Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 1999 (20/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de marzo de 1999

Que mediante los escritos del visto, el recurrente solicita la exclusion de la embarcacion pesquera denominada "DONA CHELA" del Anexo 2 y su inclusion en el Anexo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 137-98-PE, por cuanto la misma se encuentra en estado operativo conforme lo demuestra con el Certificado de Inspeccion de Condicion Nº LMA/98/278-CIC de fecha 28 de febrero de 1998, asimismo, adjunta el Certificado de Matricula y el Certificado Compendioso de Dominio de dicha embarcacion pesquera, documentos que acreditan que el numero de matricula ha sido variado a CE-0264-PM, subsanando asi la observacion formulada, por lo que resulta procedente la peticion del recurrente y, en consecuencia, corresponde excluir la embarcacion pesquera "DONA CHELA" del Anexo 2 de la Resolucion Ministerial Nº 137-98-PE asi como del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 501-98PE e incluirla en el Anexo III de esta MORDAZA resolucion; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas mediante el Articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 501-98-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporar a la embarcacion pesquera denominada "DONA CHELA" de matricula Nº CE-0264-PM, con permiso de pesca otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 662-97-PE, en el Anexo III y excluirla del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 501-98-PE, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion 3676

pondiente a la Direccion Nacional de Extraccion, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar al Museo de Historia Natural de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, bajo la responsabilidad del biologo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion para efectuar investigacion mediante el desarrollo del proyecto "Evaluacion Ictiologica en los departamentos de Amazonas, San MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ucayali y MORDAZA de Dios", y para la toma de muestras de especimenes icticos hasta las cantidades indicadas en el proyecto, empleando redes de arrastre (chinchorro), de cerco (honderas), de MORDAZA (atarrayas) y de mano (calcales), a fin de realizar estudios sobre taxonomia, biologia y limnologia en la MORDAZA del rio Amazonas, en el territorio peruano, y sus efluentes que geograficamente abarcan los departamentos citados, por el periodo de dos (2) anos, a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion. Articulo 2º.- El recurrente debera presentar a la Direccion Nacional de Extraccion informes trimestrales y el informe final de las investigaciones realizadas, asi como copias de las publicaciones que se generen, cuyo incumplimiento sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 3º.- El recurrente se sujetara a lo establecido en las normas legales vigentes y a las que sobre la materia dicte el Ministerio de Pesqueria. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA, al Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana - IIAP y al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion 3677

Autorizan a museo de universidad la extraccion de especimenes icticos del rio Amazonas y efluentes, con fines de investigacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 070-99-PE/DNE MORDAZA, 18 de marzo de 1999 Visto el expediente de Registro Nº 03723003 con escritos de fechas 30 de setiembre de 1998 y 9 de febrero de 1999, presentados por el Museo de Historia Natural de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, mediante los cuales solicita autorizacion para efectuar investigacion pesquera con extraccion de especimenes icticos en la MORDAZA del rio Amazonas y MORDAZA tributarios; CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º, 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que las autorizaciones son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado a las personas naturales y juridicas para el desarrollo de la actividad pesquera, encontrandose la actividad de investigacion exceptuada del pago de derechos; Que el Articulo 29º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, senala que la investigacion pesquera es una actividad para cuyo ejercicio se requiere autorizacion previa, en el caso que se extraiga recursos hidrobiologicos; Que mediante los escritos del visto, el recurrente solicita autorizacion para efectuar investigacion pesquera con extraccion de especimenes icticos mediante el desarrollo del proyecto de investigacion "Evaluacion Ictiologica en los departamentos de Amazonas, San MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ucayali y MORDAZA de Dios", orientado a la evaluacion limnologica y biologica de las especies icticas de consumo que se encuentran presentes en la MORDAZA del rio Amazonas, en el territorio peruano, incluyendo sus efluentes en norte, centro y sur del oriente peruano, con enfasis en los estudios de taxonomia de recursos icticos para la elaboracion de un inventario taxonomico de peces, y la evaluacion del estado de conservacion de dichos recursos y de los ecosistemas acuaticos; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por el recurrente, se ha determinado que ha cumplido con los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 9, corres-

Autorizan a armadores pesqueros el incremento de flota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 071-99-PE/DNE MORDAZA, 18 de marzo de 1999 Visto el expediente de Registro Nº NM-115003 con escrito de fecha 1 de diciembre de 1998, presentado por los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, mediante el cual solicitan autorizacion de incremento de flota para la construccion de una (1) embarcacion pesquera de MORDAZA, para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos subexplotados con destino al consumo humano directo; CONSIDERANDO: Que el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con la autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria, en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos, la que se otorgara solo a aquellos armadores pesqueros cuyas embarcaciones posean sistema de preservacion a bordo, adecuados artes y aparejos de pesca y su operacion se oriente a la extraccion de recursos hidrobiologicos subexplotados e inexplotados; Que los Articulos 45º y 48º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establecen las condiciones y requisitos de caracter tecnico para el otorgamiento de las autorizaciones de incremento de flota para las embarcaciones de mayor escala que posean adecuados medios o sistemas de preservacion a bordo, artes y aparejos de pesca que se dediquen a la pesca para consumo humano directo; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 009-99PE modificada por la Resolucion Ministerial Nº 072-99-

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