Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 1999 (22/01/1999)


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NORMAS LEGALES
EDICTO: Articulo Primero.- Suspender lo establecido en los Articulos 108º y 109º del vigente Reglamento de la Organizacion y Funciones de la Municipalidad de Comas en lo concerniente a la autonomia economica y administrativa del camal municipal y el Articulo 110º sobre el funcionamiento del MORDAZA zonal Sinchi Roca. Articulo Segundo.- En tanto la Municipalidad de Comas se encuentre en MORDAZA de Reorganizacion Administrativa y Reestructuracion Organica, el camal municipal y el MORDAZA zonal Sinchi MORDAZA seran administrados por la Direccion Municipal a traves de las dependencias administrativas del nivel central de la Municipalidad. Articulo Tercero.- Apoyar los actos administrativos y acciones de personal que ejecute la Alcaldia con relacion al camal municipal y el MORDAZA zonal Sinchi MORDAZA que conlleve a un eficiente desarrollo de sus funciones y que respondan adecuadamente a las demandas de la comunidad. POR TANTO: Mando que se registre, publique, distribuya y se cumpla. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 0991

VISTO: En sesion ordinaria de la fecha, la mocion de orden del dia presentada por el Regidor MORDAZA MORDAZA, sobre aprobacion de la remuneracion del senor Alcalde; CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, establece que los cargos de los Alcaldes son rentados; Que, la remuneracion del senor MORDAZA debe ser acorde con la responsabilidad del cargo que ostenta y su dedicacion a tiempo completo; De conformidad con las atribuciones del Concejo Municipal senaladas en los Articulos 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; Por mayoria y con el MORDAZA en contra del Regidor Suito Tuesta; ACORDO: Articulo Primero.- FIJAR la remuneracion mensual correspondiente al cargo del senor MORDAZA para el ano 1999 en el monto equivalente a 2.5 Unidades Impositivas Tributarias, es decir S/. 7,000.= (SIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General del Concejo y Oficina de Administracion, dar cumplimiento al presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1000

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Dictan disposiciones referidas al camal municipal y MORDAZA zonal del distrito
EDICTO Nº 01-99-C/MC Comas, 14 de enero de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: En sesion de Concejo Extraordinaria llevada a cabo el dia 6 de enero de 1999, se acordo declarar en reorganizacion administrativa y reestructuracion organica la Municipalidad Distrital de Comas por un periodo de 60 dias. Que, en el Articulo MORDAZA de dicho acuerdo se otorga el apoyo a los actos administrativos que lleve a cabo la Alcaldia conducentes a lograr los objetivos referentes a la definicion de la estructuracion, atribuciones y funciones correspondientes. Que, en la Estructura Organica Municipal de 1998 aprobada mediante Edicto Nº 001-98-C/MC del 27 de febrero de 1998 y modificado con Edicto Nº 002 del 30 de noviembre de 1998 el camal municipal y el MORDAZA zonal Sinchi MORDAZA se encuentran considerados como organos descentralizados dependientes de la Alcaldia y administrativamente de la Direccion Municipal con autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, esta disposicion contraviene normas expresas con relacion a los manejos de recursos economicos en las entidades publicas de acuerdo a lo dispuesto en las Normas Generales del Sistema de Tesoreria, entre otros. Hecho que ha sido observado por el Organo de Control Interno de la Municipalidad de Comas, mediante su examen especial efectuado a la Unidad de Tesoreria de los organos descentralizados y elevado al Despacho de Alcadia el 18 de setiembre de 1998, recomendando "Centralizar en la Unidad de Tesoreria de la Municipalidad los ingresos del camal municipal y del MORDAZA zonal Sinchi Roca". Que, dada la situacion precisada en los considerandos anteriores es necesario tomar medidas urgentes con relacion a estos organos descentralizados a fin de no paralizar su accionar y reforzar la prestacion de sus servicios en forma adecuada y coherente con los objetivos institucionales establecidos en el plan de accion para 1999. Estando a lo expuesto, luego de las deliberaciones del caso, en concordancia con la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades y el Acuerdo de Concejo Nº 001-99-C-MC, del 6 de enero de 1999 el Concejo por unanimidad del pleno aprueba el siguiente:

Fijan monto de dieta que percibiran regidores por asistencia efectiva a cada sesion de concejo y establecen remuneracion de MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-99-C/MC Comas, 14 de enero de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En sesion ordinaria de Concejo celebrada el 14 de enero de 1999, la propuesta formulada por la mayoria de los senores Regidores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 2º de la Ley Nº 26317 la percepcion de la dieta esta condicionada a la asistencia efectiva del Regidor a la correspondiente Sesion de Concejo, abonandose proporcionalmente hasta un MORDAZA de cuatro (4) sesiones al mes; Que, segun el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades, los Alcaldes y Regidores son rentados conforme lo permita el presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de la Municipalidad; Que, es necesario adoptar medidas que garanticen el adecuado funcionamiento de las diferentes Comisiones Permanentes de Trabajo y el normal desarrollo de las Sesiones de Concejo; Que, la remuneracion y las dietas solo son suprimibles por ACUERDO UNANIME del Concejo o por renuncia individual a ellas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, luego de las deliberaciones del caso el Concejo por MAYORIA de sus miembros; ACORDO: Articulo Primero.- Fijar la Dieta de Regidores para el Ejercicio Presupuestal de 1999 a partir del 1 de enero del presente ano, en 0.825 de la UIT, actualmente vigente, por cada Sesion de Concejo abonandose hasta un MORDAZA de dos (2) sesiones al mes equivalente a 1.65 de la UIT mensuales. Articulo Segundo.- Establecer el monto remunerativo del senor MORDAZA de la Municipalidad de Comas, durante el presente ano, el cual sera de tres UIT mensuales. Articulo Tercero.- Para el cumplimiento de tales efectos se autoriza la modificacion de la partida presupuestal para la Dieta de los Regidores y la remuneracion del Alcalde. Articulo Cuarto.- Dispensar de la lectura del acta y disponer la inmediata publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 0990

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