Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 1999 (11/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Nº de orden Denominacion del Procedimiento

NORMAS LEGALES
Requisitos

MORDAZA, jueves 11 de febrero de 1999
Autoridad que aprueba el tramite Autoridad que resuelve recursos impugnatorios

Derecho Costo Calificacion Dependencia de U.I.T. AutoNo donde se pago matico Evaluacion reguinicia el Posi- Nega- lado tramite tivo tivo

11. Cualquier otro documento que acredite capacidad, solvencia moral e idoneidad del organismo para la evaluacion de las parejas pre y postadoptivas. 12. Record de las adopciones llevadas en los ultimos anos, con especial enfasis las realizadas en el Peru y Latinoamerica. 13. Certificacion del Ministerio de Asuntos Extranjeros que la traduccion de los documentos ha sido hecha por un traductor publico juramentado. Condicion Basica : Todos los documentos (originales o copias del original) deben estar debidamente legalizadas por las autoridades locales pertinentes, el Consulado Peruano y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores-Peru. La solicitud dirigida a la Presidencia del Consejo de Adopciones, debera estar acompanada por una carta de MORDAZA de la Embajada del MORDAZA de origen en el Peru. Los requisitos y documentos solicitados pueden variar de acuerdo con lo que disponga la legislacion de cada MORDAZA o estado, segun sea el caso. Para la suscripcion del convenio, la institucion privada extranjera, debera contar con un representante idoneo y haber sido evaluada positivamente y cumplir con los lineamientos de politica establecida por el Consejo de Adopciones del Ministerio. 6. Renovacion de Convenio a Instituciones privadas extranjeras en materia de adopciones internacionales. (Vigencia dos anos) 1. Solicitud dirigida por las autoridades consulares extranjeras para renovacion del convenio con la institucion extranjera en materia de adopcion internacional, actualizando los documentos que hubiesen sido modificados o se encontraran vencidos. 2. Autorizacion de su Gobierno para la renovacion del convenio en materia de adopcion internacional de acuerdo a sus estatutos internos y a la Ley de Adopciones del Gobierno del MORDAZA de origen. 3. Autorizacion de su Gobierno para continuar desarrollando programas de adopcion en el Peru. 4. Licencia de funcionamiento y autorizacion de su Gobierno para efectuar estudios de hogar. 5. Carta de garantia de la autoridad que le otorgo la renovacion de licencia de funcionamiento. 6. Estatutos de la Institucion, MORDAZA del original aprobado por todos los miembros del Consejo de Administracion. 7. Poder otorgado por el Presidente del Consejo de Administracion al Miembro autorizado a renovar Convenios Internacionales en materia de adopcion. 8. Certificacion del Ministerio de Asuntos Extranjeros que la traduccion de los documentos ha sido hecha por un traductor publico juramentado. Condicion Basica : Todos los documentos (originales o copias del original) deben estar debidamente legalizadas por las autoridades locales pertinentes, el Consulado Peruano y visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru. La institucion privada extranjera debera contar con un representante idoneo. 1. Solicitud presentada por el Presidente Ejecutivo de la institucion extranjera, 2. Ser peruano o acreditar una residencia en el MORDAZA por mas de dos anos. 3. De preferencia haber concluido estudios universitarios. Condicion Basica : La solicitud para acreditar representante queda expedita para su MORDAZA, una vez suscrito el convenio. Gratuito X Tramite Documentario Consejo de Adopciones Viceministro

7.

Declaracion de idoneidad de los representantes de las instituciones extranjeras que mantienen convenio en materia de adopcion internacional con el Ministerio.

X

0.10UIT

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Tramite Documentario

Consejo de Adopciones

Viceministro

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