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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (31/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 192327 NORMAS LEGALES Lima, jueves 31 de agosto de 2000 fojas 06 a 17 resultaron coincidentes; de igual manera, la verificación de la manipulación de billetes impregnados con reactivo químico resultó positiva, mostrando las manos del juez denunciado huellas del reactivo; Cuarto.- Que, asimismo, de fojas 21 a 24 se encuentra la manifestación tomada al juez Purilla Ventura por la OCMA, en la que admitió haber recibido los setecientos nuevos soles del quejoso; además, señaló que 20 ó 25 días antes había recibido también doscientos nuevos soles; Quinto.- Que, la inconducta funcional del procesado ha quedado plenamente probada con su propia manifestación, al haber admitido que aceptó dinero de un litigante, contravi- niendo lo dispuesto en el Artículo 196º inciso 2) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que prohíbe a los magistrados aceptar de los litigantes o sus abogados o por cuenta de ellos, entre otras cosas, donaciones y obsequios; asimismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 201º de la norma antes citada, el procesado incurrió en responsabilidad disci- plinaria, al haber atentado públicamente contra la respetabi- lidad del Poder Judicial y por haber menoscabado con su conducta el decoro y respetabilidad del cargo; Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las prue- bas con criterio de conciencia, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura considera que hay motivos suficientes para aplicar en este caso la sanción de destitución, por lo que en uso de sus facultades previstas por el Artículo ciento cincuenta y cuatro inciso tercero de la Constitución Política, Artículos primero y segundo de la Ley número veintiséis mil novecientos setentitrés y demás pertinentes de su Ley Orgá- nica, y estando a lo acordado por unanimidad en sesión del 2 de agosto del 2000 SE RESUELVE: Primero.- Destituir al doctor Félix Alberto Purilla del cargo de Juez Provisional del Juzgado Mixto de Lucanas, Puquio, Distrito Judicial de Ica, por los hechos descritos en la parte considerativa de esta resolución. Segundo.- Disponer la cancelación del título y todo otro nombramiento que se le hubiere otorgado al magistrado desti- tuido a que se contrae el Artículo primero de la presente resolución, inscribiéndose la medida en el registro personal, debiéndose asimismo cursar oficio al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, a la señorita Fiscal de la Nación y a la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, y publicarse la presen- te resolución, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Regístrese y comuníquese. CARLOS EDUARDO HERMOZA MOYA JORGE A. ANGULO IBERICO JORGE EUGENIO CASTAÑEDA MALDONADO TEOFILO IDROGO DELGADO FERMIN CHUNGA CHAVEZ LUIS FLORES PAREDES JORGE LOZADA STAMBURY 9895 INDECOPI Aceptan renuncia de Jefe del Area de Estudios Económicos del Indecopi RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 084-2000-INDECOPI/DIR Lima, 29 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que el funcionamiento eficiente de una economía de mercado requiere de instituciones que garanticen el cumpli- miento de los objetivos que persiguen las políticas de compe- tencia y de protección de los derechos de propiedad intelec- tual; Que el diseño de las políticas de competencia y de la propiedad intelectual deben basarse en una evaluación del costo beneficio de la intervención del Estado en los mercados tanto a nivel interno como en el marco de los procesos de integración regional y globalización de la actividad económica;Que la presencia de funcionarios competentes e institu- ciones encargadas de velar por la leal y honesta competencia en los principales foros de negociaciones internacionales resulta indispensable a fin de afrontar los nuevos retos que trae consigo la globalización y la agenda de inserción del Perú en la economía mundial desde una perspectiva sistémica; Que el Indecopi tiene como misión ser el facilitador de la leal y honesta competencia y de la innovación en el Perú; Que en ese contexto, resultó necesario impulsar la crea- ción de un área al interior del Indecopi encargada de efectuar Estudios Económicos con la finalidad de introducir los crite- rios de costo beneficio