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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 1999 (20/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 171253 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de marzo de 1999 S B S Prorrogan plazo para que caja munici- pal de ahorro y crédito proceda con la enajenación de bienes adjudicados en pago de deudas RESOLUCION SBS Nº 0147-99 Lima, 26 de febrero de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTAS: Las comunicaciones e información presentadas por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, mediante las cuales solicita prórroga para realizar la venta de bienes adjudicados en pago de obligaciones de sus deudores; y, CONSIDERANDO: Que el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, dispone que los bienes muebles o inmuebles, recibidos o adjudicados en pago total o parcial, de una deuda deben ser enajenados en el plazo de un año o durante la prórroga que él permite; Que en el segundo párrafo del referido artículo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenación se haya efectua- do, la empresa deberá constituir una provisión hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Contando con la opinión favorable del Intendente de Instituciones Financieras "F" mediante el Informe ASIF"F" Nº 026-99/OT y de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por seis meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para que la Caja Muni- cipal de Ahorro y Crédito de Arequipa proceda con la enajena- ción de los bienes adjudicados señalados en el Anexo Nº 01, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Vencido el plazo de prórroga otorgado a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa sin que se haya efectuado su enajenación, dicha empresa deberá proceder conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 215º de la Ley General y la Circular Nº B-2017(CM-207-98) del 98/9/ 23, debiendo constituirse la correspondiente provisión con cargo a los resultados del mes en que vencerá el referido plazo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 3761 Aprueban Circular sobre registro con- table de las operaciones con deriva- dos de tasas de interés CIRCULAR Nº B-2037-99 Lima, 18 de marzo de 1999 CIRCULAR Nº B- 2037-99 F-0378-99 CM-0226-99 CR-0096-99 EDPYME-0043-99 ---------------------------------------------------------- Ref.: Registro contable de las operaciones con derivados de tasas de interés. ---------------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones confe- ridas por el numeral 13 del Artículo 349° de la Ley Generaldel Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, en adelante Ley General, con las facultades delegadas por la Resolución SBS Nº 0185-99 del 11 de marzo de 1999, y para un adecuado control de las operaciones con derivados de tasas de interés, esta Superintendencia establece las si- guientes disposiciones: 1. Alcance La presente norma es de aplicación a las empresas de operaciones múltiples comprendidas en el literal A del Artículo 16º de la Ley General, en adelante las empresas, que cuenten con autorización de esta Superintendencia para realizar operaciones con productos financieros derivados de tasas de interés según los Artículos 283º y 290º de la Ley General. 2. Plan de Cuentas para Instituciones Financieras Efectuar las siguientes modificaciones al Plan de Cuen- tas para Instituciones Financieras aprobado mediante Reso- lución SBS Nº 1256-92 del 23 de octubre de 1992: 2.1 Modifíquese la descripción de la cuenta 7207 Compro- misos Futuros e incorpórense la subcuenta y cuentas analí- ticas que se señalan a continuación: 7207 COMPROMISOS FUTUROS Y ACEPTACIO- NES BANCARIAS EN CIRCULACION En esta cuenta se registrarán las obligaciones por contra- tos de productos financieros derivados de moneda extranje- ra, de tasas de interés y otros realizados por la empresa por cuenta propia; así como otros compromisos futuros asumidos por la empresa en el desarrollo de sus operaciones. También se registrarán las aceptaciones bancarias en circulación. SUBCUENTA: ............ ....... BFECAC ............ ....... DMFR 7207.12 CONTRATOS A FUTURO DE TASAS DE INTERES ....... **** * En esta subcuenta se registrará el monto total de los intereses pendientes por cobrar o por pagar, que corresponda a operaciones de contratos a futuro de tasas de interés que la empresa realiza por cuenta propia. CUENTAS ANALITICAS: ......... BFECAC ......... DMFR 7207.12.01 Contratos a futuro de tasas de interés – fras ......... **** * 7207.12.02 Contratos a futuro de tasas de interés – swaps ......... **** * 7207.12.03 Compra de Opciones de tasas de interés _ caps/ floors /collars ......... * * * * * 7207.12.04 Venta de Opciones de tasas de interés _ caps/ floors /collars ......... * * * * * 7207.12.09 Otros ......... **** * 2.2 Modifíquese la descripción de la cuenta 8109 Otras Cuentas de Orden Deudoras e incorpórense las cuentas analíticas que se indican a continuación: 8109 OTRAS CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS Comprende los bienes depreciados de menor cuantía, así como los útiles de oficina, derechos en proceso de reclamo, valores emitidos y seguros a favor de la empresa, que por su naturaleza no conforman el activo de la empresa; así también, se registran los valores nominales de las operaciones con productos financieros derivados de tasas de interés por cuenta propia y de terceros, autorizados por esta Superintendencia. CUENTAS ANALITICAS: ......... BFECAC ......... DMFR 8109.09.15 Valor nominal sujeto a operaciones a futuro de tasas de interés- fras (cuenta propia) ......... * * * * * 8109.09.16 Valor nominal sujeto a operaciones a futuro de tasas de interés- swaps (cuenta propia) ......... * * * * * 8109.09.17 Valor nominal sujeto a operaciones a futuro de otros derivados de tasas de interés (cuenta propia) ......... * * * * * 8109.09.18 Valor nominal sujeto a operaciones a futuro de tasas de interés (cuenta terceros) ......... * * * * * 3. Información en el Anexo Nº 18 "Posiciones en Instrumentos Financieros Derivados por Cuenta Pro- pia" Las empresas deberán informar en el Anexo Nº 18 "Posi- ciones en Instrumentos Financieros Derivados por Cuenta