Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2000 (04/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, lunes 4 de diciembre de 2000

ENERGIA Y MINAS
Autorizan viaje del Director General de Asuntos Ambientales a los EE.UU. para participar en reunion del Comite Directivo que desarrollara el "Codigo para el Manejo de Cianuro en la Industria del Oro"
RESOLUCION SUPREMA Nº 100-2000-EM MORDAZA, 2 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, los dias 4 y 5 de diciembre de 2000, en MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, se reunira el Comite Directivo que desarrollara el "Codigo para el Manejo de Cianuro en la Industria del Oro", organizado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente; Que, el Ing. MORDAZA MORDAZA Bonelli MORDAZA, Director General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energia y Minas, ha sido invitado para participar en la reunion precitada; en consecuencia, es necesario autorizar su viaje a MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 4 al 6 de diciembre de 2000; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. MORDAZA MORDAZA Bonelli MORDAZA, Director General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energia y Minas, del 4 al 6 de diciembre de 2000, a MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de parte de los viaticos y tarifa Corpac que ascienden a US$ 289,00 (Doscientos Ochentinueve y 00/100 Dolares Americanos) seran cubiertos por el Ministerio de Energia y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Parte de los viaticos (US$ 220,00 x 40% x 3 dias) US$ 264,00 Tarifa Corpac US$ 25,00 ---------TOTAL US$ 289,00 Los gastos por concepto de alojamiento y pasajes seran cubiertos por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 13801

Que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al considerar la denegatoria ficta de su recurso de apelacion contra la Resolucion Jefatural Nº 063-2000-AGN/J, de 27 de MORDAZA de 2000 interpuso accion de MORDAZA contra funcionarios del citado organismo a quienes atribuia responsabilidad del acto administrativo expresado en la aludida Resolucion Jefatural que supuestamente vulneraba su derecho al debido MORDAZA y la MORDAZA de trabajo; Que conforme a lo senalado en los fundamentos de derecho de su demanda, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bejar promovio la referida accion de MORDAZA al hacer uso del silencio administrativo negativo previsto en nuestro ordenamiento juridico por cuanto hasta dicha fecha no se habia resuelto el recurso de apelacion que interpusiera contra la Resolucion Jefatural Nº 063-2000-AGN/J; Que el silencio administrativo negativo faculta al administrado que recurre ante la MORDAZA instancia administrativa, a considerar que ha agotado la via administrativa, y como efecto de esa decision libre y expresa se sustrae de la competencia de la administracion el conocimiento de la impugnacion, en este caso del recurso de apelacion; Que por Resolucion Ministerial Nº 268-2000-JUS de 19 de setiembre de 2000 se resolvio el recurso de apelacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bejar cuando, a su propio interes, la peticion se habia sometido a conocimiento del organo jurisdiccional, careciendo por consiguiente la administracion de competencia para resolver dicho recurso impugnativo; Que el acto administrativo manifestado en la Resolucion Ministerial Nº 268-2000-JUS, por haberse emitido cuando el organo que lo dicto era incompetente, carece de validez al no reunir todos los requisitos esenciales senalados en el Articulo 38º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, situacion que conlleva a la nulidad ipso jure prescrita en el Articulo 43º del citado Texto Unico Ordenado; Estando a lo acordado; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 3.3 del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y Articulos 109º y 110º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26960; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad de la Resolucion Ministerial Nº 268-2000-JUS, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 13802

Aceptan renuncia de Director General de Tratamiento del Instituto Nacional Penitenciario
RESOLUCION SUPREMA Nº 279-2000-JUS MORDAZA, 2 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 035-98-JUS de fecha 1 de MORDAZA de 1998, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA en el cargo publico de confianza de Director General de Tratamiento, nivel remunerativo F-4, del Instituto Nacional Penitenciario, organismo descentralizado del Sector Justicia;

JUSTICIA
Declaran nula la R.M. Nº 268-2000-JUS, sobre cese de servidora tecnica del Archivo General de la Nacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 278-2000-JUS MORDAZA, 2 de diciembre de 2000

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