Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 1999 (23/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
Comercial II A
Consumo Medido Consumo Minimo Tarifa Primer Rango (0 a 30 m3) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total

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= 30 m3 = 24 m3 = S/. 1.800 por m3 = 24 m3 x S/. 1.800 por m3 = S/. 43.20 = S/. 43.20 x 0.40 = S/. 17.28. = = = = = S/. 43.20 S/. 17.28 S/. 60.48 S/. 10.89 S/. 71.37

rillado, se MORDAZA ambos importes. Al importe total a facturar se le anadira el porcentaje que corresponde al IGV. V. Determinacion del Importe a Facturar a predios o inmuebles multifamiliares, multicomerciales o dedicados a usos multiples. En estos casos, la EPS determinara el importe a facturar teniendo en consideracion lo siguiente: 1. Determinacion y clasificacion de las unidades de uso La EPS debera determinar el numero de unidades de uso que existen en cada predio o inmueble, para luego clasificar a cada una de ellas segun la tabla de clasificacion de usuarios, dentro del menor nivel (Nivel A) existente en la categoria de acuerdo a la estructura tarifaria aprobada. En el caso de existir varias conexiones que sirven al mismo predio, se debera identificar a las unidades de uso que sirve cada conexion y proceder a clasificarlas de similar manera. 2. La determinacion del volumen de consumo a facturar a la unidad de uso La EPS determinara el volumen de consumo a facturar de agua potable para cada una de las unidades de uso que el referido predio o inmueble posea, teniendo en cuenta lo siguiente: a) Predio o Inmueble cuya conexion cuenta con medidor Por diferencia de lectura; Se debera determinar el volumen total registrado por el medidor, y luego dividirlo entre el numero de unidades de uso a las cuales la conexion sirve dentro del predio o inmueble, determinandose el volumen de consumo a facturar por unidad de uso. Sobre esta base, la determinacion del volumen a facturar por cada unidad de uso se MORDAZA aplicando el procedimiento establecido en el punto I.A. del presente anexo. Por promedio de diferencias de lectura; Se debera determinar el volumen total promedio, de acuerdo a lo senalado en el punto I.A.1.b del presente anexo. Luego se determinara el volumen de consumo a facturar por unidad de uso, dividiendo el volumen total promedio entre el numero de unidades de uso. La determinacion del volumen a facturar por cada unidad de uso se MORDAZA aplicando el procedimiento establecido en el punto I.A. del presente anexo. b) Predio o Inmueble cuya conexion no cuenta con medidor El volumen de consumo a facturar a cada unidad de uso, le correspondera la asignacion de consumo del menor Nivel A existente en la categoria a la que pertenece dicha unidad de uso. 3. Determinacion del Importe a Facturar Al volumen de consumo a facturar de cada unidad de uso, se le aplicaran las tarifas correspondientes a su respectiva categoria y nivel, determinandose el importe a facturar por cada una de ellas. El importe total por conexion sera la suma de cada importe a facturar de cada unidad de uso, el mismo que se consignara en el respectivo comprobante de pago. 4. Definicion de Unidad de Uso Se considera unidades de uso a aquellas areas independientes en que se divide un predio o inmueble, y que cuentan con un punto de agua. La condicion de independencia estara dada por la inexistencia de acceso directo entre las unidades que constituyen el predio. Anexo Nº 4 EMAPAT S.R.LTDA. Ejemplos de aplicacion para el calculo del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado Localidad de Tambopata 1. Usuarios con medidor Caso 1: Cuando el Consumo Medido es menor al Consumo Minimo: mo

Caso 2: Cuando el Consumo Medido es mayor al Consumo Minimo pero dentro del Primer Rango de Consumos: Comercial III A
Consumo Medido Consumo Minimo Tarifa Primer Rango (0 a 50 m3) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total = 45 m3 = 40 m3 = S/. 1.800 por m3 = 45 m3 x S/. 1.800 por m3 = S/. 81.00 = S/. 81.00 x 0.40 = S/. 32.40 = = = = = S/. 81.00 S/. 32.40 S/. 113.40 S/. 20.41 S/. 133.81

Caso 3: Cuando el Consumo Medido es mayor al Consumo Minimo pero esta en el MORDAZA Rango de Consumos: Comercial I A
Consumo Medido Consumo Minimo Tarifa Primer Rango (0 a 50 m3) Tarifa MORDAZA Rango (51 a mas) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total = = = = 60 m3 40 m3 S/. 1.800 por m3 S/. 3.61 por m3

= 50 m3 x S/. 1.800 por m3 + 10 m3 x S/. 3.61 por m3 = S/. 126.10 = S/. 126.10 x 0.40 = S/. 50.44 = = = = = S/. 126.10 S/. 50.44 S/. 176.54 S/. 31.78 S/. 208.32

2. Usuarios sin medidor (Asignacion de Consumos) Consumo Asignado en el Primer Rango de ConsuDomestico B
Consumo Asignado Tarifa Primer Rango (0 a 40 m3) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total = 40 m3 mensuales = S/. 1.109 por m3 = 40 m3 x S/. 1.109 por m3 = S/. 44.36 = S/. 44.36 x 0.40 = S/. 17.74 = = = = = S/. 44.36 S/. 17.74 S/. 62.10 S/. 11.18 S/. 73.28

5277 RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 399-99-SUNASS MORDAZA, 21 de MORDAZA de 1999 VISTO: El Informe Nº 16-99-SUNASS-IT-T que evalua la aplicacion de la Directiva de Reordenamiento Tarifario en la EPS SEDACHIMBOTE S.A.;

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