Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2000 (04/12/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 195566

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 4 de diciembre de 2000

c) Brindar apoyo a solicitud de ADUANAS. 33. Tratandose de mercancias solicitadas a consumo al resto del territorio nacional, la Administracion de CETICOS permite el retiro de sus recintos, previa verificacion del pago del adeudo correspondiente a la DUA a traves de la pagina WEB de ADUANAS (www.aduanet.gob.pe), constatando las siguientes acciones: - Declaraciones seleccionadas a MORDAZA verde: Declaracion cancelada. - Declaraciones seleccionadas a MORDAZA naranja o rojo: Declaracion cancelada y diligenciada, cargo/liquidacion de cobranzas y/o liquidacion de cobranza cancelado de ser el caso y de estar afianzados se verifica en el reverso del Ejemplar C. 34. La Administracion de CETICOS correspondiente debe comunicar a la Intendencia de Aduana de la jurisdiccion, la relacion de mercancias que han caido en abandono legal, para que disponga de ellas de conformidad con la normatividad vigente. 35. La Intendencia Nacional de Sistemas MORDAZA por la actualizacion, integracion y oportuna consolidacion de la informacion a nivel nacional. VII. DESCRIPCION A) PROCEDIMIENTO GENERAL A.1) DEL TRASLADO E INGRESO DE LA MERCANCIA ARRIBADA POR LOS PUERTOS DE ILO, MATARANI O PAITA HACIA LOS CETICOS 1. Desembarcada la mercancia en los puertos de Ilo, Matarani o Paita, el dueno o consignatario, o la persona a quien se le delegue, presenta ante la Intendencia de Aduana de la jurisdiccion la "Solicitud de Traslado de Mercancias a CETICOS" segun Anexo 1 del presente Procedimiento, debidamente llenado y firmado, adjuntando MORDAZA del Conocimiento de Embarque el cual debe estar consignado a un usuario debidamente acreditado de los CETICOS. En el Casillero "Modalidad" del referido formato se debe consignar el Codigo 01, correspondiente a "Traslado del puerto de arribo al CETICOS". Tratandose de mercancias arribadas en contenedores, estos deben tener los precintos de ADUANAS, los mismos que son colocados por el Oficial de Aduanas de servicio en el Terminal de Almacenamiento. Son de aplicacion los Procedimientos de Manifiesto de Carga y de Rectificacion de Errores del Manifiesto, INTAPG.09 e INTA-PE.09.02, respectivamente. 2. La "Solicitud de Traslado de Mercancias a CETICOS" es distribuida de la siguiente manera: Original 1ra. MORDAZA 2da. MORDAZA 3ra. MORDAZA 4ta. MORDAZA : Administracion del CETICOS : Dueno o consignatario de la mercancia : Aduana que autorizo el traslado : Terminal Maritimo o de Almacenamiento, segun corresponda : Oficina de Aduana en CETICOS

