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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (08/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 171844 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de abril de 1999 r) Mantener los registros estadísticos del área. s) Racionalizar y simplificar los procedimientos admi- nistrativos de esta Unidad. t) Otras funciones afines que se le asigne. UNIDAD DE CONTABILIDAD Y EJECUCION PRESUPUESTAL Artículo 47º.- La Unidad de Contabilidad y Ejecución Presupuestal es un órgano de tercer nivel jerárquico, de- pendiente de la Oficina de Economía y Finanzas, está a cargo de un Jefe de Unidad y cumple las siguientes funcio- nes: a) Programar, dirigir, ejecutar y controlar los procesos técnicos del Sistema de Contabilidad Gubernamental Inte- grada. b) Ejecutar, controlar y mantener actualizado el registro de operaciones contables en los libros principales y auxilia- res, así como elaborar los estados financieros correspon- dientes. c) Verificar la correcta formulación y sustentación de la documentación fuente para la ejecución de compromisos de pago. d) Realizar el control concurrente de los gastos y conci- liaciones bancarias. e) Controlar, revisar, y visar la documentación susten- tatoria de cuentas y asesorar para el otorgamiento de las rendiciones de cuenta recibidas. f) Elaborar y presentar oportunamente la contabilidad y el Balance Anual de la Municipalidad. g) Controlar y supervisar el fondo de pagos en efectivo. h) Dirigir y elaborar la cuenta general del ejercicio anual. i) Elaborar informes e implementar medidas correctivas de la gestión administrativa, financiera y contable. j) Elaborar informes de evaluación semestral de gestión administrativa y financiera. k) Efectuar el control previo de todos los pagos. l) Llevar la contabilidad patrimonial de los servicios que presta la Municipalidad. m) Formular los proyectos de los calendarios de compro- misos y mantener el control de liquidez presupuestal. n) Conciliar mensualmente las cuentas y registros con- tables con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización, Unidad de Tesorería y la Unidad de Logística. o) Efectuar arqueos periódicos de caja, fondo rotativo de caja chica y especies valoradas. p) Velar por el cumplimiento de las normas legales que regulen el Sistema de Contabilidad. q) Mantener los registros estadísticos del área. r) Racionalizar y simplificar los procedimientos admi- nistrativos de esta Unidad. s) Otras funciones afines que se le asigne. OFICINA DE ADMINISTRACION DE RECURSOS Artículo 48º.- La Oficina de Administración de Recur- sos es el órgano de apoyo de segundo nivel jerárquico encargado de planear, organizar, dirigir y controlar los recursos humanos, materiales y de servicios de la Munici- palidad, así como facilitar a la Alta Dirección la información de su competencia para la toma de decisiones. Artículo 49º.- La Oficina de Administración de Recur- sos depende jerárquicamente de la Dirección Municipal, coordina sus acciones con los órganos de la Municipalidad y otras entidades cuya función tenga relación con ellos. Está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Director y tiene las siguientes funciones: a) Planear, organizar, dirigir, controlar coordinar y adquirir los recursos humanos, materiales y de servicios para el buen funcionamiento de la Gestión Municipal. b) Proveer los stock mínimos y máximos, el lote económi- co de compra de bienes y/o servicios y la contratación del personal para lograr una eficaz Gestión Municipal. c) Elaborar el cronograma del Lote de Compra, de servicios y de personal que requiere la Municipalidad. d) Elaborar el Plan Anual de adquisiciones y contrata- ciones de acuerdo al Artículo 7º de la Ley Nº 26850. e) Preveer y controlar el mantenimiento de los bienes, muebles e inmuebles de la Municipalidad. f) Visar las resoluciones que son de su competencia. g) Mantener los registros estadísticos del área.h) Racionalizar y simplificar los procedimientos admi- nistrativos de esta oficina. i) Elaborar y actualizar el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Oficina de Administración de Recur- sos, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. j) Formular el Plan de Trabajo Anual de la Oficina de Administración de Recursos k) Otras funciones inherentes a su cargo que se le asigne. Artículo 50º.- La Oficina de Administración de Recur- sos para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Unidades: - Unidad de Logística. - Unidad de Servicios Generales. - Unidad de Personal. UNIDAD DE LOGISTICA Artículo 51º.- La Unidad de Logística es un órgano de tercer nivel jerárquico, dependiente de la Oficina de Admi- nistración de Recursos, está a cargo de un Jefe de Unidad y tiene las siguientes funciones: a) Programar, dirigir, coordinar, ejecutar y controlar la ejecución de los procesos técnicos de Abastecimiento y Control patrimonial, en concordancia con la normatividad legal vigente . b) Efectuar todas las adquisiciones de bienes y servicios para la Municipalidad dentro del marco establecido por las disposiciones legales vigentes. c) Elaborar el cuadro de necesidades de bienes y servi- cios para la formulación del Presupuesto Anual, en coordi- nación con las diferentes Areas de la Municipalidad. d) Elaborar el Plan Anual de adquisiciones y contrata- ciones de acuerdo a los planes de las diferentes dependen- cias de la Municipalidad. e) Elaborar las respectivas Ordenes de Compra y/o Servicios para el funcionamiento de la Municipalidad. f) Formular y proponer a la Oficina de Administración de Recursos, alternativas de política referentes a la Admi- nistración de los Bienes y Servicios, y Patrimonio de la Municipalidad. g) Participar como órgano de apoyo a los Comités Espe- ciales designados para los procesos de licitación pública o concurso público, brindando la información técnica y econó- mica relacionada con la materia en concordancia con la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y su Regla- mento. h) Ejecutar los procesos técnicos de programación, ad- quisición, almacenamiento y distribución de bienes mate- riales. i) Organizar, valorizar, actualizar y controlar el Inven- tario de Bienes de la Municipalidad, a través de los Regis- tros correspondientes. j) Supervisar el proceso de Control Patrimonial Institu- cional. k) Cumplir con las disposiciones legales que norman el proceso de adquisiciones, a través de sus modalidades de Adjudicación Directa, Adjudicación Directa de menor cuan- tía, concurso de precios, concurso de méritos, licitación pública, y otras propias de su competencia. l) Coordinar con los diferentes órganos de la Municipa- lidad, los asuntos relacionados con la determinación y priorización de sus necesidades. m) Efectuar el control patrimonial de los Activos Fijos adquiridos o donados a la Municipalidad. n) Mantener actualizado el Registro de proveedores de bienes y servicios, y el catálogo de bienes, en coordinación con los órganos de la Municipalidad. o) Elaborar oportunamente el Parte Diario de Almacén y proporcionar información a la Unidad de Contabilidad y Ejecución Presupuestal, adjuntando la información sus- tentatoría. p) Programar, ejecutar y supervisar los procesos de codificación, valorización, depreciación, revaluación, bajas y excedentes de inventarios. q) Coordinar la Titulación de los bienes inmuebles de la Municipalidad en coordinación con la Oficina de Asesoría Jurídica. r) Suscribir y supervisar el cumplimiento de contratos. s) Conciliar mensualmente sus operaciones y activida- des con la Oficina de Planificación, Presupuesto y Raciona- lización, Unidad de Tesorería, y la Unidad de Contabilidad y Ejecución Presupuestal. t) Llevar los registros contables del área.