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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (03/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 191251 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de agosto de 2000 ARTICULO 5 Las medidas señaladas en el Artículo anterior, serán adoptadas por el Consejo Andino de Ministros de Rela- ciones Exteriores mediante Decisión, sin la participación del País Miembro afectado. La Decisión entrará en vigen- cia en la fecha de su aprobación y será notificada de inmediato a dicho país. ARTICULO 6 Sin perjuicio de lo anterior, los Gobiernos de los Países Miembros continuarán desarrollando gestiones diplomá- ticas tendientes a propiciar el restablecimiento del orden democrático en el País Miembro afectado. ARTICULO 7 Las medidas adoptadas en virtud del Artículo 4 cesa- rán mediante Decisión una vez que el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores determine que se ha restablecido el orden democrático en el país afectado. ARTICULO 8 La Comunidad Andina procurará incorporar una cláu- sula democrática en los acuerdos que suscriba con terce- ros, conforme a los criterios contenidos en este Protocolo. ARTICULO 9 Este Protocolo entrará en vigencia cuando todos los Países Miembros hayan depositado el respectivo instru- mento de ratificación en la Secretaría General de la Comunidad Andina. Hecho en la ciudad de Oporto, Portugal, a los diecisiete días del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho, en cinco originales, todos ellos igualmente válidos. Por la República de Bolivia JAVIER MURILLO DE LA ROCHA Por la República de Colombia GUILLERMO FERNANDEZ DE SOTO Por la República del Ecuador JOSE AYALA LASSO Por la República del Perú FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Por la República de Venezuela MIGUEL ANGEL BURELLI RIVAS 8909 Autorizan pago de cuota al Programa de Desarrollo Audiovisual en apoyo a la Construcción del Espacio Visual Iberoamericano (IBERMEDIA) RESOLUCION SUPREMA Nº 365-2000-RE Lima, 2 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los Organismos Internacionales prio- rizados, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas, acrecentar el beneficio de los Flujos de Cooperación y Asistencia Técni- ca Internacional; Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de las cuotas y adeudos a los Organismos Internacionalespriorizados, con cargo al presupuesto asignado al Minis- terio de Relaciones Exteriores para el ejercicio presupues- tal 2000; Que, la cancelación de las cuotas priorizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, serán atendidas de acuerdo a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con el Artículo 11º de la Ley Nº 27212 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio presupuestal 2000-; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pago al Programa de Desa- rrollo Audiovisual en Apoyo a la Construcción del Espacio Visual Iberoamericano (IBERMEDIA) por el importe de CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTA- DOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 50,000.00), por con- cepto de cancelación de la cuota correspondiente al año 2000. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo preceden- te, serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00165, Componente 0966, Meta 00576, Genérica 4 Otros Gastos Corrien- tes, Específica 42 Cuotas Internacionales del Presu- puesto del Ministerio de Relaciones Exteriores corres- pondiente al ejercicio 2000. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 8927 M T C Nombran Director General de Aeronáutica Civil del Ministerio RESOLUCION SUPREMA Nº 106-2000-MTC Lima, 28 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 121-99-MTC, se designó al doctor JOSE LUIS HARMES BOURONCLE en el cargo de Director General de Transporte Aéreo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, según lo dispuesto en el Artículo 8º de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil está a cargo de un Director General designado mediante Resolución Suprema, a pro- puesta del Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, en cumplimiento de lo establecido en la citada ley, debe dictarse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Nombrar a partir de la fecha, al doctor JOSE LUIS HARMES BOURONCLE en el cargo de Director General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo Octavo de la Ley Nº 27261.