Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 1999 (20/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 20 de marzo de 1999
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 3752

NORMAS LEGALES

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Declaran nulas resoluciones por las que se aceptaron renuncias y aprobaron pagos de liquidaciones por beneficios sociales de ex funcionarios municipales
RESOLUCION DE CONCEJO Nº 003 Ate, 12 de marzo de 1999 VISTO, en sesion ordinaria de Concejo de la fecha, los recaudos que acompanan a los Informes Nº 007-99 y Nº 018-99ABS/URH, del 7 y 13 de enero de 1999 respectivamente, sobre liquidacion de beneficios sociales de los senores ex funcionarios Gestion 1996 - 1998; asi como el Memorandum Nº 016-99C.E.P.P., de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto; Informe Nº 063-URH-OA-99/MDA, de la Unidad de Recursos Humanos; Dictamen Nº 016-99-C.E.P. y PPTO, de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto, y el Acuerdo de Concejo Nº 022-99-MDA; y, CONSIDERANDO: Que, por los Informes Nº 007-99 y Nº 018-99-ABS/URH, del area de Beneficios Sociales de la Unidad de Recursos Humanos de esta municipalidad, se hace de conocimiento el procedimiento seguido para la Liquidacion de Beneficios Sociales del personal que laboro como Funcionario de Confianza, en la Gestion 1996 - 1998, senalandose y observandose algunas irregularidades y excesos de lo contemplado en la normatividad vigente; sugiriendose se deje sin efecto las resoluciones de alcaldia que otorga tales beneficios; ademas por la notoria transgresion a la ley y al haberse practicado las liquidaciones hasta con tres (3) y cinco (5) remuneraciones mensuales totales y en lo relativo a compensacion vacacional por mas de dos periodos, entre otros aspectos; opinandose como conclusion de ambos, que se deben dejar sin efecto las 23 resoluciones de alcaldia que otorgan dichos beneficios por otorgarse mayores derechos de los legalmente permitidos. Que, ademas se refiere, que existe un mayor pago, de hasta S/. 143 227.06 (CIENTO CUARENTITRES MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE Y 06/100 NUEVOS SOLES), por haberse tomado como elemento de calculo hasta tres (3) remuneraciones totales mensuales, cuando en compensacion vacacional no procede el pago por mas de dos periodos produciendose la perdida del derecho cuando despues de acumular convencionalmente estos dos periodos, se genera otro. Que, asi mismo se evidencia que se ha transgredido el Art. 191º del D.S. Nº 005-90-PCM, al no haberse hecho entrega formal de cargo, de los bienes y asuntos pendientes, ante quien la autoridad competente disponga. Que, con fecha 11 de marzo de 1999, el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, emite su Informe Nº 063-URH, opinando, que luego de la revision de los informes anteriores y verificacion, debe considerarse la irregularidad de las resoluciones, por cuanto el rubro de compensacion vacacional es inaplicable con mas de dos (2) remuneraciones mensuales totales por vacaciones no gozadas, transgrediendo con ello el Art. 102º del D.S. Nº 005-90-PCM; concluyendo, que las 23 resoluciones deben ser dejadas sin efecto por tener mayores derechos de los permitidos en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y conceder los montos que se reflejan en el "Cuadro de Provision del Personal con Cargo de Confianza" o de liquidacion de beneficios sociales de los referidos. Que, estando a los informes del Area de Beneficios Sociales, asi como el Informe del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, se anade a estos, el Informe Nº 089-99OAJ/MDA, del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, quien coincide con las observaciones planteadas por las anteriores, resaltando ademas que la aprobacion de los beneficios sociales, deberian ser reconocidos por un acto o resolucion posterior a la aceptacion de la renuncia de estos; y, que, ademas las liquidaciones para dichos beneficios, no pueden hacerse a futuro, pues, se han evidenciado liquidaciones efectuadas en el mes de diciembre de 1998, en la primera quincena (16

