Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (08/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 181118 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de diciembre de 1999 Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Av. Atahualpa Nº 296, tercer piso, Dist., Prov. y Dpto. Cajamarca. Coordenadas: L.O. 78° 31' 38" L.S. 07° 09' 27" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de insta- lación y prueba de doce (12) meses otorgado por R.M. Nº 466-96-MTC/15.17, por tanto vencerá el 2 de setiembre del año 2006. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender a la COMPAÑIA NOR ANDINA DE TELECOMUNICACIONES S.A. la correspondiente Li- cencia de Operación, con plazo de vigencia al de la autorización otorgada. Artículo 3º.- La presente Resolución dejará de surtir efectos en el caso que la COMPAÑIA NOR ANDINA DE TELECOMUNICACIONES S.A. incumpla con lo estableci- do en el Artículo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, o incurra en alguna de las causa- les contempladas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151º del Reglamento General acotado. Artículo 4º.- De conformidad con el Artículo 118º del Reglamento General en mención, la COMPAÑIA NOR ANDINA DE TELECOMUNICACIONES S.A. no podrá introducir modificaciones en las característi- cas técnicas establecidas en el Artículo 1º de la presen- te Resolución, sin la autorización previa de este Minis- terio. Artículo 5º.- Los derechos otorgados en la presen- te Resolución son intransferibles, salvo previa autori- zación del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, caso contrario y en aplicación del Artículo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decre- to Supremo Nº 013-93-TCC, la presente Resolución quedará automáticamente anulada. Artículo 6º.- La COMPAÑIA NOR ANDINA DE TE- LECOMUNICACIONES S.A. para solicitar la renovación de la autorización otorgada, observará el plazo previsto en el Artículo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENA GARLAND HILBCK Viceministra de Comunicaciones 15265 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 220-99-MTC/15.03 Lima, 11 de junio de 1999 VISTAS las solicitudes presentadas por la COMPA- ÑIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., sobre auto- rización por el plazo de diez (10) años, para operar una estación retransmisora del servicio de radiodifusión por Televisión en VHF, ubicada en la ciudad de Ica, así como el cambio de canal y el aumento de potencia; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 249-VT4, del 28.Di- ciembre.61, se concedió autorización y permiso de insta- lación y prueba a la COMPAÑIA PERUANA DE RADIO- DIFUSION S.A., para instalar una estación retransmiso- ra del servicio de radiodifusión por Televisión, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Ica; Que la Dirección de Administración de Frecuen- cias de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los términos del Informe Nº 462-98-MTC/ 15.19.03.02. expresa que habiéndose efectuado la ins- pección técnica a las instalaciones de la referida esta- ción retransmisora, las pruebas de funcionamiento han resultado satisfactorias y asimismo, es factible el cambio de canal y el aumento de potencia, emitiendo su conformidad técnica;Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 150-99-MTC/15.19.01, considera procedente autorizar la operación de la referida estación, por el plazo de diez (10) años, en período sucesivos, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la R.M. Nº 249-VT4 acotada, habiéndose acogido la solicitante al D.S. Nº 024- 98-MTC; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013- 93-TCC, 06-94-TCC, 005-98-MTC, 022-98-MTC, 002-99- MTC y 024-98-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años, por períodos sucesivos, a la COMPAÑIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A. la operación de una estación retransmisora del servicio de radiodifusión por Televi- sión en VHF, ubicada en la ciudad de Ica, así como el cambio de canal y el aumento de potencia, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Banda I :Vídeo: 77.25 MHz Audio: 81.75 MHz Canal :5 Indicativo :OAY-5B Potencia :Vídeo: 2000 w. Audio: 200 w. Emisión :Vídeo: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de la Planta Retransmisora :Cerro Prieto, Dist., Prov. y Dpto. Ica. Coordenadas: L.O. 75° 47' 06,7" L.S. 13° 59' 14,3" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se computará por períodos sucesivos, que incluye el período de instalación y prueba de doce (12) meses otorgado por Resolución Ministerial Nº 249-VT4, por tanto vencerá el 28 de diciembre del año 2001. La Dirección General de Telecomunicaciones proce- derá a extender la correspondiente licencia de operación. Artículo 3º.- La presente resolución dejará de surtir efectos en el caso que la COMPAÑIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A. incumpla con lo establecido en el Artículo 150º del Reglamento General de la Ley de Tele- comunicaciones, o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151º del Reglamento General acotado. Artículo 4º.- De conformidad con el Artículo 118º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicacio- nes, la COMPAÑIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A. no podrá introducir modificaciones en las características técnicas establecidas en el Artículo 1º de la presente resolución, sin la autorización previa de este Ministerio. Artículo 5º.- Los derechos otorgados en la presen- te Resolución son intransferibles, salvo previa autori- zación del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, caso contrario y en aplicación del Artículo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decre- to Supremo Nº 013-93-TCC, la presente resolución quedará automáticamente anulada. Artículo 6º.- La COMPAÑIA PERUANA DE RA- DIODIFUSION S.A. para solicitar la renovación de la autorización otorgada, observará el plazo previsto en el Artículo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENA GARLAND HILBCK Viceministra de Comunicaciones 15257