TEXTO PAGINA: 18
Pág. 192324 NORMAS LEGALES Lima, jueves 31 de agosto de 2000 Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2000-MTC, Re- glamento de Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado a cargo de COFOPRI, se establece que las acciones de formalización de la propiedad en Programas de Vivienda del Estado se inician e impulsan de oficio y progresivamente, gestionando, cuando corresponda, la inscrip- ción registral de la titularidad del predio matriz y del Progra- ma de Vivienda a favor de la entidad responsable; Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 27313, establece que previa opinión favorable de la Superintendencia de Bienes Nacionales, se podrá disponer a través de Resolución Minis- terial, la transferencia a favor de las entidades, de predios ocupados por sus Programas de Vivienda de propiedad de otras entidades del Estado, estableciendo las condiciones según las cuales se efectuará las transferencias y en mérito de la cual procederá su inscripción en el registro respectivo; Que, de conformidad con lo glosado en el considerando que antecede constituyen condiciones de la transferencia, los ajustes contables y las acciones necesarias para la compensa- ción de la transferencia de la cartera de créditos con recursos BANVIP/FONAVI, asumida por la cuenta del Ministerio de la Presidencia/UTE-FONAVI/CUENTA FONAVI, así como la transferencia del acervo documentario existente; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; Con la visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, Decreto Supremo Nº 010-2000-MTC, Ley Nº 27044 y Ley Nº 27313; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferir en propiedad a favor del Minis- terio de Economía y Finanzas/FONAVI en Liquidación, el área de 112 520,56 m2, ubicada en el distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash, que se encuentra comprendida en los terrenos de propiedad del Estado, denominados "Pampas de Chimbote y Río Seco" inscritos en el Asiento 50, Fojas 304 del Tomo 2 del Registro de la Propiedad Inmueble de Chimbote, de acuerdo a las condiciones descritas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral Regional de la Región Chavín de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos por el mérito de la presente Resolución Ministerial, inscribirá la transferencia indicada en el artículo precedente, en el Registro de la Propiedad Inmueble de Chimbote. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA LUISA ALVARADO BARRANTES Ministra de la Presidencia 9889 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 178-2000-PRES Lima, 28 de agosto del 2000 Visto, el expediente del Programa de Vivienda H.U.P. "David Dasso Hoocke" - Sector B, ubicado en el distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa, departamento de An- cash; CONSIDERANDO: Que, el terreno de 89 085,26 m2, ubicado en el distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa, departamento de An- cash, no se encuentra inscrito en la Oficina Registral Regio- nal de la Región Chavín; Que, con Oficio Nº 0777-00-COFOPRI CHIMBOTE, de fecha 30 de junio del 2000, la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, manifiesta que el terreno descrito en el primer considerando presenta dos superposi- ciones con áreas registradas, siendo total la primera con terrenos del fundo denominado "Tambo Real" - Sector "Pam- pas de Chimbote y Río Seco", inscrito en el Asiento 50, Fojas 304, Tomo 2 del Registro de la Propiedad Inmueble de Chim- bote, a favor del Estado y la segunda con el área de 74 159,36 m2 con la "Zona Los Alamos - PPAO", de propiedad municipal, inscrita en la Ficha Nº 00035110 del Registro de la Propiedad Inmueble de Chimbote; Que, en el "Programa de Vivienda H.U.P. David Dasso Hoocke" - Sector B, se ha detectado la existencia de contratos de compraventa con garantía hipotecaria, los cuales fueron suscritos por la Empresa Nacional de Edificaciones - ENA- CE, en representación del Banco de la Vivienda del Perú - FONAVI, además de existir contratos emitidos por el Ministe- rio de la Presidencia - Cuenta FONAVI;Que, mediante Ley Nº 27044 se declara de necesidad y utilidad pública el saneamiento legal de las unidades inmo- biliarias de propiedad de las cuentas del Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI disponiéndose su inscripción a nombre del Ministerio de Economía y Finanzas/FONAVI en Liquida- ción; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2000-MTC, Re- glamento de Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado a cargo de COFOPRI, se establece que las acciones de formalización de la propiedad en Programas de Vivienda de Estado se inician e impulsan de oficio y progresiva- mente, gestionando, cuando corresponda, la inscripción re- gistral de la titularidad del predio matriz y del Programa de Vivienda a favor de la entidad responsable; Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 27313, establece que previa opinión favorable de la Superintendencia de Bienes Nacionales, se podrá disponer a través de Resolución Minis- terial, la transferencia a favor de las entidades, de predios ocupados por sus Programas de Vivienda de propiedad de otras entidades del Estado, estableciendo las condiciones según las cuales se efectuará las transferencias y en mérito de la cual procederá su inscripción en el registro respectivo; Que, de conformidad con lo glosado en el considerando que antecede, constituyen condiciones de la transferencia, los ajustes contables y las acciones necesarias para la compensa- ción de la transferencia de la cartera de créditos con recursos BANVIP/FONAVI, asumida por la cuenta Ministerio de la Presidencia/UTE-FONAVI/CUENTA FONAVI; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 009-99-MTC, Decreto Supremo Nº 010-2000-MTC, Ley Nº 27044 y Ley Nº 27313; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferir en propiedad a favor del Minis- terio de Economía y Finanzas/FONAVI en Liquidación, el área de 89 085,26 m2, ubicada en el distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash, que se superpone con terrenos del fundo denominado "Tambo Real" - Sector "Pampas de Chimbote y Río Seco", de propiedad del Estado, inscrita en el Asiento 50, Fojas 304, Tomo 2 del Registro de la Propiedad Inmueble de Chimbote y con el área de 74 159,36 m2, ubicado en la "Zona Los Alamos - PPAO", de propiedad municipal, de acuerdo a las condiciones se detallan en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral Regional de la Región Chavín de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos por el mérito de la presente Resolución Ministerial, inscribirá la transferencia indicada en el artículo precedente, en el Registro de la Propiedad Inmueble de Chimbote. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA LUISA ALVARADO BARRANTES Ministra de la Presidencia 9890 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 179-2000-PRES Lima, 28 de agosto del 2000 Visto, el expediente del Programa de Vivienda "José Ortiz Vergara", ubicado en el distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional San Cristóbal de Huaman- ga es propietaria de los lotes de terreno denominados "A" de 43,00 ha., inscrito en la Ficha de Traslado Nº 007453-020903 y "B" de 50,00 ha., inscrito en la Ficha de Traslado Nº 007662- 020903, del Registro de la Propiedad Inmueble de Ayacucho; Que, el Estado es propietario del área de 957 772,47 m2 del Fundo Pampa del Arco inscrito en la Ficha de Traslado Nº 001896-020903 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ayacucho; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 1140-87, de fecha 10 de noviembre de 1987, la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga aprobó la suscripción del Convenio de Cesión de Terreno con cargo a Compensación con lotes debidamente habilitados, Ejecución de Obras y Financia- miento del Proyecto urbanización "Ciudad Universitaria Ayacucho", entre el Banco de la Vivienda del Perú, la Empre- sa Nacional de Edificaciones y la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga;