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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (08/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 181124 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de diciembre de 1999 organizado por el Centro de Estudios Sociales y Publica- ciones, a realizarse en la ciudad de Lima los días 7 y 10 de diciembre de 1999; Que, la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, mediante Oficio Nº 7808-99-P-CSJCN/PJ de 17 de noviembre de 1999, ha propuesto una relación de Magis- trados para su participación en el curso mencionado; Que, el "Segundo Taller de Reforzamiento en Técnicas de Entrevista para la Atención de Casos de Maltrato y Abuso Sexual Infantil", se inserta dentro de los planes de mejora- miento de la Administración de Justicia, por lo que resulta conveniente autorizar la participación de los Magistrados propuestos y conceder las licencias correspondientes; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009 y las Resoluciones Admi- nistrativas Nºs. 018-CME-PJ y 032-CME-PJ y estando a lo acordado en la sesión de la fecha; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar la participación de los señores Ma- gistrados pertenecientes al Distrito Judicial del Cono Norte de Lima que a continuación se indican, en el "Segundo Taller de Reforzamiento en Técnicas de Entrevista para la Atención en Casos de Maltrato y Abuso Sexual Infantil", organizado por el Centro de Estudios Sociales y Publicaciones, a realizarse en la ciudad de Lima, el día 10 de diciembre de 1999. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CONO NORTE DE LIMA DRA. IRIS PACHECO HUANCAS JUEZ PENAL DRA. MARITZA CANGAHUALA TAIPE JUEZ PENAL DR. SIXTO TANTALEAN DELGADO JUEZ PENAL DRA. HILDA CARDEÑA CHUMBE JUEZ CIVIL DR. LUIS QUIÑONES QUIÑONES JUEZ CIVIL DR. RAFAEL UGARTE MAUNY JUEZ CIVIL DRA. ROSANA LINARES OJEDA JUEZ DE PAZ LETRADO Segundo.- Conceder licencia con goce de haber a los Magistrados comprendidos en el artículo anterior el día 10 de diciembre de 1999, para que participen en el evento autoriza- do, debiendo presentar un Informe a la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial de la actividad académica realizada. Tercero.- El cumplimiento de la presente Resolución no irrogará gasto alguno al presupuesto del Pliego del Poder Judicial. Cuarto.- Transcribir la presente Resolución al Presi- dente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima y a la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 15309 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen disposiciones para la partici- pación de Jueces de Paz en eventos académicos y de capacitación que reali- ce la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 464-1999-P-CSJLI/PJ Lima, 7 de diciembre de 1999 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, la Justicia de Paz es el primer peldaño para arribar al servicio de administración de justicia, teniendo como particularidad su identificación con la idiosincrasiade un pueblo, sus costumbres y tradiciones, antes que con la norma positiva; Que, dentro del ámbito jurisdiccional de la Corte Superior de Lima existen 8 Juzgados de Paz, los mismos que se encuentran ubicados en los poblados de Santa Eulalia, Ricar- do Palma, Anexo de San José de Palle, Punta Hermosa, Punta Negra, Pucusana, Pachacámac y Cieneguilla; Que, es política de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima garantizar el acceso a la administración de justicia a todos los sectores de la población, siendo necesario brindar atención especial a las Judicaturas de Paz que se encuentran dentro de esta jurisdicción; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su cargo, asumiendo competencia administrativa y dirigien- do la política interna del mismo, conforme a los lineamien- tos emanados de la Comisión Ejecutiva en coordinación con la Secretaría Ejecutiva; siendo responsable del cum- plimiento de las disposiciones administrativas dictadas para la mejor organización y funcionamiento de las Depen- dencias que conforman su Distrito Judicial; Que, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º, de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que se considere a los señores Jueces de Paz de Santa Eulalia, Ricardo Palma, Anexo de San José de Palle, Punta Hermosa, Punta Negra, Pucusana, Pachacámac y Cieneguilla en los eventos académi- cos y de capacitación que realice la Corte Superior de Justicia de Lima, encargándose a los magistrados coordinadores de Paz Letrado asegurar la participación de los mismos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a los magistrados del Cono Este y Cono Sur, especialmente a los Jueces de Paz Letrado de Lurigancho-Chosica y Lurín, el propiciar reuniones con los Jueces de Paz con la finalidad de brindarles orientación legal, informando a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Administración de la Corte Superior de Justicia de Lima la distribución de mobiliario, de acuerdo a excedentes por corporativización de Juzgados, entre los ocho Juzgados de Paz en mención. Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución Administrativa en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Presidencia de la Comisión de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura y de la Adminis- tración de esta Corte, para los fines legales consiguientes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 15311 CONTRALORIA GENERAL Autorizan al INRENA contratar directa- mente sociedades de auditoría encargadas de examinar estados fi- nancieros de Juntas de Usuarios de Agua de diversos distritos de riego RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 152-99-CG Lima, 6 de diciembre de 1999 Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 059-99-CG/NTE del 25 de noviembre de 1999, respecto a la procedencia de otorgar autorización al Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA, para la contratación directa previo