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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (29/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 196479 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de diciembre de 2000 SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al señor ingeniero EDUAR- DO GERMÁN IZAGUIRRE CARRANZA, como miembro del Consejo Directivo del Centro de Entrenamiento Pes- quero de Paita - CEP Paita. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 15145 Designan miembro del Comité Directi- vo del FONDEPES RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 111-2000-PE Lima, 28 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de miembro del Comité Directivo del Fondo Nacional de Desarrollo Pes- quero - FONDEPES, cuya representación corresponde a la Corporación Nacional de Armadores Pesqueros, con- forme al Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 010-92-PE y al Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 015-92-PE; Que es necesario designar al representante que ejer- cerá dicho cargo; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al señor PABLO GENA- RO PINGO ANTÓN como miembro del Comité Directivo del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, en representación de la Corporación Nacional de Arma- dores Pesqueros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 15146 Amplían plazo de vigencia de conce- siones especiales para instalación de sistemas de captación de larvas de moluscos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 344-2000-PE Lima, 27 de diciembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, al amparo de la Resolución Ministerial Nº 406-97-PE del 10 de setiembre de 1997, se otorgaron concesiones especiales para la instalación de sistemas de captación de larvas de moluscos hasta precultivo para su posterior repoblamiento con fines sociales, en el ámbito de la Reserva Nacional de Paracas, cuyas áreas fueron pre- determinadas por la Resolución Directoral N° 304-96/ DCG; concesiones especiales cuya vigencia fue prorroga-da hasta el 31 de diciembre de 2000, mediante Resolucio- nes Ministeriales Nºs. 309-99-PE, 222-2000-PE y 259- 2000-PE, del 29 de octubre de 1999, 9 de agosto y 6 de octubre del 2000; Que, luego del análisis de los planteamientos técni- cos, económicos y sociales, llevado a cabo en diferentes reuniones sostenidas entre el personal de la Dirección Nacional de Acuicultura del Ministerio de Pesquería y de la Dirección General de Areas Naturales Protegi- das y Fauna Silvestre del Instituto Nacional de Recur- sos Naturales – INRENA, se concluye en la necesidad de determinar las áreas de mar a ser consideradas como Zonas de Uso especial en la zonificación de la Reserva Nacional de Paracas (RNP), y en las cuales se podrá desarrollar la maricultura de concha de abanico (Argopecten purpuratus ). En base a ello es que el INRENA mediante Oficio Nº 2669-2000-INRENA- DGANPES/A, alcanza la propuesta de zonificación de la RNP; Que, para proceder a la habilitación de áreas mari- nas consideradas como Zonas de Uso Especial donde se podrá desarrollar la maricultura de concha de abanico y de esta manera regular sosteniblemente el manejo integral de las áreas marinas de la Reserva Nacional de Paracas, la Dirección Nacional de Acuicultura, con la opinión favorable del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA, ha visto por conveniente exten- der la vigencia de las indicadas concesiones especiales a fin de elaborar, el Plan de Manejo de las Especies Marinas de la Reserva Nacional de Paracas, y el Regla- mento de Administración y Manejo Técnico - Científico de las Concesiones Especiales para el desarrollo de la Maricultura en la mencionada Reserva Nacional el cual incluye la zonificación propuesta en el Oficio Nº 2669- 2000-INRENA-DGANPES/A; De conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo N° 01-94-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Amplíase el plazo de vigencia de las concesiones especiales, otorgado por Resolución Minis- terial Nº 259-2000-PE en forma improrrogable hasta el 30 de junio del año 2001, fecha en la cual se debe haber implementado y culminado el “Plan de Ordenamiento de Areas de Mar para el Desarrollo de la Acuicultura en la Reserva Nacional de Paracas y Bahía Paracas, pro- vincia de Pisco”, a cargo de la Dirección Nacional de Acuicultura; plan que incluirá el respectivo Reglamen- to de Administración y Manejo Técnico – Científico de las Concesiones Especiales para el desarrollo de la Maricultura, y, la ubicación de las áreas de mar consi- deradas como Zonas de Uso Especial de la Reserva Nacional de Paracas aprobada por el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA. Artículo 2º.- La Dirección Nacional de Acuicultura, en el ámbito de las áreas de mar consideradas como Zona de Uso Especial de la Reserva Nacional de Paracas apro- bada por el INRENA, procederá en coordinación con la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Mi- nisterio de Defensa, a solicitar la habilitación de áreas de mar del Raspón, Chucho, Carhuaz, Tunga, El Queso y Lagunilla, provincia de Pisco, departamento de Ica. Artículo 3º.- Los titulares de las concesiones especia- les deberán estar registrados e identificarse ante el per- sonal de la Reserva Nacional de Paracas del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, cada vez que se les requiera. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial a la Dirección Regional de Pesquería - Ica, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Mi- nisterio de Defensa y al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. Regístrese, comuníquese y publíquese LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 15069