Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 1999 (20/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 20 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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SBS
Prorrogan plazo para que MORDAZA municipal de ahorro y credito proceda con la enajenacion de bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 0147-99 MORDAZA, 26 de febrero de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTAS: Las comunicaciones e informacion presentadas por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA, mediante las cuales solicita prorroga para realizar la venta de bienes adjudicados en pago de obligaciones de sus deudores; y, CONSIDERANDO: Que el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, dispone que los bienes muebles o inmuebles, recibidos o adjudicados en pago total o parcial, de una deuda deben ser enajenados en el plazo de un ano o durante la prorroga que el permite; Que en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, la empresa debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Contando con la opinion favorable del Intendente de Instituciones Financieras "F" mediante el Informe ASIF"F" Nº 026-99/OT y de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para que la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA proceda con la enajenacion de los bienes adjudicados senalados en el Anexo Nº 01, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga otorgado a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA sin que se MORDAZA efectuado su enajenacion, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General y la Circular Nº B-2017(CM-207-98) del 98/9/ 23, debiendo constituirse la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que vencera el referido plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 3761

del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, en adelante Ley General, con las facultades delegadas por la Resolucion SBS Nº 0185-99 del 11 de marzo de 1999, y para un adecuado control de las operaciones con derivados de tasas de interes, esta Superintendencia establece las siguientes disposiciones: 1. Alcance La presente MORDAZA es de aplicacion a las empresas de operaciones multiples comprendidas en el literal A del Articulo 16º de la Ley General, en adelante las empresas, que cuenten con autorizacion de esta Superintendencia para realizar operaciones con productos financieros derivados de tasas de interes segun los Articulos 283º y 290º de la Ley General. 2. Plan de Cuentas para Instituciones Financieras Efectuar las siguientes modificaciones al Plan de Cuentas para Instituciones Financieras aprobado mediante Resolucion SBS Nº 1256-92 del 23 de octubre de 1992: 2.1 Modifiquese la descripcion de la cuenta 7207 Compromisos Futuros e incorporense la subcuenta y cuentas analiticas que se senalan a continuacion: 7207 COMPROMISOS FUTUROS Y ACEPTACIONES BANCARIAS EN CIRCULACION En esta cuenta se registraran las obligaciones por contratos de productos financieros derivados de moneda extranjera, de tasas de interes y otros realizados por la empresa por cuenta propia; asi como otros compromisos futuros asumidos por la empresa en el desarrollo de sus operaciones. Tambien se registraran las aceptaciones bancarias en circulacion.
SUBCUENTA: ............ ....... B F E C A C ............ ....... D M F R 7207.12 CONTRATOS A FUTURO DE TASAS DE INTERES ....... * * * * *

En esta subcuenta se registrara el monto total de los intereses pendientes por cobrar o por pagar, que corresponda a operaciones de contratos a futuro de tasas de interes que la empresa realiza por cuenta propia.
CUENTAS ANALITICAS: ......... B F E ......... D ......... * * * ......... * * * C A C M F R * * * * * * *

7207.12.01 Contratos a futuro de tasas de interes ­ fras 7207.12.02 Contratos a futuro de tasas de interes ­ swaps 7207.12.03 Compra de Opciones de tasas de interes _ caps/ floors /collars ......... * * * * 7207.12.04 Venta de Opciones de tasas de interes _ caps/ floors /collars ......... * * * * 7207.12.09 Otros ......... * * * *

2.2 Modifiquese la descripcion de la cuenta 8109 Otras Cuentas de Orden Deudoras e incorporense las cuentas analiticas que se indican a continuacion: 8109 OTRAS CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS Comprende los bienes depreciados de menor cuantia, asi como los utiles de oficina, derechos en MORDAZA de reclamo, valores emitidos y seguros a favor de la empresa, que por su naturaleza no conforman el activo de la empresa; asi tambien, se registran los valores nominales de las operaciones con productos financieros derivados de tasas de interes por cuenta propia y de terceros, autorizados por esta Superintendencia.
CUENTAS ANALITICAS: ......... B F E C A C ......... DM F R 8109.09.15 Valor nominal sujeto a operaciones a futuro de tasas de interes- fras (cuenta propia) 8109.09.16 Valor nominal sujeto a operaciones a futuro de tasas de interes- swaps (cuenta propia) 8109.09.17 Valor nominal sujeto a operaciones a futuro de otros derivados de tasas de interes (cuenta propia) 8109.09.18 Valor nominal sujeto a operaciones a futuro de tasas de interes (cuenta terceros) ......... * * * * ......... * * * * * *

Aprueban Circular sobre registro contable de las operaciones con derivados de tasas de interes
CIRCULAR Nº B-2037-99 MORDAZA, 18 de marzo de 1999 CIRCULAR Nº B- 2037-99 F-0378-99 CM-0226-99 CR-0096-99 EDPYME-0043-99 ---------------------------------------------------------Ref.: Registro contable de las operaciones con derivados de tasas de interes. ---------------------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 13 del Articulo 349° de la Ley General

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3. Informacion en el Anexo Nº 18 "Posiciones en Instrumentos Financieros Derivados por Cuenta Propia" Las empresas deberan informar en el Anexo Nº 18 "Posiciones en Instrumentos Financieros Derivados por Cuenta

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