de diciembre de 1998), cuando los funcionarios aun seguian ejerciendo dichos labores y no concluian su periodo, concluyendo que de conformidad con los Arts. 43º, 109º y 110º de la Ley de Normas Generales de Procedimiento Administrativo, D.S. Nº 02-94-JUS, se debe declarar la nulidad de las 23 resoluciones de alcaldia por ser contrarias a las leyes y por haberse prescindido de las normas esenciales de todo procedimiento. Que, del analisis y compulsa de lo actuado, la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto, emite su Dictamen Nº 016-99, de fecha 11 de marzo de 1999, por el cual ratifica la advertencia de actos irregulares con transgresion de las normas, senalando que existe un mayor pago de hasta de S/. 143 227.06 (CIENTO CUARENTITRES MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE Y 06/100 NUEVOS SOLES), por la emision de tales resoluciones, dictaminando que se declare nulo y sin efecto legal las 23 resoluciones de alcaldia, referida a los pagos de beneficios sociales de los ex Funcionarios de la Administracion anterior. Que, estando a lo informado por el Area de Beneficios Sociales, mediante Informes Nºs. 07-99-ABS/URH y 018-99ABS/URH de fechas 7 y 13 de enero de 1999; Informe Nº 063URH-OA-99/MDA de fecha 11 de marzo de 1999 del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, Informe Nº 089-99-OAJ de fecha 11 de marzo de 1999 de la Oficina de Asesoria Juridica, Dictamen Nº 016-99-C.E.P. Y PPTO, de fecha 11 de marzo de 1999; asi como las disposiciones vigentes Art. 54º Inc. c) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, Arts. 102º y 104º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; Articulos 43º Incs. b) y c), 109º y 110º del D.S. Nº 02-94-JUS Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos y Articulo 52º de la Ley Organica de Municipalidades y conforme al Acuerdo de Concejo Nº 022-99-MDA, con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; se, RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR nulas y sin efecto legal las 23 Resoluciones de Alcaldia, emitidas con la numeracion del 745 al 767-98-MDA, todas del 31 de diciembre de 1998 respectivamente; por las cuales se aceptan las renuncias y se aprueban los pagos de liquidaciones por beneficios sociales, de los ex funcionarios de la Administracion Municipal 1996 - 1998, siendo los siguientes: R.A. 0745-98 0746-98 0747-98 0748-98 0749-98 0750-98 0751-98 0772-98 0753-98 0754-98 0755-98 0756-98 0757-98 0758-98 0759-98 0760-98 0761-98 0762-98 0763-98 0764-98 0765-98 0766-98 0767-98 Ex Funcionario Dr. MORDAZA MORDAZA Castaneda S/. Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Larrain Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cerdena del MORDAZA MORDAZA Guisella MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA T. del MORDAZA MORDAZA Don MORDAZA MORDAZA Rivero Jabiles Don Pepe MORDAZA MORDAZA MORDAZA Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Don MORDAZA MORDAZA Gervassi Lock Abogada MORDAZA del C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Don MORDAZA Alcazar MORDAZA MORDAZA MORDAZA Z. MORDAZA MORDAZA Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Liquidacion Aprobada 32,047.70 15,391.40 19,309.72 19,161.17 14,544.63 8,743.43 9,070.94 15,381.31 8,689.72 7,280.33 13,667.52 12,845.30 1,588.04 19,309.72 6,912.47 3,168.38 10,797.07 4,781.10 13,744.63 11,985.85 19,309.72 8,246.76 12,335.04

Articulo Segundo.- Recomendar a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta municipalidad, que asuma conocimiento del presente caso, a fin de establecer las responsabilidades que resulten, por la expedicion de estas normas, materia de nulidad; sin perjuicio de iniciarse paralelamente las acciones legales, penales por parte de la autoridad, previo informe. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Asesoria Juridica, Oficina de Administracion y Unidad de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente resolucion; con conocimiento de la Contraloria General de la Republica y otras instancias pertinentes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Imagen Institucional, la publicacion de la MORDAZA en referencia, en el Diario Oficial El Peruano y otro de mayor circulacion.

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