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Pág. 169083 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de enero de 1999 (1997), Comité de Reforestación Satipo / Chanchamayo - INRENA (1997), Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Paita (1998), Entidad Prestadora de Servicios de Sanea- miento, Empresa de Agua Potable y Alcantarillado Do- mingo Mandamiento Sipán - EMAPA HUACHO S.A. (1997), Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. - EPS GRAU S.A. (1997), Proyecto Salud y Nutrición Básica - Préstamo BIRF Nº 3701-PE - Ministe- rio de Salud (1998), Proyecto de Implantación de un Sistema de Aseguramiento de la Calidad en Aduanas – Préstamo BID MAR./DIC.98 y Nº 1036/OC-PE - Ministe- rio de Economía y Finanzas (1999), Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET (1998) y Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI (1998). Artículo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Normas Técnicas la coordinación y procedimientos pertinentes a aplicarse en la designación de Sociedades de Auditoría. Regístrese, publíquese y archívese. VICTOR ENRIQUE CASO LAY Contralor General de la República 1092 S B S Prorrogan plazo otorgado a caja munici- pal de ahorro y crédito para que proce- da a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas RESOLUCION SBS Nº 1298-98 Lima, 30 de diciembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prórroga del plazo para realizar la venta de bienes adjudicados en pago de obligaciones de sus deudo- res, que figuran en el anexo de la presente resolución, presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, dispone que los bienes muebles o inmuebles, recibidos o adjudicados en pago total o parcial, de una deuda deben ser enajenados en el plazo de un año o durante la prórroga que él permite; Que, en el segundo párrafo del referido artículo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenación se haya efectuado, la empresa deberá constituir una provisión hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Contando con la opinión favorable del Intendente de Instituciones Financieras "F" y de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 349º de la mencionada Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 1285-98 del 28 de diciembre de 1998; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por seis meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para que la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo proceda con la enajenación de los bienes adjudicados señalados en el anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Vencido el plazo de prórroga otor- gado a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo sin que se haya efectuado su enajenación, dicha empresa deberá proceder conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 215º de la Ley General, debiendo constituirse lacorrespondiente provisión con cargo a los resultados del mes en que vencerá el referido plazo. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca y Seguros (a.i.) ANEXO RESOLUCION SBS Nº 1298-98 BIENES MUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702) Relación de bienes adjudicados por obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo prórroga de seis meses para su venta, conforme con lo dispuesto en el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. RELACION DE PRENDAS ADJUDICADAS AL 97.12.20 CONTRAT. PZAS. DESCRIPCION VALOR TOTAL PRORROGA ADJUDICADO GRAMOS TENENCIA 006007 17 1009,00 99.6.20 3 Sortijas 1 c/pn, 1 c/6, 1 c/5pb. 18,2 1 Aro liso 3,3 2 Aretes tipo canoa.1 3,4 2 Relojes dama "Silvana"-Tissor 4,0 1 Aro liso 3,4 2 Sortijas 1/c 1 pl, 1 c/pr. 5,4 6 Aretes 2 c/1pv, c/u c/t, 2 c/ip, 2c. 3,4 018482 1 1 Sortija c/labr inca. 96,00 3,6 99.6.20 025559 2 2 Sortijas 1 a/p y 1c/1p lila 190,00 7,1 99.6.20 040910 1 1 Aro labrado 67,00 2,5 99.6.20 047874 2 2 Sortijas 1 talla única y 1 tr. 211,00 7,9 99.6.20 049363 4 398,00 99.6.20 2 Pulseras c/u c/b 11,9 1 Sortija labrada c/ UPSMP 3,5 1 Dije c/ipb y 8 pt c/asa 0,6 049360 4 371,00 99.6.20 1 Esclavita c/inic. "Salomé Teresa" 3,3 1 Sortija labrada 3,0 1 Cadena c/b 6,3 1 Dije Espíritu Santo c/asa. 1,3 050474 2 2 Aros labrados 123,00 4,6 99.6.20 050592 1 1 Sortija labrada c/pr. 139,00 5,2 99.6.20 050652 1 1 Aro labrado desgastado 61,00 2,3 99.6.20 051290 1 1 Aro liso 115,00 4,3 99.6.20 052102 2 2 Aros labrados 115,00 4,3 99.6.20 TOTAL 38 2,895.00 112,80 0979 Autorizan a empresa bancaria el cierre de agencia ubicada en la provincia de Lima RESOLUCION SBS Nº 0021-99 Lima, 13 de enero de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Bancosur para que se le autorice el cierre de una (1) agencia ubicada en la avenida Benavides Nº 474, Oficina 106 del distrito de Mira- flores, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el cierre; Estando a lo informado por el Intendente de Análisis y Supervisión de Intermediarios Financieros "C" mediante Informe Nº ASIF"C"-011-OT-98; y,