Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2000 (31/08/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 31 de agosto de 2000

Autoridad Local de Aguas, queda obligada a convocarla de oficio. Dicha convocatoria se MORDAZA en el termino de los 15 dias posteriores a la fecha prevista, quedando obligados los miembros de la Junta Directiva a asistir a esta Asamblea, con la informacion respectiva, bajo sancion de remocion automatica, de acuerdo al Articulo 66º del presente Reglamento, sin perjuicio del inicio de las acciones legales que correspondan. Conformacion de la Junta Directiva de la Comision de Regantes Articulo 19º.- La Junta Directiva de la Comision de Regantes esta integrada por siete (7) miembros: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un Pro Tesorero y dos Vocales. Uno de los Vocales reemplazara al Secretario en caso de ausencia. Los estatutos fijaran las atribuciones y obligaciones de cada cargo, en concordancia con el presente Reglamento, asi como los casos de vacancia de cargos. La Junta Directiva elige a uno o dos de sus miembros segun sea el caso, para que integren la Junta Directiva de la Junta de Usuarios respectiva, segun lo indicado, en el Articulo 60º del presente Reglamento. La Junta Directiva de la Comision de Regantes se renovara cada tres anos, pudiendo ser reelegida de inmediato, solo para un periodo consecutivo. Para volver a postular como directivo, cualquiera de los miembros de una ex Junta Directiva, debe haber transcurrido como minimo un periodo, sujetos a los requisitos vigentes. Los miembros cesantes estan obligados, bajo responsabilidad penal, a entregar dentro de los treinta dias posteriores al cese, a la nueva Junta Directiva, los estados financieros de los ejercicios en que ocupo el cargo y demas documentos y libros contables de la organizacion, asi como el Patrimonio de la institucion, bajo cargo e inventario. Funciones de la Junta Directiva de la Comision de Regantes Articulo 20º.- Son atribuciones y obligaciones de la Junta Directiva de las Comisiones de Regantes: 20.1 Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea General; 20.2 Administrar los recursos economicos de la organizacion que representa, en MORDAZA con sus fines; 20.3 Dar cuenta a la Junta de Usuarios sobre la ejecucion de sus planes y programas, asi como del correspondiente manejo presupuestal. Asimismo, les remitira documentacion relativa a las tareas y jornales empleados en las laborales de mantenimiento de la infraestructura de riego y drenaje y de la ejecucion y control de la distribucion del agua. 20.4 Convocar a Asamblea General Ordinaria tres veces al ano y a la Asamblea General Extraordinaria las veces que fueran necesarias. 20.5 Interponer, bajo responsabilidad, las acciones legales que fueran necesarias, en cumplimiento de su funcion propia o por encargo de la Asamblea General. La Comision de Regantes asumira los costos y costas judiciales debidamente acreditados por la persona autorizada. 20.6 Proponer a la Asamblea General Extraordinaria, la remocion de sus miembros por estar incursos en cualesquiera de las causales del Articulo 66º del presente Reglamento. 20.7 Presentar a la Asamblea General Ordinaria la memoria anual, estados financieros y anexos; asi como el proyecto de su presupuesto y su Programa Anual de Trabajo. 20.8 Llevar y mantener al dia los libros de actas, contabilidad, inventario de bienes patrimoniales y toda la documentacion de su entidad representativa, de acuerdo a las disposiciones juridicas vigentes. 20.9 Recibir de la Junta Directiva cesante, bajo cargo e inventario, el Patrimonio de la Institucion. 20.10 Apoyar a la Autoridad Local de Aguas, velando por el cumplimiento de las directivas que se dicen con relacion a la aplicacion de la Ley General de Aguas, sus Reglamentos y demas disposiciones juridicas vigentes. 20.11 Ejecutar las acciones administrativas inherentes al manejo presupuestal y/o de los trabajos propios de su funcion. 20.12 Dar cuenta del cumplimiento de los acuerdos a la Asamblea General. 20.13 Proponer a la Asamblea General Extraordinaria el valor de las cuotas. 20.14 Promover y/o realizar actividades de capacitacion y/ o extension que contribuyan a una mejor gestion de la organizacion. 20.15 En general, realizar todas las acciones tecnicoadministrativas necesarias para el mejor cumplimiento de sus fines, cinendose estrictamente a las normas tecnicas y reglamentos existentes sobre la materia. Periodicidad de las sesiones de la Junta Directiva Articulo 21º.- La Junta Directiva debera sesionar por lo menos una vez al mes en forma ordinaria y en forma extraor-

