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Pág. 191240 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de agosto de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 03020, el Banco de Crédito del Perú solicita autorización para la salida tem- poral del país de diecisiete (17) obras pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación, para ser exhibidas en la exposición denominada "Santa Rosa de Lima", a reali- zarse en las salas de la Corporación Cultural Las Condes de la ciudad de Santiago de Chile, del 3 de agosto al 3 de setiembre del año 2000, la mencionada Corporación Cul- tural de Santiago de Chile, es la entidad que organiza la muestra y tiene en el Banco de Crédito del Perú su agente para trámites de exportación y selección de las piezas que desde Lima deberán viajar a la ciudad de Santiago de Chile; Que, mediante carta de fecha 13 de julio del 2000, la Corporación Cultural Las Condes de Santiago de Chile, a través de su Director General, señor Francisco Javier Court, se compromete a resguardar la integridad física de las obras de arte solicitadas a diferentes instituciones del Perú, con el fin de integrar la exposición denominada "Santa Rosa de Lima", a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile; Que, mediante Informe Nº 165-INC-2000/DRNPM, la Dirección de Registro Nacional del Patrimonio Mueble del Instituto Nacional de Cultura, opina favorablemente por la Autorización de Salida Temporal del país de diecisiete (17) obras pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales se encuentran inscritas en los Padrones correspondientes; Que, los Bienes Culturales cuya salida temporal se solicita, están cubiertos contra todo riesgo en la modali- dad "Clavo a Clavo", mediante Póliza de Seguro Nº 991021 de EL PACIFICO PERUANO SUIZA COMPA- ÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, desde el 20 de julio del 2000 al 15 de setiembre del 2000, a nombre del Estado Peruano y los coleccionistas particulares que intervienen; Que, son funciones del Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación tanto en el país como en el extranjero, por lo que reco- mienda autorizar la salida temporal de los bienes detalla- dos según Anexo Nº 01; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, la Ley Nº 24047, el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 50-94-ED; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, hasta el 3 de setiem- bre del presente año, la salida temporal del país de diecisiete (17) obras, pertenecientes al Patrimonio Cultu- ral de la Nación, según relación que se adjunta en Anexo Nº 01, de propiedad de Colección Museo Nacional de Antropología, Arqueología e Historia del Perú (01 pintu- ra), Colección Banco de Crédito del Perú (01 pintura), Colección del Convento de Santa Rosa de Ocopa, Junín (14 relieves), Colección Privada, Luis Repetto Málaga (01 escultura), para la exhibición de la exposición denomina- da "Santa Rosa de Lima" a realizarse en las salas de la Corporación Cultural de Las Condes en Santiago de Chile, del 3 de agosto al 3 de setiembre del 2000. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adopta- rá las medidas más adecuadas para verificar las caracte- rísticas, estado de conservación, autenticidad de los bie- nes culturales a los que se contrae la presente Resolución, a su retorno al país. Artículo 3º.- Designar como COMISARIO al señor José Centurión Padilla, Especialista Cultural IV de la Dirección del Registro Nacional del Patrimonio Mueble del Instituto Nacional de Cultura, quien cumplirá la labor de verificación de las piezas, del embalaje y desembalaje, tanto en Lima como en Santiago de Chile. El señor José Centurión Padilla, informará a la Dirección General del Patrimonio Monumental y Cultural del Instituto Nacio- nal de Cultura, el resultado y pormenores de la exhibición. El viaje y estadía del comisario serán íntegramente cu- biertos por la entidad organizadora, así como los gastos de movilidad, local, impuestos de aeropuerto y gastos ocasio- nales. Artículo 4º.- Los gastos que se deriven del embalaje, fletes, seguros, traslados de los bienes culturales y cual-quier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los Bienes del Patrimonio Cultural de la Nación a que se refiere la presente Resolución serán íntegramente cubier- tos por el organizador. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 8914 Aceptan renuncia de Viceministra de Gestión Institucional RESOLUCION SUPREMA Nº 100-2000-ED Lima, 2 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 126-98-ED, se designó a la señora Susana Seto Miyamoto como Vice- ministra de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, la mencionada funcionaria ha formulado renun- cia al cargo antes referido; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Susana Seto Miyamoto, al cargo de Viceministra de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 8915 Aceptan renuncia de Viceministro de Gestión Pedagógica RESOLUCION SUPREMA Nº 101-2000-ED Lima, 2 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 142-99-ED, se designó al señor Angel Jorge Galli Alvarez como Vice- ministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Edu- cación; Que, el mencionado funcionario ha formulado renun- cia al cargo antes referido; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Angel Jorge Galli Alvarez como Viceministro de