genciada y firmada en el casillero 8 del Anexo 1 a la Oficina de Aduana de CETICOS para su registro en el SIGAD, conservando el original. Las Oficinas que no se encuentren interconectadas, remiten la documentacion al Area responsable de la Aduana de la jurisdiccion para su ingreso al SIGAD. A.2) MORDAZA DE LA MERCANCIA INGRESADA AL MORDAZA POR INTENDENCIAS DE ADUANA DE JURISDICCION DISTINTA A AQUELLAS EN DONDE SE UBICAN LOS CETICOS 1. Para la autorizacion del MORDAZA a un CETICOS, la mercancia debe estar declarada como tal en el Manifiesto de Carga; el Documento de Transporte estar consignado a un usuario y el transportista debe estar autorizado por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, y registrado ante ADUANAS. 2. La Intendencia de Aduana de la jurisdiccion del CETICOS informa a la Oficina de Aduana del CETICOS de la autorizacion del MORDAZA para dar cumplimiento al procedimiento INTA-PG.08. 3. Arribada la mercancia directamente al CETICOS autorizado, el personal de su Administracion recepciona la Declaracion, debiendo consignar la recepcion en la MORDAZA 13 de la DUA. Posteriormente, entrega el original y una MORDAZA a la Oficina de Aduana. 4. El personal de la Oficina de Aduana anota en la MORDAZA 12 de la Declaracion la culminacion de la recepcion de la mercancia en MORDAZA y entrega al interesado la MORDAZA diligenciada para que acredite el cumplimiento del regimen ante la Aduana de entrada y obtenga la devolucion de la garantia de haberla presentado. El original de la Declaracion es enviada a la Intendencia de Aduana en cuya jurisdiccion se encuentra el CETICOS para su registro en el SIGAD. A.3) TRASLADO DE MERCANCIA DESDE EL PUESTO DE CONTROL FRONTERIZO DE MORDAZA MORDAZA AL CETICOS TACNA 1. Los usuarios de la MORDAZA de Comercializacion de Tacna que esten registrados ante la Administracion del CETICOS Tacna, solicitan el ingreso de las mercancias extranjeras que se encuentran en la lista de bienes susceptibles de ser comercializados en dicha MORDAZA, por el Puesto de Control Fronterizo de MORDAZA MORDAZA para su traslado al CETICOS Tacna, mediante la MORDAZA del Manifiesto de Carga Terrestre, adjuntando MORDAZA de la Factura Comercial y demas documentos exigibles en el Procedimiento de Manifiesto de Carga, INTA-PG.09. El Manifiesto de Carga Terrestre puede tambien ser presentado por el transportista, debiendo figurar como destino el CETICOS Tacna. Dicho transportista debe estar registrado ante la administracion del CETICOS y ante la Intendencia de Aduana de Tacna. 2. Arribado el medio de transporte al Puesto de Control Fronterizo de MORDAZA MORDAZA, el personal encargado procede a efectuar el pesaje del vehiculo con la carga respectiva en la Balanza de ingreso de dicho Puesto. 3. Tratandose de bultos en mala condicion exterior o exista indicios de violacion de los sellos y precintos de seguridad, se efectua el reconocimiento fisico en el puesto de control debiendose formular el Acta de Inventario. 4. Llegado el medio de transporte al CETICOS Tacna, la Administracion de CETICOS debe pesar el vehiculo con la carga a fin de confrontarlo con el pesaje efectuado en el Puesto de Control Fronterizo de MORDAZA Rosa. Ademas, debe pesar los bultos por cada consignatario. 5. El personal aduanero designado de CETICOS Tacna, recepciona el Manifiesto verificando que se encuentre consignado a un usuario CETICOS y que las mercancias se encuentren en la lista de bienes susceptibles de ser comercializadas en la MORDAZA de Comercializacion de Tacna ademas el valor de las mercancias no superen la suma de US$ 2000 por cada despacho y los US$ 10 000 por mes, clasificandola en la subpartida nacional correspondiente. De estar conforme, se ingresa la informacion del Manifiesto de Carga y de la Factura Comercial en el Sistema de la Aduana, se autoriza la revision exterior de la mercancia a cargo del Oficial de Aduanas asignado, quien debe verificar el

3. El personal encargado de la recepcion de la solicitud verifica que la "Solicitud de Traslado de Mercancias a CETICOS" se encuentre debidamente llenada y corresponda a un usuario del CETICOS. De estar conforme, ingresa los datos al SIGAD, el cual valida la informacion del manifiesto asignandole una numeracion y autoriza el traslado en el casillero 6 del Anexo 1, devolviendo la documentacion al solicitante. 4. El Terminal Maritimo o de Almacenamiento permite el retiro de la mercancia a la sola MORDAZA de la "Solicitud de Traslado de Mercancias a CETICOS" debidamente autorizada, sellando y firmando dicho documento en el casillero 7, indicando la fecha y hora de salida y remitiendo en el dia la MORDAZA MORDAZA a la Intendencia de Aduana para su registro y control. 5. El plazo para el traslado es de 24 horas computado desde su salida de los Terminales. En caso de incumplimiento, la Intendencia de Aduana que autorizo el traslado asumira las acciones correspondientes en resguardo del interes fiscal; en caso de cumplimiento MORDAZA, se efectua la inmovilizacion segun lo dispuesto en el Procedimiento INFA-PE.05, debiendose sustentar los motivos que ocasionaron la demora. 6. Culminada la recepcion de la mercancia, el personal del CETICOS entrega la cuarta MORDAZA debidamente dili-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.