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Pág. 171836 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de abril de 1999 Artículo Segundo.- AMPLIESE por espacio de 60 días al plazo establecido en el Art. 2º del Decreto de Alcaldía Nº 067-98, en que la Comisión designada eleve la propuesta sobre la revisión de Apertura y Licencias Municipales de Funcionamiento a los establecimientos señalados en el referido Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 4506 Disponen clausurar definitivamente el establecimiento denominado "Hostal Canturias" por carecer de licencia RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0590 San Juan de Miraflores, 19 de marzo de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Visto el Memorándum Nº 261-A-99 del despacho de Alcaldía, de fecha 26-2-99, ordenando, que se dicte Reso- lución de Clausura Definitiva del denominado "HOSTAL CANTURIAS"; y visto el Expediente Nº 19337-97 de fecha 30-12-97, memorial de los vecinos del pasaje Ma- nuel Casos y pasaje Lorenzo Lozano, solicitando anula- ción de Licencia de Funcionamiento del hostal antes referido; CONSIDERANDO: Que, con fecha 30-12-97, por Expediente Nº 19337-97, los vecinos del pasaje Manuel Casos y pasaje Lorenzo Lozano, de la zona "D" del distrito de San Juan de Miraflo- res, presentan un memorial en el que manifiestan que están indignados por la instalación sorpresiva de un hostal ubicado en Manuel Casos 577, de propiedad de GERARDA DE LA CRUZ, contraviniendo normas que se exige para la instalación de este tipo de negocios, para la autorización de funcionamiento, en un área de 90 m2, destinada a vivienda de familia con hijos que observan estas actividades, que no lindan con las buenas costum- bres; manifiestan asimismo, cómo se ha autorizado este tipo de negocios, por lo que apelan a su comprensión social a fin de que ordene a quien corresponda la inmediata anulación de la Licencia de Funcionamiento de este hostal y por ende el cierre definitivo; con fecha 18-8-98, reiteran su petición; Que, se ha tomado conocimiento por Informe Nº 024- PM-99, del 17-2-99, de la Jefatura de Policía Municipal, que en la intervención de fecha 15-2-99, efectivamente en el pasaje Manuel Casos 577, zona "D", funciona un establecimiento comercial de hospedaje de nombre "HOS- TAL CANTURIAS", de propiedad de la Sra. PAULA PACHECO VDA. DE CANTURIAS, que al requerírsele la documentación pertinente, la encargada no mostró nin- guna, aduciendo que lo tenía la propietaria, por lo que le puso la Notificación Multa Nº 4099, "Por apertura de establecimiento sin la respectiva Autorización Munici- pal"; Que, asimismo, conforme se aprecia de la copia Certifi- cada Nº 220-CSJM, de fecha 15-2-99, sobre la constatación policial, se toma conocimiento que en el inmueble antes descrito, se encuentra funcionando un hostal sin Licencia Municipal, en la que se ha entrevistado a la persona de JUAN EDGARDO CANTURIAS PACHECO, quien mani- fiesta que la dueña del hostal es su madre, y su Licencia Municipal está en trámite; Que, con Informe Nº 039-UAT-DR-99, de fecha 3-3-99, la Unidad de Administración Tributaria informa, que no existe la recepción del expediente en esa unidad sobre Autorización Municipal a nombre de PAULA ISABEL PA- CHECO VDA. DE CANTURIAS, con dirección en el pasaje Manuel Casos 577, zona "D", urbanización San Juan, por lo que está incumpliendo lo establecido por D.A. Nº 042-96,Reglamento de Autorización Municipal de Funcionamiento de Establecimientos Comerciales y de Servicios (lo normado por la Ordenanza Nº 007-96, por lo que sugiere la clausura definitiva); Que, asimismo, en el Proveído Nº 190-DR-99, de la Dirección de Rentas, se indica que el Reglamento Nacional de Construcción, establece el índice de usos para la ubica- ción de actividades urbanas, detallando la zonificación autorizada, que por ser un pasaje la vía frente al predio, no procede el desarrollo de dicha actividad, en la dirección indicada, situación que debió ser observada por la División de Catastro; Estando al Informe Nº 189-OAL-MDSJM-99, de fecha 10-3-99, por la procedencia de la clausura, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 119º, de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, la municipalidad en defensa de la moral y las buenas costumbres, debe clausurar el citado establecimiento; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades confe- ridas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Artículo 47º, inciso 6); SE RESUELVE: Artículo Primero.- CLAUSURAR DEFINITIVA- MENTE el establecimiento comercial denominado "HOS- TAL CANTURIAS", ubicado en el pasaje Manuel Casos 577, zona "D", de la urbanización San Juan, distrito de San Juan de Miraflores, de propiedad de PAULA ISABEL PA- CHECO VDA. DE CANTURIAS, por carecer de los certifi- cados de Licencia Definitiva y Licencia Especial. Artículo Segundo.- COMUNICAR a la Policía Nacio- nal del Perú, Comisaría de San Juan de Miraflores, la presente resolución, a efectos de contar con las garantías del caso, conforme lo dispone la Ley Nº 23853, Artículo 114º. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de la Policía Municipal, la ejecución de la clausura a que se refiere el Artículo Primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Ren- tas y a las oficinas competentes, el fiel cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 4505 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 099-CDSL Mediante Oficio Nº 161-99-SG-MDSL la Municipalidad de San Luis solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 099-CDSL, publicada en nuestra edición del día 29 de marzo de 1999, en la página 171504. DICE: Acuerdo de Concejo Nº 099-CDSL DEBE DECIR: Acuerdo de Concejo Nº 099-99-CDSL DICE: Proyecto de Reglamento de Bajas y Ventas de Bienes Patrimoniales DEBE DECIR: Reglamento de Bajas y Ventas de Bienes Patrimoniales 4559