Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 1999 (23/07/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

Pag. 176120

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 1999

por dicho concepto, o se encuentren en MORDAZA de fiscalizacion tributaria. Articulo 3º.- El plazo del beneficio establecido en los articulos precedentes sera a partir de la publicacion de la presente Ordenanza y vencera el lunes 16 de agosto de 1999, procediendo despues de dicho plazo la Municipalidad a ejecutar la cobranza total del integro de los tributos adeudados. FORMA DE APLICACION. Articulo 4º.- El Beneficio de Regularizacion Tributaria se aplicara de la siguiente forma: DEUDAS TRIBUTARIAS. a) Las deudas correspondientes al Tributo de Impuesto Predial de los ejercicios 1992, 1993, 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998; se condonaran en el 100% respecto al Interes Moratorio y al Factor de Reajuste. b) Las deudas tributarias por concepto de Impuesto Predial del periodo referido en el inciso a) que se encuentren en Cobranza Coactiva estaran exentos de pago de las costas administrativas y costas procesales. Vencido el plazo del Beneficio de Regularizacion que se concede por la presente Ordenanza, la Municipalidad realizara el MORDAZA de Fiscalizacion Tributaria y ejecutara la cobranza por el Total de la deuda mas los intereses, recargos y otros que fueren de competencia, utilizando de ser el caso el Procedimiento de Cobranza Coactiva. Articulo 5º.- La Municipalidad declarara de Oficio la quiebra de los valores emitidos para el pago de la deuda tributaria a los contribuyentes o responsables que se hayan acogido al Beneficio de Regularizacion Tributaria Municipal del Impuesto Predial en los siguientes casos: a) Cuando el tributo se MORDAZA cancelado, en aplicacion al beneficio establecido en la presente norma. b) Cuando la deuda este constituida, solo por intereses moratorios. FORMAS DE PAGO. Articulo 6º.- El pago podra ser cancelado al contado o fraccionadamente. El pago fraccionado para este beneficio no sera mayor a tres cuotas; podra efectuarse en tres (03) cuotas iguales o el 30% de cuota inicial y las dos restantes por diferencia. De existir casos de situacion socioeconomica comprobada podra extenderse cuotas mayores, la misma que debera estar sustentada con el Informe de la Asistenta Social del Municipio y se aplicara solo para personas naturales. El incumplimiento de pago de alguna de las cuotas por mas de 30 dias a la fecha de su vencimiento, MORDAZA lugar a la perdida del beneficio y a la cobranza coactiva de la deuda original sin el beneficio establecido en la presente Ordenanza. En este caso, los pagos efectuados se imputaran como pago a cuenta de la deuda total, en la forma prevista en el Articulo 31º del Codigo Tributario. Los contribuyentes que tengan pendientes de pago cuotas de fraccionamiento podran acogerse al beneficio de descuento de la totalidad e intereses de fraccionamiento, solo en el caso de que el contribuyente cancele el integro de las cuotas pendientes de pago dentro del plazo de la vigencia de la presente Ordenanza. Las cuotas de fraccionamiento comprendidas en este numeral no estan sujetas a MORDAZA contrato de fraccionamiento de pago. En caso de renuncia a los contratos de fraccionamiento los pagos efectuados se consideraran como pagos a cuenta, quedando el saldo del monto insoluto sin reajuste ni intereses que se cancele en su totalidad. RECURSO DE RECLAMACION O APELACION EN TRAMITE. Articulo 7º.- Los contribuyentes que hayan presentado expedientes de reclamacion o de apelacion podran acogerse al presente beneficio en cualquier estado del MORDAZA, previa MORDAZA de la solicitud del Desistimiento por la Unidad de Tramite Documentario y Archivo General. RECONOCIMIENTO DE DEUDA. Articulo 8º.- Queda entendido que los contribuyentes acogidos al presente Beneficio reconocen expresamente sus obligaciones pendientes materia de regularizacion, por lo que no podran presentar futuras reclamaciones, respecto a las deudas incluidas en dicho Beneficio.

GARANTIAS O MEDIDAS CAUTELARES. Articulo 9º.- Las garantias que se encuentren otorgadas a favor de la Municipalidad, asi como las medidas preventivas trabadas, se mantendran en tanto se concluya la cobranza de la deuda tributaria, salvo que el contribuyente las sustituya por otras a satisfaccion de la Administracion. Articulo 10º.- Mediante Decreto de Alcaldia se dictaran las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 11º.- Encarguese a las Oficinas de Rentas, Informatica y Administracion, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a Secretaria General la publicacion y difusion de la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9608

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Aprueban el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 013-MDR MORDAZA, 11 de junio de 1999 POR CUANTO: El Concejo Distrital del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru senala que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las Delegadas conforme a ley, son los organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 2º de la Ley Organica de Municipalidades son los Organos del Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular y son personas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 115º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, senala que las Ordenanzas Municipales pueden establecer las sanciones de multa, decomiso y clausura por infraccion de sus disposiciones, sin perjuicio de las demas responsabilidades a que hubiere lugar conforme a Ley; Que, los Arts. 116º y 117º de la misma Ley, prescriben que los Concejos Municipales, por propia iniciativa o a solicitud de los Concejos Distritales, aprueban y modifican la escala de multas dentro de los limites minimos y maximos; asi tambien, se prohibe aplicar multas sucesivas por la misma infraccion, o por falta de pago de una multa o cuando la infraccion MORDAZA sido sancionada por el Poder Ejecutivo; Que, la actual administracion considera que el ejercicio de la potestad sancionadora debe ser orientado dentro de un contexto de difusion y persuasion al vecindario de los beneficios que devienen del cumplimiento de los dispositivos legales, y no meramente imprescindible que la actividad de la administracion se encuentre cimentada en criterios de justicia, equidad, legalidad y seguridad juridica que permitan cada vez un mejor servicio y atencion oportuna a los vecinos, para lo cual se requiere dar fluidez a los procedimientos administrativos; Que, estando a lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA mayoritario de los Regidores del Concejo; Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad del MORDAZA, el mismo que consta de 29 articulos y 4 disposiciones finales, y forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Municipal, Direccion de Administracion, Direccion de Seguridad Ciudadana, Direccion de Servicios Sociales, Direccion de Administracion Tributaria, Direccion de Servicios a la MORDAZA y a la Oficina de Secretaria General, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.