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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (08/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 31

Pág. 181125 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de diciembre de 1999 concurso público a fin de designar a Sociedades de Audi- toría que efectúen exámenes financiero-operativos en las Juntas de Usuarios de Agua de los Distritos de Riego del Perú, cuya información se encuentra conforme en (34) treinticuatro de estas organizaciones, debiéndose efec- tuar el examen a los estados financieros de los ejercicios económicos 1997 y 1998; contando con las visaciones de la Gerencia de Supervisión y Desarrollo, Normas Técnicas y Secretaría Técnico Jurídica y de Etica. CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRE- NA, organismo público descentralizado del Ministerio de Agricultura, a través de la Dirección General de Aguas y Suelos DGAS se encarga de proponer políticas, planes y normas sobre el uso sostenible de los recursos agua y suelos, así como de supervisar y controlar la ejecución de los mismos; Que, el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 021-98-AG, del 19 de noviembre de 1998, faculta al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, a convocar a concurso público con el fin de designar sociedades de auditoría que efectúen exámenes financieros operativos en las Juntas de Usuarios de Agua de los Distritos de Riego de la República, señalando que las empresas auditoras debe- rán estar inscritas en los registros correspondientes de la Contraloría General de la República, es decir hábiles en el Registro Unico de Sociedades de Auditoría - RUNSA; Que, el Artículo 8º de la Ley Nº 27013 "Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999", establece que la contratación de auditorías externas se realiza de conformidad con las normas que rigen el Sistema Nacional de Control, reguladas al efecto en el Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 162-93 del 19 de noviembre de 1993; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, solicita autorización para convocar a concurso y designar Sociedades de Auditoría, en las Juntas de Usuarios de Agua de los Distritos de Riego del Perú tales como: San Lorenzo, Chancay-Lambayeque, Motupe, Je- quetepeque, Chao, Guadalupito, Casma, Santa, Supe, Chillón, Rímac, Acarí, Bella Unión, Ampato-Siguas-Quil- ca, Santa Rita de Siguas, Chivay, Irrigación Pampa Ma- jes, Chili Regulada, Valle de Vítor, Yuramayo, Tambo, Ensenada Mejía Mollendo, Punta de Bombón, Omate, Puquina La Capilla, Moquegua, Sama, Tacna, Jaén, Río Mashcón, Utcubamba, Tarma - Junín, Huallaga Central, Alto Huallaga, respectivamente; para el examen financie- ro-operativo de los ejercicios económicos 1997-1998; Que, estando a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 021-98-AG, y a lo previsto en el Artículo 18º del Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría, se autoriza al INRENA convocar a concurso público para designar sociedades de auditoría que efectúen auditorías financiero-operativas de los períodos 1997 y 1998, de las treinticuatro (34) Juntas de Usuarios de Agua de los Distritos de Riego del Perú, Paquete II, siendo requisito indispensable que dichas Sociedades estén inscritas en el Registro Unico de Sociedades de Auditoría; señalando asimismo, que para efectos de supervisión y control, el titular de la entidad remitirá a la Contraloría General, bajo responsabilidad en un plazo no mayor de cinco (5) días de efectuadas las acciones de designación, contrata- ción y de culminación de los trabajos, los informes susten- tados de los mismos, teniendo en cuenta la normativa señalada en el Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría; Que, la entidad conformará una comisión especial que se encargará de cautelar el cumplimiento del contrato, la que mantendrá informada a la Contraloría General de la República de las incidencias en su ejecución, además alcanzará la evaluación de su cumplimiento, según lo previsto en el Artículo 44º del Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría; Que, es necesario encargar a las Sedes Regionales de Auditoría, de Piura, Chiclayo, Arequipa y Moyobamba, así como a la Unidad Orgánica de Planificación y Super- visión del Sistema Nacional de Control, la supervisión de los exámenes a efectuarse, en las Juntas de Usuarios que se encuentran dentro de su ámbito; Estando a las conclusiones y recomendaciones del documento de Vistos y de conformidad con el Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 162-93-CG del 19de noviembre de 1993 y los Artículos 19º, 24º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, a contratar directa- mente previo concurso a Sociedades de Auditoría para que efectúen los exámenes financieros-operativos, perío- dos 1997 y 1998 a las Juntas de Usuarios de Agua de los Distritos de Riego que se indican a continuación: DEPARTAM. Nº de JUNTA DE Juntas USUARIOS PIURA 1 San Lorenzo LAMBAYEQUE 2 Chancay-Lambayeque 3 Motupe LA LIBERTAD 4 Jequetepeque Regulado 5 Chao 6 Guadalupito ANCASH 7 Casma 8 Santa LIMA 9 Supe 10 Chillón 11 Rímac AREQUIPA 12 Acarí 13 Bella Unión 14 Ampato-Siguas-Quilca 15 Santa Rita de Siguas 16 Chivay 17 Irrigación Pampa Majes 18 Chili Zona Regulada 19 Valle de Vítor 20 Yuramayo 21 Tambo 22 Ensenada Mejía Mollendo 23 Punta de Bombón 24 Omate 25 Puquina La Capilla MOQUEGUA 26 Moquegua TACNA 27 Sama 28 Tacna CAJAMARCA 29 Jaén 30 Río Mashcón AMAZONAS 31 Utcubamba JUNIN 32 Tarma SAN MARTIN 33 Huallaga Central HUANUCO 34 Alto Huallaga Artículo Segundo.- La entidad autorizada en el artículo anterior deberá realizar la convocatoria a Con- curso Público de Méritos dentro de los sesenta (60) días de publicada la presente Resolución, vencido dicho plazo ésta quedará sin efecto. Artículo Tercero.- Las firmas auditoras designadas durante el desempeño de su labor se sujetarán a las normas consignadas en el Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría y a las demás disposiciones referidas al Sistema Nacional de Control. Artículo Cuarto.- El Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, y las entidades autorizadas en el Artículo Primero, deberán conformar la comisión especial a que se refiere el sexto considerando de la presente Resolución. Artículo Quinto.- Encargar al Organo de Auditoría Interna del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA las coordinaciones y procedimientos supletorios que deben aplicarse para formalizar lo autorizado en la presente Resolución. Artículo Sexto.- Encargar a las Sedes Regionales, de Auditoría, de Piura, Chiclayo, Arequipa y Moyobamba, así como a la Unidad Orgánica de Planificación y Super- visión del Sistema Nacional de Control, la supervisión de los exámenes a efectuarse, en las Juntas de Usuarios de Agua de los Distritos de Riego, que se encuentren dentro de su ámbito. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR ENRIQUE CASO LAY Contralor General de la República 15308