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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (30/12/1999)

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TEXTO PAGINA: 77

Pág. 182179 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de diciembre de 1999 VISTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de diciembre del presente año, aprobó el Programa de Actualización de Tributos Jubileo 2000; CONSIDERANDO: Que, el año 2000 será un AÑO SANTO en el que se producirá un JUBILEO más en el mundo entero y bajo el lema "LA VIDA ANTES QUE LA DEUDA", se reunirán los representantes de distintas iglesias, universidades, colegios profesionales, organizaciones particulares, orga- nismos no gubernamentales, municipalidades y en gene- ral, todas las personas interesadas en la solución del problema de la deuda externa que afecta a los países más pobres del mundo; Que, los orígenes del Jubileo se remontan a tiempos inmemoriales como significado de un gran suceso religio- so consistente en la celebración de un año que conllevaba, entre otras cosas, a la restitución de las tierras a sus antiguos propietarios, a la remisión de las deudas, a la liberación de los esclavos y otros beneficios de carácter social; celebración que actualmente se realiza cada vein- ticinco años; Que, la Municipalidad de Pueblo Libre, acogiéndose a la iniciativa del Papa Juan Pablo II en el marco de las celebraciones para recibir el año 2000, hizo llegar en su oportunidad 30,000 firmas de vecinos que se sumaron a esta causa; Que, ad-portas del nuevo milenio, de la conmemora- ción de un Jubileo más y siendo competencia municipal promover la óptima calidad de vida de los vecinos, es necesario seguir trabajando en armonía con el esfuerzo mundial de la Iglesia, que se orienta al fortalecimiento del desarrollo y bienestar humano; Que, dentro de ese contexto de armonía y esfuerzo, la Municipalidad de Pueblo Libre promueve beneficios eco- nómicos para su vecinos, disponiendo y regulando el "JUBILEO 2000", orientado a la condonación total de intereses, rebajas en el factor de reajuste y rebajas de multas de índole tributario y administrativas pendientes de pago a diciembre de 1998; Que, como consecuencia de una inadecuada admi- nistración gestada en períodos anteriores del gobier- no local, los contribuyentes del distrito no han sido adecuadamente informados y orientados en sus res- ponsabilidades tributarias, lo cual ha resultado evi- dente al aplicarse criterios profesionales correctos y de acuerdo a Ley; Que, el Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF, en su Artículo 41º faculta a los Gobiernos Locales a condonar el interés moratorio y las sanciones de los tributos que administren; Que, la conmemoración del JUBILEO 2000 le otor- ga un significado especial a tan magno acontecimiento religioso y social, por lo que se pretende que las condonaciones tributarias y/o administrativas efec- tuadas, reviertan en beneficio de la propia comunidad de Pueblo Libre; Que, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 10º inciso 4) de la Ley Nº 23853, en concordancia con el Artículo 41º del D.S. Nº 135-99-EF, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa de aprobación de Acta ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROGRAMA DE ACTUALIZACION DE TRIBUTOS JUBILEO 2000 Artículo Primero.- DENOMINACION Establece en la Jurisdicción de Pueblo Libre el Programa de Actualización de Tributos, denominado "JUBILEO 2000", en adelante JUBILEO, aplicable a las personas naturales y jurídicas que tengan pen- diente el cumplimiento de alguna obligación tributa- ria o administrativa con la Municipalidad de Pueblo Libre. Artículo Segundo.- ALCANCE Comprende todas las deudas de naturaleza tributaria y no tributaria, devengadas hasta el 31 de diciembre de 1998, incluyéndose todas aquellas con reclamaciones, apelaciones u otros pendientes de pronunciamientos porla Administración. Las que se encuentren en proceso de cobranza coactiva, se suspenderá automáticamente a la fecha en la que el deudor se acoja a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- OBJETO DEL JUBILEO Conscientes de la difícil situación económica por la que atraviesa el país, la Municipalidad de Pueblo Libre asume la solución de la problemática acogiéndose al JUBILEO, para que permita a los vecinos motivar su voluntad de pago y a la Municipalidad cumplir con el saneamiento y actualización de los estados de cuenta de los contribuyen- tes. Artículo Cuarto.- PROCEDIMIENTO Los contribuyentes y/o infractores podrán acogerse al presente JUBILEO con sólo realizar el pago de los impor- tes adeudados notificados y no notificados. En el caso de los contribuyentes que no hayan sido notificados podrán acercarse a la Oficina de Administra- ción Tributaria y solicitar su respectivo estado de cuenta para la cancelación respectiva. Asimismo los contribuyentes que tengan pendiente de resolver algún reclamo o recurso impugnativo, declara- rán su desistimiento automático. Artículo Quinto.- GRADUALIDAD DE BENEFI- CIOS a) Interés Moratorio.- 100% de rebaja b) Factor de Ajuste.- 60% de rebaja c) Multas Tributarias.- 50% de rebaja d) Multas No Tributarias.- 50% de rebaja e) Costas Procesales.- 100% de rebaja Artículo Sexto.- TRIBUTOS Los tributos que se encuentran afectos para la aplica- bilidad de la presente Ordenanza son: a) Impuesto Predial b) Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos c) Impuesto a los Juegos d) Tasa a la Licencia de Funcionamiento e) Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario f) Arbitrios de Serenazgo Artículo Sétimo.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia una vez aprobada por el Concejo hasta el 24 de diciembre del presente año. Artículo Octavo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Administración Tri- butaria, Asesoría de Informática, Oficina de Comuni- cación Social y Secretaría General su cumplimiento, pu- blicación y difusión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 16182 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Disponen condonación y quiebra de multas administrativas pendientes de pago ORDENANZA Nº 034 San Juan de Lurigancho, 20 de octubre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO;