Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2000 (31/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, jueves 31 de agosto de 2000
CAPITULO III

NORMAS LEGALES
Asamblea General

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DE LA COMISION DE REGANTES Definicion de Comision de Regantes Articulo 8º.- La Comision de Regantes es la organizacion representativa de los usuarios de agua con fines agrarios de un Sector o Subsector de Riego. Su Junta Directiva es elegida por MORDAZA universal y secreto de los usuarios de agua habiles. Funciones de las Comisiones de Regantes Articulo 9º.- Son funciones de las Comisiones de Regantes: 9.1 Participar en la formulacion, ejecucion , y control de los Planes de Cultivo y Riego, en coordinacion con la Gerencia Tecnica de la Junta de Usuarios correspondiente. 9.2 Ejecutar y controlar la distribucion del agua en el ambito de su Sector o Subsector de Riego, en concordancia con el rol de riego aprobado por la Autoridad Local de Aguas, formulado en coordinacion con la Gerencia Tecnica de la Junta de Usuarios correspondiente. 9.3 Participar financieramente en la formulacion, ejecucion y control de los planes de conservacion y mantenimiento de la infraestructura mayor y menor de riego, drenaje, vias de comunicacion, edificaciones y construcciones, asi como en obras de defensas riberenas de su sector o subsector de riego, de acuerdo a las disposiciones MORDAZA por la Autoridad Local de Aguas. 9.4 Gestionar el financiamiento de estudios, y obras autorizadas por la Autoridad Local de Aguas, previa aprobacion de su Asamblea General, tendientes al desarrollo y a la mejor utilizacion del recurso agua. 9.5 Contribuir proporcionalmente al financiamiento de la operacion, conservacion y mantenimiento de las obras de regulacion y conexas. 9.6 Apoyar, bajo responsabilidad, a la Junta de Usuarios en la cobranza de las tarifas de agua con fines agrarios, para este efecto la Comision de Regantes debera contar previamente con un local adecuado e implementado con la logistica y seguridad necesaria. 9.7 Contribuir proporcional y obligatoriamente con el pago de los adeudos contraidos por la Junta de Usuarios en la adquisicion de bienes de capital y ejecucion de obras, de acuerdo al presupuesto anual aprobado en Asamblea General. 9.8 Concertar creditos para los fines que senale el presente Reglamento y otras disposiciones especificas, bajo la supervision de la Autoridad Local de Aguas, propendiendo a la adquisicion de maquinaria para el mantenimiento de la infraestructura de riego, drenaje y defensas riberenas existentes en su ambito; asimismo, participar en el reembolso de dichos creditos. 9.9 Promover la asistencia y participacion de sus miembros a las reuniones y asambleas que convoque su Junta Directiva. 9.10 Participar en el desarrollo de los proyectos de conservacion de la foresta riberena para prevenir el efecto erosivo de las aguas mediante trabajos de forestacion y reforestacion de fajas marginales de los MORDAZA con plantaciones forestales, evitando su uso para fines agricolas y asentamientos humanos. 9.11 Apoyar a la Autoridad de Aguas en el cumplimiento de las disposiciones que dicte con relacion a la conservacion y preservacion del agua y proteccion de cuencas. 9.12 Promover y ejecutar cursos de capacitacion y extension que contribuyan a una mejor gestion de la organizacion. CAPITULO IV DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO DE LA COMISION DE REGANTES Organo de gobierno de la Comision de Regantes Articulo 10º.- Son organos de gobierno de las Comisiones de Regantes, la Asamblea General de Regantes y la Junta Directiva. MORDAZA estaran presididas por su Presidente y en su ausencia por su Vicepresidente. Organo Supremo Articulo 11º.- La Asamblea General es el organo supremo de la Comision de Regantes en la que participaran unicamente los usuarios de agua habiles. Sus acuerdos obligan a todos los usuarios en cuanto MORDAZA adoptados de conformidad con el presente reglamento, sus respectivos estatutos y los demas dispositivos juridicos vigentes.

Articulo 12º.- La Asamblea General podra ser ordinaria y extraordinaria. La primera se realizara cuando menos tres veces al ano (enero, MORDAZA y octubre) y la MORDAZA las veces que MORDAZA necesarias. Formalidades de la convocatoria a Asamblea General Articulo 13º.- La convocatoria a Asamblea General sea ordinaria o extraordinaria, se MORDAZA por lo menos con diez dias de anticipacion, empleando el medio de comunicacion mas adecuado. La citacion debera senalar el lugar, dia y hora de la primera y MORDAZA convocatorias, agenda a tratarse, fecha, nombre y firma del Presidente que la convoca. Es potestad de la Autoridad Local de Aguas convocar a dicha Asamblea en caso de incumplimiento de la Junta Directiva. Quorum y constitucion de Asamblea General Articulo 14º.- La Asamblea General quedara legalmente constituida si despues de 30 minutos de la hora indicada en la citacion para la primera convocatoria se contase con el quorum establecido de usuarios de agua habiles segun estatutos. Si no se alcanzara este porcentaje a la hora senalada para la MORDAZA convocatoria, la Asamblea quedara automaticamente constituida con el numero de usuarios de agua habiles asistentes. Temas de la Asamblea General Ordinaria Articulo 15º.- Corresponde a la Asamblea General Ordinaria: 15.1 Aprobar la gestion administrativa y economica de la Junta Directiva mediante el analisis de los estados financieros semestrales, hasta el 31 de MORDAZA del presente ejercicio y anuales hasta el 31 de enero del ejercicio anterior. 15.2 Aprobar hasta el 31 de octubre el Programa Anual de Trabajo y el correspondiente presupuesto que proponga la Junta Directiva para el ejercicio siguiente. Temas de la Asamblea General Extraordinaria Articulo 16º.- Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria: 16.1. Aprobar y autorizar la gestion de prestamos y su financiacion, requiriendose, para tal efecto, el MORDAZA aprobatorio de las dos terceras partes de los usuarios de agua habiles asistentes. 16.2. Dar conformidad al valor de la cuota propuesta por la Junta Directiva, cuando la circunstancia lo requiera y no este prevista en el programa Anual de Trabajo, para su posterior autorizacion de cobranza via Resolucion Administrativa emitida por la Autoridad Local de Aguas; la cual sera abonada por todos los usuarios del Ambito de la Comision de Regantes. La supervision y control del manejo de esta cuota corresponde a la Junta de Usuarios. 16.3. Aprobar y modificar los Estatutos con el MORDAZA aprobatorio de las dos terceras partes de los usuarios de agua habiles asistentes. 16.4 Acordar la remocion de miembros de la Junta Directiva por los supuestos establecidos en el Articulo 66º del presente reglamento. 16.5. Establecer la responsabilidad administrativa de los miembros de la Junta Directiva, autorizando al presidente, o a otro miembro de la Comision, para que inicie las acciones legales a que hubiere lugar. La Comision de Regantes asumira los costos y costas judiciales debidamente acreditados por la persona autorizada. 16.6. Elegir a los miembros del Comite Electoral, debiendo ser usuarios de agua habiles, que debera ser reconocido por la Autoridad Local de Aguas mediante Resolucion Administrativa, previo al ejercicio de sus cargos. Libro de Acta de la Asamblea Articulo 17º.- Los acuerdos de la Asamblea General constaran en el libro de actas legalizado. El Acta sera suscrita por todos los usuarios de agua habiles asistentes, debiendo anotar su numero de documento de identidad y nombre. En caso de no saber firmar pondra su huella digital. Caso de convocatoria a Asamblea por la Autoridad Local de Aguas Articulo 18º.- En caso que la Junta Directiva no citara a Asamblea General Ordinaria, dentro de los plazos previstos en el presente reglamento o en sus respectivos estatutos, la

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