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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (08/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

Pág. 171843 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de abril de 1999 ría General, está a cargo de un Jefe de Unidad y tiene las siguientes funciones: a) Brindar apoyo Técnico-Secretarial y logístico a todos los miembros del Concejo Municipal y las diferentes Comi- siones que integran los Regidores. b) Mantener informado a los Regidores de toda la proble- mática y los quehaceres de la Municipalidad. c) Prestar apoyo técnico y administrativo a las Comisio- nes de Regidores. d) Remitir los Informes, Dictámenes y Expedientes a la Secretaría General. e) Elaborar los documentos diversos de carácter oficial que formulen las Comisiones y los Regidores a título indi- vidual. f) Mantener informado oportunamente a los Regidores para la entrega de citaciones, notificaciones y otros docu- mentos. g) Realizar el seguimiento de los requerimientos oficia- les de las Comisiones a las diferentes áreas administrati- vas. h) Otras funciones afines que se le asigne. OFICINA DE INFORMATICA Artículo 41º.- La Oficina de Informática es un Organo de Apoyo de segundo nivel jerárquico, que depende directa- mente de la Alcaldía, es responsable de Planear, Organizar, Dirigir, Controlar y Evaluar todo el sistema de informática de la Municipalidad, optimizando la información hacia el logro de los objetivos y metas en las diferentes Unidades y Dependencias. Está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Director dependiendo jerárquicamente de la Alcaldía. Artículo 42º.- La Oficina de Informática tiene las siguientes funciones: a) Programar, organizar, dirigir, controlar y mantener actualizado el sistema de informática en la Municipalidad. b) Elaborar, programar, y dar mantenimiento a todos los equipos de cómputo de la Municipalidad. c) Diseñar, elaborar y desarrollar software de aplica- ción, acorde con las necesidades, los requerimientos y las exigencias de las diferentes áreas y dependencias de la Municipalidad. d) Mantener actualizado todos los archivos del sistema de información con que cuenta la Municipalidad. e) Coordinar permanentemente con las diferentes uni- dades estructurales de la Municipalidad para formular nuevos diseños informáticos orientados al mejor desenvol- vimiento de cada área y los oriente y capacite en el manejo de los software con que cuenta cada área. f) Prestar apoyo técnico-informático a todas las unida- des orgánicas de la Municipalidad. g) Efectuar convenios aprobados por la Municipalidad sobre la asistencia técnica, capacitación especializada y prestación de servicios en el grupo informático y otras funciones propias que le sean asignadas por la Alcaldía. h) Racionalizar y sistematizar todos los procedimientos administrativos del área. i) Visar las resoluciones que son de su competencia. j) Mantener los registros estadísticos del área. k) Racionalizar y simplificar los procedimientos admi- nistrativos de esta oficina. l) Elaborar y actualizar el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Oficina de Informática. m) Elaborar el Plan de Trabajo Anual de la Oficina de Informática n) Otras funciones afines que le asigne la Alcaldía. OFICINA DE ECONOMIA Y FINANZAS Artículo 43º.- La Oficina de Economía y Finanzas es un órgano de apoyo de segundo nivel jerárquico, encargado de planear, organizar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar los recursos económicos y financieros de la Municipalidad, en concordancia con los dispositivos legales vigentes. Está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Director y depende jerárquicamente de la Dirección Muni- cipal. Artículo 44º.- Son funciones de la Oficina de Economía y Finanzas: a) Programar, organizar, dirigir, ejecutar, controlar y evaluar los sistemas económicos, financieros, contables y de tesorería que ocurren en la Municipalidad de acuerdo a la normatividad y dispositivos legales vigentes.b) Establecer y actualizar normas y directivas de carác- ter económico, financiero, contable y de Tesorería. c) Presentar y exponer la información económica, finan- ciera y contable al Concejo Municipal y a la Alcaldía e instituciones competentes dentro de los plazos previstos por la Alta Dirección, y las disposiciones legales vigentes. d) Informar mensualmente el consolidado de ejecución diaria a la Alta Dirección, y a la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización de la captación de Ingresos y la ejecución de egresos conforme lo estipula la Ley de Financiamiento y Presupuesto Municipal y sus Directivas. e) Elaborar el calendario anual de compromisos econó- micos financieros para su programación de pagos de acuer- do a las prioridades de la Alta Dirección. f) Visar las resoluciones que son de su competencia. g) Mantener los registro estadísticos del área. h) Racionalizar y simplificar los procedimientos admi- nistrativos de esta oficina. i) Elaborar y actualizar el Manual de Organización y funciones (MOF) de la Oficina de Economía y Finanzas, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. j) Formular el Plan de Trabajo Anual de la Oficina de Economía y Finanzas. k) Otras funciones afines que se le asigne. Artículo 45º.- La Oficina de Economía y Finanzas para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Unidades: - Unidad de Finanzas y Tesorería. - Unidad de Contabilidad y Ejecución Presupuestal UNIDAD DE FINANZAS Y TESORERIA Artículo 46º.- La Unidad de Finanzas y Tesorería es un órgano de tercer nivel jerárquico, dependiente de la Oficina de Economía y Finanzas, está a cargo de un Jefe de Unidad y tiene las siguientes funciones: a) Programar, ejecutar y controlar las acciones de Teso- rería, superando el cumplimiento de las normas y procedi- mientos relacionados con la Unidad b) Programar, dirigir, controlar y registrar las activida- des de Ingresos y Egresos y formular el parte diario y el consolidado de fondos mensuales de Ingresos y Gastos. c) Llevar el control, registro y custodia de las fianzas, garantías, pólizas de seguro y otros valores. d) Girar los pagos programados, manejar las cuentas corrientes, registro de valores e informar a la Oficina de Economía y Finanzas permanentemente de la Situación de Caja. e) Elaborar el Calendario de Pagos y ejecutar la progra- mación de los mismos en atención a las necesidades, reque- rimientos y prioridades de la Alta Dirección. f) Llevar el control de la Caja Chica de acuerdo a su Directiva y remitir el reporte de gastos a la Oficina de Contabilidad y de Presupuesto, para su afectación contable y presupuestal. g) Administrar y controlar el movimiento de dinero y especies valoradas de la Municipalidad. h) Ejecutar el Balance diario de caja, formulando el estado correspondiente, revisar y firmar el parte diario de ingresos. i) Emitir en forma oportuna y confiable reportes finan- cieros que faciliten la toma de decisiones. j) Realizar el pago de las planillas de haberes del personal, así como las liquidaciones de los beneficios socia- les. k) Procesar, ejecutar y controlar las solicitudes de líneas de créditos de préstamos administrativos y escolares, y expedir constancias de pagos y descuentos. l) Ejecutar permanentemente trámites bancarios a ni- vel local para efectuar depósitos y otros. m) Llevar los registros diarios y de Caja y efectuar las conciliaciones bancarias. n) Conciliar mensualmente sus operaciones y cuentas con el SAT, Oficina de Planificación, Presupuesto y Racio- nalización, Unidad de Logística y la Unidad de Contabili- dad. o) Proponer los procedimientos y las normas de Control de Tesorería que sean necesarias para el cabal cumplimien- to de sus funciones. p) Velar por el cumplimiento de las Normas Técnicas de control y disposiciones legales, nacionales y municipales que regulen las actividades del Sistema de Tesorería. q) Proporcionar información y apoyo en asuntos de su competencia.