TEXTO PAGINA: 26
Pág. 181756 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de diciembre de 1999 RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de regidor del señor Aureliano Rueda Mena en el concejo distrital de Cotaparaco, provincia de Recuay, departa- mento de Ancash, al haber sido condenado dicho regidor por delito doloso y estar, por tanto, incurso en la causal de vacancia de cargos municipales establecida por el Artícu- lo 23º, numeral 9, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. Artículo Segundo.- Convocar al señor Pedro José Bustamante Narváez, integrante de la lista de la agru- pación independiente "Movimiento Independiente Va- mos Vecino", para que asuma el cargo de regidor del concejo distrital de Cotaparaco, en reemplazo del regidor vacado, señor Aureliano Rueda Mena, para completar el período 1999-2002; otorgándose la respectiva credencial al regidor convocado. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR MUÑOZ ARCE HERNANDEZ CANELO DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 15871 ONPE Dejan en suspenso artículo de la Res. Nº 122-99-J/ONPE referida a solicitud de presupuesto para elecciones de representantes ante el Consejo Nacio- nal de la Magistratura RESOLUCION JEFATURAL Nº 136-99-J/ONPE Lima, 17 de diciembre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 2101-99-GGE/ONPE de fecha 14 de di- ciembre de 1999, emitido por la Gerencia de Gestión Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, por el que solicita dejar en suspenso el Artículo 4º de la Resolución Jefatural Nº 122-99-J/ONPE de fecha 6 de diciembre de 1999, por el que se convocó a elecciones para el día 20 de febrero del año 2000 de dos Consejeros titulares y dos suplentes para representar a los Colegios Profesionales del país, y de un Consejero titular y otro suplente para representar a los Colegios de Abogados del país. CONSIDERANDO: Que, la Resolución Nº 026-99-CNM de fecha 19 de noviembre de 1999, emitida por el Consejo Nacional de la Magistratura adecua el reglamento para la elección de representantes de los Colegios Profesionales del país aprobado por Resolución Nº 020-98-CNM, en su Artículo 3º dispone la obligatoriedad de los Consejos Nacionales de los Colegios Profesionales, de la remisión de los padrones de sus miembros activos y habilitados por cada circuns- cripción departamental en el plazo de diez (10) días y que el incumplimiento de esta disposición será de responsabi- lidad de la Institución omisa, sin afectar el proceso eleccio- nario; Que, el Artículo 4º de la Resolución Nº 122-99-J/ONPE precitada, establece que la Gerencia de Administración y Finanzas enviará la solicitud de presupuesto al Ministe- rio de Economía y Finanzas, para el proceso electoral citado en el exordio; Que, en virtud del Artículo 5º de la Resolución Jefatu- ral Nº 122-99-J/ONPE, la Jefatura de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, mediante Oficio Nº 1873-9-J/ONPE de 16.12.99, ha comunicado al Consejo Nacional de la Magistratura que sólo el Colegio de Notarios del Perú, el Colegio de Abogados de Ayacucho, el Colegio de Aboga- dos de Tacna-Moquegua, el Colegio de Abogados de La Libertad, el Colegio de Abogados de Puno, el Colegio de Ingenieros del Perú, el Colegio de Traductores del Perú, el Colegio de Bibliotecólogos del Perú, el Colegio de Abogados de Amazonas, así como el Colegio de Abogados de Lima, han cumplido con la remisión de los padrones de sus miembros activos y habilitados, los mismos que repre- sentan menos de un tercio de los colegios profesionales y de los Colegios de Abogados; se comunicó también que hay otros Colegios profesionales que han presentado sus pa- drones en forma extemporánea al plazo establecido; Que, ante dicha eventualidad no se puede formular las respectivas propuestas de presupuesto del proceso elec- toral convocado, razón por la que es necesario dejar en suspenso los efectos del Artículo 4º de la resolución jefa- tural mencionada en el párrafo anterior; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Elec- torales, así como del Artículo 19º de la Ley Nº 26397, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura concor- dante con la disposición final única de la Resolución Nº 026-99-CNM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Déjese en suspenso los alcances del Artículo 4º de la Resolución Jefatural Nº 122-99-J/ONPE de fecha 6 de diciembre de 1999, hasta la determinación que adopte el Consejo Nacional de la Magistratura res- pecto a los antecedentes expuestos en la parte consi- derativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE PORTILLO CAMPBELL Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 15852 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Conceden licencia a magistrada de Fis- calía Superior encargada de las Funcio- nes de Gobierno delegadas por la CEMP en el Distrito Judicial de Puno RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 990-99-MP-CEMP Lima, 21 de diciembre de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 2052-99-MP-FSEGGDJ-PUNO cursado por la doctora Rosa Victoria Valdivia Yaranga, Fiscal Superior Titular de la Fiscalía Superior en lo Civil de Puno, encargada de las Funciones de Gobierno Delegadas por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Puno, solicitando licencia por motivo de duelo, por el sensible fallecimiento de su señor padre Manuel Valdivia Salinas, ocurrido en la fecha. En consecuencia, la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público adopta por unanimidad el Acuerdo Nº 8299 en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Concédase licencia con goce de haber a la doctora Rosa Victoria Valdivia Yaranga, Fiscal Superior Titular de la Fiscalía Superior en lo Civil de