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Pág. 181132 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de diciembre de 1999 TASA DE INTERES LABORAL DECRETO LEY Nº 25920 (Circulares BCR Nºs. 024 y 025-96-EF/90) (**) (Circular BCR Nº 007-99-EF/90) (***) NOVIEM- MONEDA NACIONAL MONEDA EXTRANJERA BRE TASA (1) FACTOR FACTOR TASA (2) FACTOR FACTOR 1999 % DIARIO ACUMUL. (*) % DIARIO ACUMUL. (*) 01 12.14 0.00032 1.27932 5.43 0.00015 0.41892 02 12.14 0.00032 1.27964 5.43 0.00015 0.41906 03 12.20 0.00032 1.27996 5.43 0.00015 0.41921 04 12.43 0.00033 1.28029 5.43 0.00015 0.41936 05 12.43 0.00033 1.28061 5.43 0.00015 0.41950 06 12.43 0.00033 1.28094 5.43 0.00015 0.41965 07 12.43 0.00033 1.28126 5.43 0.00015 0.41980 08 12.42 0.00033 1.28159 5.45 0.00015 0.41995 09 12.41 0.00033 1.28191 5.43 0.00015 0.42009 10 12.44 0.00033 1.28224 5.42 0.00015 0.42024 11 12.46 0.00033 1.28256 5.42 0.00015 0.42039 12 12.43 0.00033 1.28298 5.41 0.00015 0.42045 13 12.43 0.00033 1.28331 5.41 0.00015 0.42059 14 12.43 0.00033 1.28363 5.41 0.00015 0.42074 15 12.44 0.00033 1.28396 5.42 0.00015 0.42089 16 12.46 0.00033 1.28428 5.42 0.00015 0.42103 17 12.43 0.00033 1.28461 5.42 0.00015 0.42118 18 12.46 0.00033 1.28493 5.43 0.00015 0.42133 19 12.47 0.00033 1.28535 5.42 0.00015 0.42147 20 12.47 0.00033 1.28568 5.42 0.00015 0.42162 21 12.47 0.00033 1.28601 5.42 0.00015 0.42177 22 12.37 0.00032 1.28633 5.45 0.00015 0.42191 23 12.38 0.00032 1.28665 5.42 0.00015 0.42206 24 12.42 0.00033 1.28698 5.45 0.00015 0.42221 25 12.40 0.00032 1.28730 5.42 0.00015 0.42235 26 12.62 0.00033 1.28763 5.45 0.00015 0.42250 27 12.62 0.00033 1.28796 5.45 0.00015 0.42265 28 12.62 0.00033 1.28830 5.45 0.00015 0.42280 29 12.67 0.00033 1.28863 5.46 0.00015 0.42294 30 12.64 0.00033 1.28896 5.43 0.00015 0.42309 (1) ANUAL - MONEDA NACIONAL (2) ANUAL - MONEDA EXTRANJERA (*) ACUMULADO DESDE EL 92-12-3 (**) A PARTIR DEL 1-8-96, (***) A PARTIR DEL 15-3-99 15212 CONASEV Confirman acuerdo del Consejo Direc- tivo de la Bolsa de Valores de Lima, referido a venta no autorizada de valo- res efectuada por sociedad agente de bolsa RESOLUCION DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONASEV Nº 047-99-EF/94.12 Empresa :Valores Rentables Sociedad Agente de Bolsa S.A - Virginia Flor de María Salinas Acosta y otros Asunto :Recurso de Apelación contra acuerdo del Consejo Directivo de la Bolsa emitido en sesión Nº 679/99 de fecha 24 de marzo de 1999. Fecha :Miraflores, 27 de octubre de 1999 VISTOS: El expediente N° 00246/99 de Valores Rentables ex Sociedad Agente de Bolsa, en adelante RENTAVAL, el Memorándum N° 465-99-EF/94.20 de fecha 13 de octubre de 1999 presentado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y con la opinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, en sesión del Tribunal Administrativo de CONA- SEV de fecha 27 de octubre de 1999 los funcionarios de la Gerencia de Asesoría Legal sustentaron el Memorándum N°465-99-EF/94.20 referido al Recurso de Apelación in- terpuesto por Valores Rentables Sociedad Agente de Bolsa S.A. contra el acuerdo del Consejo Directivo de la Bolsa de Valores de Lima emitido en sesión Nº 679/99 de fecha 24 de marzo de 1999;Que, el 22 de abril de 1998 Virginia Flor de María Salinas Acosta, Carmen Rosa Acosta Moreno de Salinas, Teresa Acosta de Ripalda, Ada Saray Romero Sánchez, Greta Gardenia Romero Huamán, Rosa Sánchez No- najulca de Romero, Omar Romero Sánchez y Abdón Alfredo Ripalda Estrada, en adelante los recurrentes, interponen reclamo ante la Bolsa de Valores de Lima, en adelante la Bolsa, argumentando que las acciones de Telefónica del Perú S.A., en adelante Telefónica, que adquirieron mediante el