Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 1999 (11/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de febrero de 1999

CONASEV
Disponen inscribir bonos corporativos de empresa en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION CONASEV Nº 024-99-EF/94.10 MORDAZA, 9 de febrero de 1999 VISTOS: El Expediente Nº 98/00510 de PROCACAO S.A. y el Memorandum Ejecutivo Nº 006-99-EF/94.50 de fecha 5 de febrero de 1999, de la Gerencia de Emisores y Empresas, con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pueden emitir obligaciones; Que, mediante Junta General de Accionistas de PROCACAO S.A. de fecha 16 de noviembre de 1998 se acordo aprobar la emision de bonos corporativos por la suma de seis millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 6 000 000,00), delegando al Directorio facultades para definir las caracteristicas de los valores, las cuales fueron determinadas en sesion de Directorio de fecha 20 de noviembre de 1998 y ratificadas mediante Junta General de Accionistas de fecha 29 de diciembre de 1998; Que, PROCACAO S.A. ha cumplido con los requisitos contenidos en la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, y el Reglamento de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 906-91-EF/94.10.0, y sus modificatorias; y, Estando a lo dispuesto por el Articulo 11º del Reglamento de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 906-91-EF/94.10.0, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional, reunido en sesion de fecha 8 de febrero de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Inscribir en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los bonos denominados "Bonos Corporativos - Primera Emision" de PROCACAO S.A., los que seran emitidos y colocados por oferta publica, en concordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstas en el contrato de emision, el prospecto informativo y con sujecion a lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo 2º.- El prospecto informativo a ser utilizado obligatoriamente por PROCACAO S.A. para la difusion de la referida oferta publica contiene las caracteristicas de los valores a emitir y debidamente visado sera devuelto a la recurrente, conservandose MORDAZA del mismo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV. Articulo 3º.- Los recursos que capte PROCACAO S.A. con la emision de los valores a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion seran destinados a la reestructuracion de pasivos y capital de trabajo de la empresa. Articulo 4º.- La publicidad que se realice para promover la mencionada oferta publica, debera sujetarse a las condiciones previstas en el contrato de emision, el prospecto informativo y a lo establecido en la presente resolucion. Articulo 5º.- La colocacion de los bonos a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogables hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Articulo 6º.- PROCACAO S.A. queda obligado a presentar a esta Comision Nacional la informacion a que se refiere el Articulo 13º del Reglamento de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 906-91-EF/94.10.0, y sus modificatorias y el Articulo 39º del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 07997-EF/94.10. Asimismo, tan pronto culmine la colocacion de la oferta publica de bonos, la empresa emisora debera poner el hecho en conocimiento de CONASEV. Articulo 7º.- PROCACAO S.A. queda obligado a insertar el texto de la presente resolucion en la escritura publica de emision de bonos que se otorgue por la presente emision,

asi como remitir a CONASEV el correspondiente testimonio dentro de los treinta (30) dias siguientes a su otorgamiento. Articulo 8º.- La inscripcion a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en los mencionados valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 9º.- Transcribase la presente resolucion a PROCACAO S.A., a Promotores e Inversiones Investa S.A. Sociedad Agente de Bolsa en su calidad de representante de los obligacionistas, estructurador y agente colocador, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1944

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Aprueban formatos denominados "Recurso Impugnativo de Reconsideracion" y "Recurso Impugnativo de Apelacion"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 007-99-JEFATURA/ONP MORDAZA, 28 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 180-94-EF se establecieron los procedimientos administrativos para la correcta aplicacion de las disposiciones referidas a la emision del MORDAZA de Reconocimiento; Que, el Articulo 12º del referido dispositivo senala que el solicitante del MORDAZA podra formular observaciones o reparos a su emision o a la denegatoria del mismo, dentro del plazo de tres (3) meses contado desde la notificacion correspondiente, a traves de la respectiva AFP. La ONP resolvera dichos expedientes dentro de un plazo de sesenta (60) dias habiles contados desde la fecha de su recepcion; Que, asimismo, anade el articulo que si vencido el mencionado plazo no existiera pronunciamiento por parte de la ONP, el interesado podra entender denegado su pedido e interponer los recursos impugnativos de acuerdo a ley, los que deberan ser presentados a traves de la respectiva AFP; Que, por otra parte, se establece que la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP aprobara los formularios respectivos para ello, de conformidad con el Articulo 14º de dicho Decreto Supremo; Que, resulta necesario aprobar los formatos denominados "Recurso Impugnativo de Reconsideracion" y "Recurso Impugnativo de Apelacion"; Estando a lo dispuesto en los Articulos 12º y 14º del Decreto Supremo Nº 180-94-EF, el inciso d) del Articulo 7º del Estatuto de la ONP, aprobado por el Decreto Supremo Nº 6195-EF, el inciso d) del Articulo 5º de la Resolucion Suprema Nº 048-95-EF y la Resolucion Suprema Nº 075-97-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los formatos denominados "Recurso Impugnativo de Reconsideracion" y "Recurso Impugnativo de Apelacion", documentos que seran utilizados por el solicitante del MORDAZA de Reconocimiento para interponer los recursos impugnativos correspondientes, los mismos que forman parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Jefa

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