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Pág. 172444 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de abril de 1999 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Prorrogan fecha de vencimiento para el pago al contado o de primera cuota del Impuesto Predial DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-99/MDI Independencia, 14 de abril de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del Artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 776 establece que la recaudación, admi- nistración y fiscalización del Impuesto Predial, corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicado el predio; Que, la parte final del inciso a) del Artículo 14º del citado Decreto Legislativo faculta al municipio establecer prórroga para la presentación anual de la Declaración Jurada del Impuesto Predial y por añadidura al pago al contado o de la primera cuota de dicho impuesto; Que, siendo política de la actual gestión brindar las máximas medidas para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias se hace necesario que en forma ininterrumpida se prorrogue el plazo para la recepción de las Declaraciones Juradas y el pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al presente Ejercicio Fiscal; Al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 776 y a las facultades conferidas en el inciso 6) Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades y con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de abril de 1999 el plazo para el pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al año 1999, así como para la presentación de la Declaración Jurada de los predios que hayan experimentado modificaciones en su construcción. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase. GUILLERMO CHACALTANA YEREN Alcalde 5248 Establecen fechas de vencimiento para el pago de cuotas trimestrales de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-99/MDI Independencia, 20 de abril de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 002-99-A-MDI, se regula en la jurisdicción del distrito de Independencia los arbitrios de Limpieza Pública, de Parques y Jardines y de Relleno Sani- tario, a partir de enero de 1999; Que, en concordancia con lo establecido en el Artículo 6º de la acotada, se hace necesario establecer las fechas de vencimiento de pago de cada cuota trimestral;Que, de conformidad con lo normado en la Cuarta Dispo- sición Final del Decreto Legislativo Nº 776 se debe establecer el costo de los servicios de actualización de arbitrios, emisión mecanizada y distribución a domicilio de los recibos de arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario; Estando a lo expuesto, al amparo de la Ley de Tributación Municipal y a las facultades concedidas por el inciso 6) Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo Primero.- ESTABLEZCASE para el Ejercicio Fiscal 1999 las siguientes fechas de vencimiento para el pago de cada cuota trimestral de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y de Relleno Sanitario: PRIMERA CUOTA 31 DE MAYO SEGUNDA CUOTA 30 DE JUNIO TERCERA CUOTA 31 DE AGOSTO CUARTA CUOTA 30 DE NOVIEMBRE Artículo Segundo.- FIJASE en S/. 4.00 (cuatro y 00/100 nuevos soles) los derechos por servicios de actualización, emisión y distribución de los recibos de arbitrios y Limpieza Pública y Relleno Sanitario, que será distribuido en las cuatro cuotas trimestrales. Artículo Tercero.- Los derechos a que se refiere el artículo que precede será de S/. 2.00 (dos y 00/100 nuevos soles) por cada recibo cuando el contribuyente no ha cumpli- do con el pago dentro de la fecha de vencimiento de cada cuota y para hacerlo requiere de la emisión de nuevo recibo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUILLERMO CHACALTANA YEREN Alcalde 5249 Designan Director de la Oficina de Ejecutoría Coactiva de la Municipa- lidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 091-99-MDI Independencia, 2 de febrero de 1999 VISTO; el Informe Nº 001-98 de la Comisión de Concurso Público de Mérito para la selección de Ejecutor y Auxiliar Coactivos; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece en su Séptima Disposición Complementaria de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva, los Gobiernos Locales en el plazo de 60 días hábiles a partir de su publicación deberán proceder a convocar a concurso público de méritos para la designación del Ejecutor y Auxiliares Coactivos; Que, en aplicación de la ley antes señalada, la Munici- palidad Distrital de Independencia, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1010-98-MDI, de fecha 25 de noviembre de 1998, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de noviembre de 1998, efectuó el Concurso Público de Méritos para la selección de un (1) Ejecutor Coactivo y dos (2) Auxiliares Coactivos, conformándose para el efecto la comisión respec- tiva, quien remite el Informe Nº 001-98 al Despacho de Alcaldía en la que se consigna los nombres de los que ocuparon los primeros lugares para los efectos a que se proceda a dictar la resolución correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26979 y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Dr. JAIME ALFON- SO CARREÑO QUISPE, en el cargo de Director de la Oficina de Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Distri-