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Pág. 181123 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de diciembre de 1999 Cuarto.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución para lo cual deberá contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de la presente Resolu- ción a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 15231 PODER JUDICIAL Inician procedimiento disciplinario a ex servidor del Distrito Judicial de Are- quipa RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 506-SE-TP-CME-PJ Lima, 3 de diciembre de 1999 VISTO: El Informe Nº 046-99-PJ-SE/CPPAD y demás docu- mentos relacionados con la presunta falta de carácter disciplinario del ex servidor JUAN MANUEL PERALTA ROSARIO, como Secretario Judicial I del Distrito Judi- cial de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 2661-99-PER-A-CSJAR/PJ de fecha 1 de setiembre de 1999, el Administrador del Distrito Judicial de Arequipa, remite a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, los actuados en relación con la presunta falta administrativa del ex servidor Juan Manuel Peralta Rosario; Que, mediante Resolución de fecha 29 de enero de 1999, la Oficina de Control de la Magistratura resuelve imponer al ex servidor citado la medida disciplinaria de suspensión por el término de treinta días sin goce de haber, por su actuación como Secretario Judicial I, al haberse ausentado de su puesto de trabajo sin justificación alguna, dejando pendiente la tramitación de denuncias y expedientes por ante el Juzgado Mixto de la provincia de Parinacochas; Que, por Oficio Nº 2430-99-PER-A-CSJAR/PJ, el indicado Administrador hace de conocimiento de la Supervisión de Personal que el citado servidor debió reincorporarse a su centro laboral el día 4 de marzo del año en curso, luego que la Oficina de Control de la Magistratura le notificara la imposi- ción de la sanción de suspensión por el término de treinta días sin goce de haber, precisando, además, que se reincorporó con fecha 10 de agosto del presente año, es decir, después de haber transcurrido cuatro (4) meses, aproximadamente; hecho que es corroborado por la Asesora Legal de la misma Administra- ción de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, mediante el Informe Nº 055-99-AL-AD/DJA; Que, mediante Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 421-SE-TP-CME-PJ de fecha 15 de setiembre de 1999, el señalado ex servidor es cesado por causal de Reorganización y Racionalización Ad- ministrativa, en consecuencia, se encuentra dentro del plazo establecido por el Artículo 174º del Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Que, del análisis de los documentos obrantes en autos, se tiene que el ex servidor Juan Manuel Peralta Rosario habría incurrido en la presunta comisión de falta de carácter disciplinario, al haber registrado ausencias in- justificadas a su centro laboral desde el día 4 de marzo al 10 de agosto de 1999, contraviniendo lo dispuesto en elliteral k) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remune- raciones del Sector Público; De conformidad con las facultades establecidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, Resoluciones Adminis- trativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99-SE-TP-CME- PJ, y estando a las recomendaciones formuladas por la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y de acuerdo a lo dispuesto por el literal k) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Admi- nistrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y Artículos 126º, 150º, 166º, 168º, 169º, 173º y 174º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR proceso administra- tivo disciplinario al ex servidor JUAN MANUEL PERALTA ROSARIO, por los fundamentos expuestos en la parte consi- derativa de la presente Resolución y al amparo de lo dispuesto por el Artículo 174º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Artículo Segundo.- REMITIR copias autenticadas de la presente resolución a la Supervisión de Personal de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Inspectoría General, a la Comisión Permanente de Procesos Admi- nistrativos Disciplinarios y al interesado, para que dentro del término de cinco (5) días hábiles a partir del día siguiente de su notificación personal o a través de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, presente su descargo y las pruebas que considere necesarias para su defensa, ante la Comisión Permanente de Procesos Admi- nistrativos Disciplinarios del Poder Judicial. Artículo Tercero.- REMITIR los actuados a la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Discipli- narios, para que proceda conforme a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 15310 COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Autorizan participación de magistra- dos en taller sobre técnicas de entre- vista para atención de casos de mal- trato y abuso sexual infantil, a realizar- se en Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1056-CME-PJ Lima, 7 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, encargada de la gestión y gobierno del Poder Judicial, funciones que han sido ampliadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, encargándosele además la Reestructuración y Reorganización Integral del Poder Judicial, incluyendo las materias referidas a la Carrera Judicial y Estatuto Orgánico del Magistrado; Que, es interés fundamental de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial elevar el nivel académico de los Magis- trados, promoviendo su participación en actividades de capacitación y actualización, en tanto no se afecte el normal desenvolvimiento de la actividad jurisdiccional; Que, la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima comunica la realización del "Segundo Taller de Reforzamiento en Técnicas de Entrevista para la Aten- ción de Casos de Maltrato y Abuso Sexual Infantil",