Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 1999 (23/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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les y Registros Auxiliares ; no haber efectuado el analisis detallado de existencias; haber deficiencias en el Registro del Kardex; no efectuarse los Inventarios Fisicos de Activos Fijos al 31 de diciembre de 1997; no efectuar los Analisis de los Activos Fijos; deficiencia en el Control de Activos; Anticipos concedidos de suma de dineros que no han sido liquidados al 31 de diciembre de 1997; no efectuarse el Analisis de la Depredacion y Amortizacion acumulada; no efectuarse las conciliaciones de la Contabilidad Financiera con la Contabilidad Presupuestal, etc. Que, de la accion puesta de manifiesta por la Oficina General de Auditoria Interna, se desprende que son responsables: El Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex rector de la UNSACA, por no haber dispuesto la implementacion y/o elaboracion oportuna de los Manuales Normativos y Directivas que rigen para la MORDAZA administrativa de la UNSACA de manera eficiente, como lo disponen los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276- Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico .Ademas, por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos concedidos; C/P 4200 del ano 1995 por S/. 120.00; C/P 1054, C/P1778, C/P 2432, C/P 3461, C/P 3849 del ano 1996 por S/. 390.00, S/. 450.00, S/. 250.00, S/. 200.00 y 800.00; C/P 036, C/P 545, C/P 1802 del ano 1997 por S/. 13, 965.30, S/. 500.00, S/. 1,800.00 respectivamente; Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vicerrector Administrativo de la UNSACA , por no disponer oportunamente la implementacion de los Manuales Normativos que regulen la MORDAZA administrativa de la Universidad de manera eficiente, al no haber evidenciado expreso el deslinde de responsabilidad ante el ex Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA de los excesos, previsto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276-Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Contador General, por su falta de diligencia al no haber dispuesto poner al dia el Libro de Inventarios y Balances al Cierre del 31 de diciembre de 1997, que sustente consistentemente los Estados Financieros, como lo disponen los incisos a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276; 4) Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Economia, por su falta de diligencia al no haber efectuado los registros pertinentes en los Libros de Inventarios y Balance al Cierre del 31 de diciembre de 1997, como lo contempla los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Area de Integracion Contable , por su falta de diligencia al no haber efectuado los registros pertinentes en el Libro de Inventarios y Balances al Cierre al 31 de diciembre de 1997, como lo establece los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de Area de Fondos por no solicitar la autoridad competente autorice MORDAZA de su uso los Registros Auxiliares que en su Area se contabiliza, como lo disponen los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; CPC MORDAZA HUACHUA MORDAZA, ex Contador General , por no coordinar ante el Vicerrector Administrativo la autorizacion de los Registro Auxiliares MORDAZA de su uso, segun lo disponen los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Lic. MORDAZA CHERREZ MORDAZA, ex Jefa del Almacen Central, por no comunicar a las autoridades respectivas en fecha oportuna la necesidad de efectuar el Inventario Fisico de Existencias al 31 de diciembre de 1997, incumpliendo lo dispuesto los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; 9) Bach. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex - Tesorera, por no haber implementados medidas para el seguimiento de la recuperacion de anticipos concedidos, y haber sobrepasado el periodo prudente, en salvaguarda de los intereses de la Universidad, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a) y b) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Lic. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA, ex Tesorera, por no implementar medidas para el seguimiento de la recuperacion de anticipos concedidos, al haberse sobrepasado el periodo prudente en salvaguarda de los intereses de la Universidad, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex docente por no haber demostrado documentaria y fehacientemente con liquidar los anticipos recibidos segun C/P 020 del ano 1997 por S/. 1,000.00, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nª 276; Lic. LUZVELIA MORDAZA MORDAZA, docente por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los anticipos recibidos segun C/P 2921 y 2981 del ano 1995 por S/. 320.00 y S/. 600.00 respectivamente, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, docente por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los anticipos recibidos segun C/P 4707 del ano 1995 por S/. 100.00, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Lic. MORDAZA MORDAZA APAESTEGUI, docente por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos recibidos segun C/P 2937 del ano 1995 por S/. 750.00, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, docente por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar con los Anticipos recibidos segun C/P 3034 del ano 1996

por S/. 41.40, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, docente por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos recibidos segun C/P 283 del ano 1997 por S/. 385.00, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) el articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex- Rector , por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos segun : C/P 409, 791, 1209, 1589, 2479, 2911, 3021 y 3667 del ano 1995 por S/. 800.00, S/. 250.00, S/. 250.00, S/. 400.00, S/. 100.00, S/. 1,500.00 , S/. 800.00 y S/. 400.00 respectivamente, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Sr. MORDAZA COCA MORDAZA, TRABAJADOR ADMINISTRATIVO por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos recibidos segun: C/P 923 del ano 1997 por S/. 200.00, incumpliendo lo dispuesto por los incisos a) , b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Lic. MORDAZA MORDAZA CHILET, docente por no haber demostrado documentaria y fehacientemente la liquidacion de los anticipos recibidos segun C/P 3326 del ano 1996 por S/. 1,000.00, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Sr. TAE HO HANG, ex trabajador administrativo por no haber demostrado documentaria y fehacientemente la liquidacion de los Anticipos recibidos segun C/P 4154 del ano 1995 por S/. 1,380.00, incumpliendo con lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Ing. MORDAZA DE LA MORDAZA TASAYCO, docente, por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos recibidos segun C/P 1710 del ano 1995 por S/. 1,500.00. incumpliendo lo dispuesto por los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Dra. MORDAZA MORDAZA PARRAGUEZ, docente por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos recibidos segun C/P 12201 y C/P 2068 del ano 1995 por S/. 1,200.00 y S/. 30,000.00, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex trabajadora administrativa, , por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos recibidos segun el C/P 1057 del ano 1996 por S/. 200.00, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, trabajador administrativo, por no demostrar documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos recibidos segun C/P 2225 del ano 1996 por S/. 65.00, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nª 276; Sra. MORDAZA ASCA DE MORDAZA, ex docente por no demostrar documentaria y fehacientemente liquidar los anticipos recibidos segun C/P 2216 del ano 1996 por S/. 120.00, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del Decreto Legislativo Nº 276; Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, docente , por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos recibidos segun C/P 1845 del ano 1996 por S/. 420.00, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, docente por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos concedidos por C/P 4011 del ano 1996 por S/. 500.00; C/P 507 del ano 1997 por S/. 1, 600.00, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, docente, por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos concedidos por C/P del ano 1996 por S/. 200.00, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex servidor por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos segun C/P 2216 del ano 1996 por S/ . 400.00, incumpliendo lo dispuesto en los incisos a), b y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA , docente, por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos concedidos segun C/P 3803 del ano 1996 por S/. 27.50, incumpliendo lo dispuesto en ,os incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Mg. NERY MORDAZA MATEU, docente, por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos concedidos segun C/P 2190 del ano 1996 por S/. 1,066.50 y C/P 2230 del ano 1996 por S/. 2,000.00; incumpliendo las obligaciones a que se refiere los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, docente por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos concedidos segun C/P 524 del ano 1997 por S/. 12,300.00, incumpliendo las obligaciones a que se refieren los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; 34) Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA , docente, por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos concedidos segun C/P 2452 del ano 1997 por S/. 3,000.00, incumpliendo las obligaciones a que se refieren los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, servidor administrativo por no haber demostrado documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos concedidos segun C/ P 293 del ano de 1997 por S/. 200.00, incumpliendo las obligacio-

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