interés común. j) Intensificar las relaciones funcionales con la Munici- palidad Provincial de Lima, para fortalecer los Programas de Cooperación Técnica-Financiera, orientados a la ejecu- ción de proyectos a nivel distrital. k) Participar activamente en la implementación del COMUNED en base al diagnóstico de necesidades de edu- cación en sus diferentes niveles en el distrito. l) Las demás funciones propias de competencia, estable- cidas en la ley. Artículo 7º.- Es competencia de la Municipalidad, con- forme a lo establecido en el Artículo 10º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades: a) Acordar su régimen de organización interior. b) Aprobar su presupuesto. c) Administrar sus bienes y rentas. d) Crear, modificar, suprimir o exonerar sus contribu- ciones, arbitrios y derechos conforme a ley. e) Coordinar la regulación del transporte colectivo, y la circulación del tránsito en el distrito. f) Organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales. g) Contratar con otras entidades públicas o no públicas preferentemente locales, la atención de los servicios que no administra directamente. h) Planificar el desarrollo de las circunscripción y ejecu- tar los planes correspondientes. i) Exigir el cumplimiento de sus propias normas, sea con sus propios medios o con el auxilio de la Policía Nacional. j) Celebrar acuerdos con otras municipalidades para organizar y ejecutar servicios comunes. k) Cooperar con la educación nacional dentro de su jurisdicción, conforme a la ley. l) Acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva. m) Ecología, salud y saneamiento ambiental. n) Educación, cultura, recreación, deportes y promoción social. o) Regulación del abastecimiento y comercialización de productos. p) Transportes y telecomunicaciones. q) Promover y organizar conforme a ley la participación de los vecinos en el desarrollo local. TITULO TERCERO DE LA ESTRUCTURA ORGANICA, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES CAPITULO I DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Artículo 8º.- La Municipalidad de San Martín de Po- rres para el cumplimiento de sus funciones cuenta con la siguiente Estructura Orgánica: a) ORGANOS DE GOBIERNO - Concejo Municipal - Alcaldíab) ORGANO DE DIRECCION - Dirección Municipal c) ORGANOS CONSULTIVOS Y DE PARTICIPACION - Comisiones de Regidores - Asesoría de Alta Dirección - Juntas Vecinales - Comité de Defensa Civil d) ORGANO DE CONTROL - Oficina de Auditoría Interna e) ORGANOS DE ASESORAMIENTO - Oficina de Asesoría Jurídica - Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionaliza- ción f) ORGANOS DE APOYO - Oficina de Secretaría General - Oficina de Informática - Oficina de Economía y Finanzas - Oficina de Administración de Recursos g) ORGANOS DE LINEA - Dirección de Desarrollo Urbano - Dirección de Servicios Comunales - Dirección de Servicios Sociales - Dirección de Participación Vecinal y Desarrollo Local h) ORGANOS DESCONCENTRADOS - Servicio de Administración Tributaria - Programa de Parques y Recreación - Seguridad Ciudadana - Programa del Vaso de Leche - Agencias Municipales Artículo 9º.- La Municipalidad de San Martín de Po- rres se organiza en tres funciones básicas institucionales: a) Función de Gobierno , que la ejerce el Concejo Municipal, quien tiene la responsabilidad de definir los grandes objetivos institucionales, establecer las políticas y metas para el corto, mediano y largo plazo; basado en informes periódicos y fiscalizar el cumplimiento de la ges- tión. b) Función Ejecutiva , que la ejercen los Organos de Dirección, de Apoyo, de Línea y Desconcentrados. Son los responsables de ejecutar los objetivos y metas que establece el Organo de Gobierno y dar cuenta permanente de los resultados a través de los mecanismos que se establezcan. c) Función Técnica , la ejerce el Organo de Asesora- miento, tiene la responsabilidad de brindar asesoría a los órganos de gobierno para la definición de los objetivos y metas e implementar éstos a través de planes; realizar el seguimiento de las acciones, llevar las estadísticas e infor- mar a los órganos de gobierno y a los órganos de dirección sobre los resultados de la gestión. CAPITULO II DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO Artículo 10º.- Los Organos de Gobierno son los encar- gados de proponer y establecer las políticas y objetivos de desarrollo integral y armónico del distrito de San Martín de Porres. Artículo 11º.- Los Organos de Gobierno de la Munici- palidad Distrital de San Martín de Porres son: - El Concejo Municipal - La Alcaldía EL CONCEJO MUNICIPAL Artículo 12º.- El Concejo Municipal es el máximo órgano de gobierno de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Está constituido por el Alcalde quien lo preside y 13 regidores, elegidos en sufragio directo por los vecinos de la jurisdicción. Ejerce funciones normativas, administrativas y de fiscalización.