Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 1999 (30/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 1999

VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza presentado por el senor Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre "CONDONACION Y QUIEBRA DE MULTAS ADMINISTRATIVAS"; CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, las Municipalidades, de conformidad a los Articulos 115º y 116º de la Ley Nº 23853, estan facultadas para regular aquellas materias que se encuentran dentro de su competencia, estableciendo sanciones de multa a las personas naturales o juridicas que infringen disposiciones Municipales u otras disposiciones legales cuya aplicacion y/o control es de competencia Municipal, por lo que podemos inferir que tambien estan facultadas para otorgar beneficios respecto a la aplicacion y ejecucion de las mismas; Que, la actual administracion, considera que la aplicacion y ejecucion de multas administrativas debe tener caracter principalmente persuasivo y/o correctivo, no sancionador, con la finalidad de que los vecinos y contribuyentes cumplan con los dispositivos Municipales y/o Legales de Control Municipal; Que, es objetivo de esta Gestion Municipal, desarrollar una eficiente y moderna administracion, dando fluidez a los Procedimientos Administrativos, eliminando toda traba o carga innecesaria e improductiva, aplicando los principios de simplicidad, celeridad, eficacia y las normas previstas en la Ley de Simplificacion Administrativa Nº 25035; Que, en tal sentido y con el objetivo de aliviar la carga de trabajo innecesario y el caos administrativo encontrado respecto a la gran cantidad de Expedientes sobre Multas Administrativas, asi como para facilitar el cumplimiento de las obligaciones de nuestros vecinos y contribuyentes, es necesario disponer la condonacion y quiebra de las Multas Administrativas aplicadas hasta el 31 de diciembre de 1995 y las aplicadas entre el 1 de enero de 1996 y el 15 de MORDAZA de 1999, que no excedan los S/. 100,00 nuevos soles; asi como la condonacion del 60% de las aplicadas los anos 1996, 1997, 1998 hasta el 15 de MORDAZA de 1999, que exceden los S/. 100.00 nuevos soles; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA unanime del Concejo, se aprobo por la siguiente Ordenanza: CONDONACION Y QUIEBRA DE MULTAS ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Articulo Primero.- Disponer la condonacion y quiebra de las Multas Administrativas pendientes de pago, aplicadas al 31 de diciembre de 1995. Articulo Segundo.- Disponer la condonacion y quiebra de las Multas Administrativas pendientes de pago, aplicadas entre el 1 de enero de 1996 y el 15 de MORDAZA de 1999 cuyos montos no excedan de S/. 100.00 nuevos soles, sin importar el estado de la cobranza en que se encuentren. Articulo Tercero.- Condonese el 60% del monto que ascienden las Multas Administrativas impuestas durante el ano 1996, 1997, 1998 hasta el 15 de MORDAZA de 1999, que excedan los S/. 100.00 nuevos soles. El presente beneficio sera por un periodo de 60 dias calendario, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Son beneficiarios todos los infractores a las disposiciones Municipales. Articulo Cuarto.- Los presentes beneficios solo incluyen Multas No Tributarias, asimismo no exime al infractor de regularizar su situacion respecto a los hechos que motivaron la aplicacion de la multa. Articulo Quinto.- La Oficina de Ejecucion Coactiva dispondra de oficio el levantamiento definitivo de toda medida de embargo o cautelar, asi como el Procedimiento Coactivo respectivo, iniciada por aquellas Multas Administrativas que se encuentren dentro de la aplicacion de

los Articulos primero y MORDAZA de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- El presente beneficio comprende a las deudas que son materias de cobranzas coactivas y/o medidas cautelares trabadas por el Ejecutor Coactivo, pero no a los gastos y costas procesales incurridos en dicha cobranza. Articulo Setimo.- La Administracion Municipal a traves de la Oficina de Rentas, dispondra el archivamiento de todos los Expedientes Administrativos relacionados con reclamos o interposicion de Recursos Impugnativos sobre Multas Administrativas aplicadas al 31 de diciembre de 1995 y las aplicadas entre el 1 de enero de 1996 y el 15 de MORDAZA de 1999, cuyo monto no exceda de S/ . 100.00 nuevos soles, en el estado procesal en que se encuentren. Articulo Octavo.- En los casos de Expedientes Administrativos relacionados con reclamos o Recursos Impugnativos sobre Multas Administrativas impuestas durante los anos 1996, 1997, 1998 hasta el 15 de MORDAZA de 1999, que excedan los S/. 100.00 nuevos soles; los contribuyentes podran acogerse a este beneficio senalado en el Articulo tercero de la presente Ordenanza, previo desistimiento por escrito y cancelacion integral de la deuda. Articulo Noveno.- Declarese la nulidad de las multas administrativas que no cumplan con los requisitos formales de Ley, nombre y direccion del infractor, la infraccion cometida, el monto de la infraccion y la referencia al Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones Administrativas. Asi como tambien la fecha, lugar y hora de fiscalizacion y el plazo de subsanacion en el caso de notificaciones preventivas. Articulo Decimo.- Mediante Decreto de Alcaldia se dictaran las normas reglamentarias y/o complementarias que MORDAZA necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. DISPOSICION TRANSITORIA Y COMPLEMENTARIA UNICA Todas las Unidades Organicas que se encuentren tramitando cualquier reclamacion o impugnacion derivado de la aplicacion de multas administrativas, remitiran los Expedientes a la Direccion de Rentas en el plazo de 15 dias para su calificacion y control. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16178

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban normas sobre tenencia y control sanitario de mascotas
ORDENANZA Nº 053-MDSL San MORDAZA, 27 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 1 de diciembre de 1999 aprobo por Unanimidad la Mocion de Orden del Dia, que propone la MORDAZA que regula la tenencia y control sanitario de mascotas en el distrito. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades

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