Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 1999 (24/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 24 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES

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Visto el Expediente Nº 000085-95 por el cual el Ministerio de Defensa solicita la afectacion en uso de los terrenos de 2 696,00 m2 y 1 637,00 m2, ubicados frente a la carretera Puno-Desaguadero, distrito de Desaguadero, provincia de Chucuito, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, los terrenos de 2 696,00 m2 y 1 637,00 m2, ubicados frente a la carretera Puno-Desaguadero, distrito de Desaguadero, provincia de Chucuito, departamento de MORDAZA, son de propiedad del Estado, debidamente inscritos en las fichas Nºs. 0278 y 3263, del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y registrados en los asientos Nºs. 125 y 126 del Margesi de Bienes Nacionales correspondiente al departamento de MORDAZA, respectivamente; Que, mediante Oficio Nº 4623-SGMD-D, de fecha 13 de noviembre de 1998, la Secretaria General del Ministerio de Defensa solicita se le afecte en uso los dos terrenos anteriormente descritos que conforman un predio de 4 333,00 m2 del denominado Parador Turistico de Desaguadero, a fin de destinarlo al Puesto de Control de Capitania de Desaguadero, para el cumplimiento de las funciones de control y vigilancia de las actividades lacustres; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobiliaria fiscal, se aprueban mediante Resolucion Suprema a favor de las reparticiones del Estado, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, "Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal", por lo que en el presente caso es procedente atender la correspondiente solicitud; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25554, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Supremo Nº 005-93PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Afectar en uso a favor del Ministerio de Defensa los terrenos de 2 696,00 m2 y 1 637,00 m2, ubicados frente a la carretera Puno-Desaguadero, distrito de Desaguadero, provincia de Chucuito, departamento de MORDAZA, que conforman el denominado Parador Turistico de Desaguadero, para destinarlo al Puesto de Control de Capitania de Desaguadero a fin de cumplir con las funciones de control y vigilancia de las actividades lacustres. Articulo 2º.- La presente afectacion en uso queda sujeta a lo dispuesto por el Articulo 72º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Articulo 3º.- La Oficina Registral de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion inscribira la afectacion en uso en el Registro de la Propiedad Inmueble de Puno. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RIZO PATRON MORDAZA Ministra de la Presidencia 2570

respectivamente, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a CERMUR S.R.Ltda., y PESQUERA KOSMIL E.I.R.Ltda., para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas "RENZO" con Matricula Nº CE-2777-PM, de 270 toneladas de capacidad de bodega, "RENZO 1" con Matricula Nº CE-2778-PM, de 140 toneladas de capacidad de bodega, "RENZO 2" con Matricula Nº CE-2779-PM, de 180 toneladas de capacidad de bodega y "KOSMIL IV" de Matricula Nº CE-2639PM, de 180 toneladas de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco de longitud minima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que a traves del escrito del visto PESQUERA HUMACARE S.A., acredita haber absorbido por fusion a PESQUERA VIELYADA S.A. y CERMUR S.C.R.Ltda., quienes son titulares de los permisos de pesca para operar las embarcaciones pesqueras citadas en el considerando anterior, razon por la cual solicita el cambio de nombre de la embarcacion pesquera denominada "KOSMIL IV" a "RENZO 4" tal como figura en el certificado de matricula expedido por la Capitania del puerto de Chimbote con fecha 23 de junio de 1998 y en el certificado compendioso de dominio, expedido con fecha 23 de setiembre del mismo ano y, el cambio de nombre del titular de los permisos de pesca para operar las embarcaciones a que se hace referencia en el considerando precedente; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por la recurrente se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 3, correspondiente a la Direccion Nacional de Extraccion, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el Articulo 43º literal c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, los Articulos 47º y 138º de su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE, y la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas a traves del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el cambio de nombre del titular de los permisos de pesca para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional que se indican a continuacion, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados:
Permiso de Pesca Nº de R.M. Fecha MORDAZA Titular Nombre de la Embarcacion "RENZO" "RENZO 1" "RENZO 2" "RENZO 4" Capacidad de Bodega (m3) 275.00 126.38 190.72 191.65 Nº de Matricula CE-2777-PM CE-2778-PM CE-2779-PM CE-2639-PM

252-95-PE 252-95-PE 252-95-PE 631-95-PE

16.5.95 16.5.95 16.5.95 13.11.95

PESQUERA HUMACARE S.A. PESQUERA HUMACARE S.A. PESQUERA HUMACARE S.A. PESQUERA HUMACARE S.A.

PESQUERIA
Autorizan el cambio de nombre de titulares de permisos de pesca para operar embarcaciones pesqueras de bandera nacional
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 052-99-PE/DNE MORDAZA, 22 de febrero de 1999 Visto el expediente de Registro Nº CE-310001, con escritos de fechas 2 de octubre y 14 de diciembre de 1998, presentados por PESQUERA HUMACARE S.A.; CONSIDERANDO: Que el Articulo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 252-95-PE y 631-95-PE de fechas 16 de MORDAZA y 13 de noviembre de 1995,

Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca que fueron otorgados a CERMUR S.C.R.L., y PESQUERA "KOSMIL E.I.R.L. a traves de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 252-95-PE y 631-95-PE, de fechas 16 de MORDAZA y 13 de noviembre de 1995, respectivamente, para operar las embarcaciones pesqueras denominadas "RENZO", "RENZO 1", "RENZO 2" y "KOSMIL IV", con Matriculas Nºs. CE-2777-PM, CE-2778-PM, CE2779-PM y CE-2639-PM, respectivamente, Articulo 3º.- Incorporar a PESQUERA HUMACARE S.A., como titular de los permisos de pesca otorgados para operar las embarcaciones "RENZO", "RENZO 1", "RENZO 2" y "RENZO 4" asi como incorporar la presente resolucion al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 500 y en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 501-98-PE, retirando a CERMUR S.C.R.L. y PESQUERA KOSMIL E.I.R.L., y a las Resoluciones Ministeriales Nºs. 252-95-PE y 631-95-PE consignadas en dichos anexos. Articulo 4º.- Transcribir la presente resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, Chimbote, Ica, MORDAZA, Ilo y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion 2481 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 053-99-PE/DNE MORDAZA, 22 de febrero de 1999 Visto los escritos con Registro Nº CE-00348001 de fechas 21 de diciembre de 1998 y 8 de enero de 1999, presentados por la

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