económico en las decisiones del Indeco- pi y a la vez dar una visión sistémica interna y externa del rol de las políticas de competencia y de propiedad intelectual en el mercado; Que, adicionalmente, el Area de Estudios Económicos del Indecopi tiene como función analizar las condiciones de competencia en los mercados y complementar el análisis económico de los órganos funcionales de la institución; Que, asimismo, el Area de Estudios Económicos del Inde- copi está encargada de evaluar y de proponer estrategias de promoción que integren y complementen la labor de los distintos órganos funcionales del Indecopi desde una pers- pectiva global; Que las funciones de esta Area de Estudios Económicos exigían que quienes la integraran tuvieran un alto nivel de preparación en técnicas de análisis de equilibrio general y de organización industrial aplicadas para la evaluación del impacto en los mercados de bienes y servicios de las medidas dictadas en beneficio del consumidor; Que los resultados de esta permanente labor de análisis constituyen insumos para la labor diaria de las Comisiones, Oficinas y Salas del Tribunal del Indecopi y permiten elabo- rar la agenda de temas de política institucional, haciendo posible que el Indecopi pueda cumplir su papel de árbitro en disputas de mercado y de autoridad en temas de promoción y regulación de las condiciones de competencia; Que para el diagnóstico, diseño e implementación del Area de Estudios Económicos así como de las metodologías necesa- rias para medir el impacto de las decisiones de los órganos funcionales del Indecopi, se convocó al economista Armando Cáceres Valderrama, quien se constituyó como gestor del área; Que, de otro lado, el Area de Estudios Económicos, liderada por el señor Armando Cáceres Valderrama, diseñó y elaboró una serie de Documentos de Trabajo que han sido publicados por la institución, los mismos que efectúan un análisis costo beneficio de las normas propuestas en dichos Documentos de Trabajo, los mismos que han servido de fundamento para la promulgación de varias leyes y normas a nivel nacional; Que la labor del Area de Estudios Económicos del Indeco- pi no ha estado restringida al ámbito nacional sino que se ha constituido en pilar fundamental pera que el Indecopi enfren- te retos de la globalización, reflejada en la participación del país en diferentes temas de negociación internacional; Que en tal sentido, el señor Armando Cáceres Valderra- ma fue designado como Delegado del Perú en el Grupo de Negociaciones de Políticas de Competencia del ALCA- Area de Libre Comercio de las Américas; Que asimismo el señor Armando Cáceres Valderrama fue designado Presidente del Comité de Políticas de Competencia y Desregulación de APEC -Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico-; Que, finalmente, el Indecopi como institución encargada de velar la leal y honesta competencia en los mercados, tiene un importante rol que cumplir, apoyando a que la labor de las distintas agencias reguladoras se enmarque dentro de un conjunto de principios comunes que garanticen la consisten- cia de las políticas que éstas adopten; Que desde esa perspectiva el señor Armando Cáceres Valderrama fue designado como representante del Indecopi ante el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), encargándose, además, a raíz de la promulgación de la Ley Nº27332 - Marco de los Organis- mos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos de coordinar y organizar la participación del Indeco- pi en los Organismos Reguladores; Que asimismo el señor Armando Cáceres Valderrama ha prestado valiosos servicios a la Comisión de Libre Competencia del Indecopi en los tres períodos en los cuales ejerció en el cargo de miembro de dicha Comisión entre los años 1993 y 2000; Que el señor Armando Cáceres Valderrama es un profe- sional que ha contribuido en forma decidida con la institución dando un valioso marco conceptual de análisis a las Comisio- nes, Oficinas y Salas del Tribunal del Indecopi en temas de competencia y de propiedad Intelectual; Que el señor Armando Cáceres Valderrama, luego de haber cumplido un ciclo de cinco años de esmerada dedicación al servicio del Indecopi, ha presentado, con fecha 21 de agosto del 2000, su renuncia al cargo de Jefe del Area de Estudios Económicos del Indecopi y de representante del Indecopi ante el directorio de Osiptel;