Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 1999 (12/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de marzo de 1999

Aprueban el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Administrativas y Designan representante ante el Grupo Tributarias de Trabajo encargado de la integracion ORDENANZA MUNICIPAL Nº 06-99-MDCH de programas de soporte informatico de los sistemas administrativos Chorrillos, 27 de febrero de 1999
RESOLUCION Nº 409-98/SBN MORDAZA, 31 de diciembre de 1998 VISTO, en sesion ordinaria de Concejo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 738-98-PCM, de fecha 9 de diciembre de 1998, se resolvio conformar el Grupo de Trabajo encargado de realizar el trabajo de integracion de los programas de soporte informatico de los sistemas administrativos, los cuales comprenden planillas, abastecimientos, control patrimonial, adquisiciones y contrataciones; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Suprema acotada, designo como parte del Grupo de Trabajo a un representante de la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, en consecuencia es necesario nombrar a un representante de la Superintendencia de Bienes Nacionales con la finalidad de conformar dicho Grupo de Trabajo; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738 y Decreto Supremo Nº 005-92PRES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de la Superintendencia de Bienes Nacionales ante el Grupo de Trabajo constituido por mandato de la R.S. Nº 738-98-PCM. Registrese y comuniquese. POR TANTO: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendenta de Bienes Nacionales 3334 Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA REGLAMENTO NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL FRACCIONAMIENTO DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y ADMINISTRATIVAS I.- FINALIDAD Brindar las facilidades necesarias para el cumplimiento del pago de las deudas tributarias y no tributarias, a los contribuyentes o administrados cuya condicion economica no les permite realizar el pago al contado. II.- OBJETIVO Establecer normas y procedimientos para el fraccionamiento de pago de deudas tributarias y administrativas, que resulten exigibles por la Municipalidad de Chorrillos. III.- ALCANCE El presente reglamento alcanza a la Unidad de Control y Fiscalizacion dependiente de la Oficina de Rentas de la Municipalidad de Chorrillos. IV.- BASE LEGAL Art. 36º del Codigo Tributario - Dec. Leg. Nº 816 Ley Nº 25035 - Ley de Simplificacion Administrativa. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Distritales son organos de gobierno local, que gozan de autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Art. 91º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el sistema de fraccionamiento que se viene aplicando no se encuentra acorde con los principios de simplificacion administrativa razon por la cual es necesario aprobar un MORDAZA sistema para los fraccionamientos de deudas administrativas y tributarias; En ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con el MORDAZA en mayoria de los senores miembros del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente ordenanza. ORDENANZA Articulo Primero.- Apruebase el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Administrativas y Tributarias que consta de tres (3) capitulos, dieciocho (18) articulos y dos (2) disposiciones transitorias. Articulo Segundo.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Rentas y a la Unidad de Informatica el cumplimiento de la presente ordenanza. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 012-99-MDB Por Oficio Nº 193-99-SG-MDB, la Municipalidad de Barranco solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 012-99-MDB, publicada en nuestra edicion del dia 28 de febrero de 1999, pagina 170364. "Articulo Primero.DICE: - Condonacion del 50% del interes y moras generados hasta el 31 de diciembre de 1998" DEBE DECIR: - Beneficio Tributario de descuento del 50% del interes moratorio y reajustes generados hasta el 31 de diciembre de 1998" 3330

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