programa de Participación Ciu- dadana, a través de International Brokers S.A. ex Socie- dad Agente de Bolsa, en adelante International Brokers, fueron trasladadas a RENTAVAL y que esta última las habría vendido sin su consentimiento, por lo que solicitan que se determine el destino de sus acciones así como que la sociedad agente responsable devuelva dichos valores, los dividendos en efectivo y el equivalente en acciones al bono de fidelidad otorgado por el programa de Participa- ción Ciudadana; Que, el 17 de marzo de 1999 el Consejo Directivo de la Bolsa resuelve el reclamo presentado por los recurrentes, declarando lo siguiente: · RENTAVAL debe restituir las acciones de Telefónica indebidamente vendidas, los beneficios y dividendos más intereses que pudieran corresponder hasta la fecha de restitución, incluidas las acciones derivadas del bono de fidelidad. · Infundado el reclamo en el extremo de responsabili- zar a la empresa International Brokers ex Sociedad Agen- te de Bolsa S.A. · Suspender la autorización de funcionamiento de RENTAVAL por un plazo de 20 días útiles. · Remitir los actuados a CONASEV a efectos de esta- blecer si procede denunciar a los señores Jorge Palomino Menéndez, Juan Bazalar Mendoza, así como a los repre- sentantes y trabajadores de Rentaval; Que, el 23 de marzo de 1999 RENTAVAL interpone recurso de reconsideración contra el acuerdo mencionado en el considerando precedente, el cual fue declarado infundado mediante pronunciamiento del Consejo Direc- tivo de la Bolsa de fecha 25 de marzo de 1999; Que, el 16 de abril de 1999 RENTAVAL interpone recurso de apelación contra el acuerdo del Consejo Direc- tivo de la Bolsa que declara infundado su recurso de reconsideración, el cual es remitido a esta Comisión Na- cional con fecha 8 de junio de 1999; Que, los señores Virginia Flor de María Salinas Acos- ta, Carmen Rosa Acosta Moreno de Salinas, Ada Saray Romero Sánchez, Greta Gardenia Romero Huamán y el señor Omar Romero Sánchez con fechas 21 y 23 de setiembre de 1999 formulan ante esta Comisión Nacional los argumentos según los cuales no debe ampararse el recurso de apelación interpuesto por RENTAVAL; Que, los argumentos expuestos por RENTAVAL en su recurso de apelación son los siguientes: · La Bolsa orienta la reclamación solamente contra RENTAVAL cuando inicialmente ella fue dirigida contra International Brokers. Asimismo, descalifica las cartas poder utilizadas para efectuar la venta de los valores de propiedad de los recurrentes, más no cuando Interameri- cana de Inversiones S.A., en adelante INTERAMERICA- NA las usa para traspasar las acciones de dicha sociedad agente de bolsa a RENTAVAL. · En forma premeditada la reclamación de los recu- rrentes se considera interpuesta contra RENTAVAL des- de el 21 de abril de 1998, cuando en dicha fecha se interpuso reclamo contra International Brokers, ello con el único fin de evitar la prescripción del plazo de 90 días establecido para interponer reclamos ante el Fondo de Garantía aprobado por Resolución Gerencia General Nº 060-98-EF/94.11, pues la denuncia contra RENTAVAL se formalizó el 17 de julio de 1998 después de haber prescrito el plazo establecido en dicha norma. · Es falso que no exista documento que acredite la instrucción dada a RENTAVAL para disponer del produc- to de la venta de las acciones de los comitentes, puesto que existía una carta poder donde se evidencia claramente la voluntad de los reclamantes en el sentido que INTERA- MERICANA podía cobrar los cheques producto de las ventas y los dividendos generados por dichos valores. Lo único que no se ha cumplido es la formalidad de inscribir los poderes en los Registros Públicos.