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Pág. 191244 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de agosto de 2000 los Informes Técnico Nº 109-2000-DEJCMT/FA, Financie- ro Nº 038-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 077-2000-DE- JCMT/CFS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa COSTA DEL SOL S.A. la explotación de máquinas tragamonedas en el Hotel 3 Estrellas denominado "Costa del Sol" ubicado en el jirón San Martín Nº 275; distrito, provincia y departa- mento de Tumbes. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empresa COSTA DEL SOL S.A. a explotar ochenticinco (85) máquinas tragamonedas y treintitrés (33) memorias de solo lectura, cuyas características aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquél para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Los modelos de máquinas tragamo- nedas y aquellas memorias de solo lectura que confor- man los programas de juego autorizados en la presen- te Resolución, que no se encuentren registrados por la Dirección Nacional de Turismo, únicamente podrán ser explotados hasta el 31 de julio del 2000, fecha en la cual de no haber obtenido el registro correspondiente tendrán que ser retirados o reemplazados, bajo aper- cibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- Para efectos de la explotación de máqui- nas tragamonedas, téngase presente lo dispuesto por el Artículo 13.2 de la Ley Nº 27153. Artículo 5º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada a la empresa COSTA DEL SOL S.A. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre del 2003. Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 8808 Modifican artículo de resolución mediante la cual se autorizó a SOLNA INTERNATIONAL S.A. explotar juegos de casino en el distrito de Miraflores, provincia de Lima RESOLUCION DIRECTORAL Nº 350-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 24 de julio del 2000 Vistos, el Expediente Nº 008480-2000-MITINCI, de fecha 16.JUN.2000, con el cual la empresa SOLNA IN- TERNATIONAL S.A. solicita Incremento y Retiro de Modalidades de Juegos de Casino en las instalaciones del Hotel "CONDADO MIRAFLORES HOTEL", y los Infor- mes Legal Nº 021-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/ rrc y Técnico Nº 044-2000- MITINCI/VMT/ DNT/DE- JCMT-FAP; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 001- 2000-MITINCI/VMT/DNT se autorizó a la empresa SOLNA INTERNATIONAL S.A. la Explotación de Juegos de Casino en las instalaciones del Hotel "CON- DADO MIRAFLORES HOTEL" ubicado en la calle Alcanfores Nº 465, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, de la evaluación del expediente se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para incrementar y reducir modalidades de juegos de casino que exige la legislación vigente; Que, mediante el incremento y reducción de modalida- des de juegos de casino solicitado por la empresa SOLNAINTERNATIONAL S.A. se pretende modificar el Art. 3º de la Resolución Directoral Nº 001-2000-MITINCI/VMT/ DNT; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autori- dad administrativa competente es de su injerencia adop- tar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, estando a lo opinado por los Informes Legal Nº 021-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/rrc y Técnico Nº 044-2000- MITINCI/VMT/DNT/DE- JCMT-FAP; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 3º de la Resolución Directoral Nº 001-2000-MITINCI/VMT/DNT, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3º.- La presente autorización faculta a la empresa SOLNA INTERNATIONAL S.A. a instalar en su sala de juegos de casino diez (10) mesas de juego según la descripción siguiente: Nombre del juego Nº de Número de de casino Requisito Mesas Ruleta tipo Francesa JC0002 3 Black Jack JC0001 4 Póker Caribeño JC0008 1 Midi Punto y Banca JC0006 2 " Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia al día siguiente de su notificación. Regístrese, notifíquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA Directora Nacional de Turismo 8809 Autorizan a Inversiones Bulgaria S.A. la explotación de máquinas tragamo- nedas en establecimientos ubicados en las provincias del Callao y Lima RESOLUCION DIRECTORAL Nº 355-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 24 de julio del 2000 Vistos, el Expediente Nº 003138-2000-MITINCI presentado por la empresa Inversiones Bulgaria S.A. solicitando autorización para la explotación de máquinas tragamonedas en el Bingo "Golden City", ubicado en Av. Sáenz Peña Nº 202; distrito y provincia del Callao y los Informes Técnico Nº 180-2000-DEJCMT/HR, Financiero Nº 050-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 084-2000-DE- JCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se reguló la explo- tación de los juegos de casino y máquinas tragamone- das, estableciendo los requisitos y documentos reque- ridos para obtener una autorización para explotar máquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, In- tegración y Negociaciones Comerciales Internaciona- les; Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 004- 2000-ITINCI, se faculta a la Dirección Nacional de Turis- mo a permitir hasta el 31 de julio del 2000, la explotación de máquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción presentada por la empresa Inversiones Bulgaria S.A. en el Expediente Nº 003138-2000-MITINCI se advierte