dinaria cuando lo decida el Presidente de la Junta Directiva o lo pida la mitad mas uno de sus miembros, tomandose los acuerdos por mayoria simple, siendo el quorum minimo de cuatro miembros. En las sesiones extraordinarias, solo se tratara el MORDAZA o asuntos que las motivaron. Las citaciones para las sesiones ordinarias y extraordinarias, se haran por escrito convocandose con cinco dias de anticipacion. CAPITULO V DE LA JUNTA DE USUARIOS Definicion de Junta de Usuarios Articulo 22º.- La Junta de Usuarios es la organizacion representativa de todos los usuarios de agua del Distrito o Subdistrito de Riego y esta constituida por uno o dos representantes de cada Junta Directiva de las Comisiones de Regantes que la integran, segun lo indicado en el Articulo 60º, por dos delegados a Asamblea General elegidos por cada Comision de Regantes; por un delegado de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento; y un delegado elegido por los usuarios de agua del sector energetico, otro por los del sector minero y uno por otros usos, cuando corresponda. Funciones de la Junta de Usuarios Articulo 23º.- Constituyen funciones de la Junta de Usuarios: 23.1 Representar a las organizaciones que la integran en cuestiones de indole general y por delegacion en casos especificos, ante el Ministerio de Agricultura, la Autoridad de Aguas y otras autoridades del sector publico y dependencias del sector privado, con relacion a lo dispuesto en este Reglamento. 23.2 Vigilar que las organizaciones de usos agrarios y no agrarios que la integran, cumplan con las obligaciones que senala la Ley General de Aguas, sus Reglamentos, y demas disposiciones juridicas vigentes vinculadas al recurso agua, asi como con el estricto cumplimiento del pago de las tarifas y cuotas, cuando corresponda. 23.3 Elaborar, ejecutar y controlar los planes, programas y presupuesto aprobados por la Asamblea General referentes a: a) Operacion y mantenimiento de la infraestructura hidraulica y distribucion del recurso agua, propendiendo al uso eficiente de este recurso. b) Conservacion, mantenimiento y mejoramiento de la infraestructura de riego de uso comun y construccion de defensas riberenas, con excepcion de las de regulacion y obras conexas a estas; c) Estudios y obras de infraestructura hidraulica necesarias para mejorar el manejo de agua de riego y drenaje, asi como la construccion de edificaciones. d) Actividades de capacitacion y/o extension que contribuyan a una mejor gestion de la organizacion. e) Adquisicion, operacion y mantenimiento de equipos y maquinaria requeridas para ejecutar sus planes y programas. f) Las demas que MORDAZA de su competencia. 23.4 Consolidar los planes y programas de las actividades de las Comisiones de Regantes que la integran, asi como apoyar y supervisar su ejecucion. 23.5 Efectuar el control presupuestal, contable y financiero de las comisiones de Regantes que la integran. 23.6 Someter a aprobacion de la Autoridad Local de Aguas, previa a su ejecucion, los Planes y Programas a que se refieren los incisos 23.3 y 23.4. 23.7 Contratar previo concurso publico los servicios del Gerente Tecnico, y demas personal tecnico-administrativo, requerido para el cumplimiento de sus fines, cuyas funciones especificas se encuentran establecidas en las normas vigentes y sus estatutos, quienes estaran sujetos a una evaluacion semestral y/o anual por parte de la Junta de Usuarios, supervisado por la Autoridad Local de Aguas. 23.8 Concertar creditos para adquirir bienes, equipos y maquinaria a fin de implementar un MORDAZA automotor que permita atender las necesidades de las Comisiones de Regantes y las actividades de conservacion y desarrollo en el ambito de su jurisdiccion, asi como para ejecutar estudios y obras pertinentes, hasta por un monto equivalente al 20% de los ingresos del ano anterior provenientes del componente "Ingresos Junta de Usuarios" de la tarifa por uso de agua superficial con fines agrarios. 23.9 Realizar convenios con organismos nacionales e internacionales para Proyectos de Desarrollo, asistencia Tecnica y Capacitacion de las organizaciones de usuarios. 23.10 Formular semestral y anualmente los Estados Financieros e informe de gestion institucional, para su aprobacion en Asamblea General Ordinaria.

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